Novedades
  • .

transportacion de armas de fuego

zarquino

Miembro de la Vieja Guardia
Registrado
27 Nov 2008
Mensajes
194
Likes recibidos
1
Ubicación
DF
Saludos, alguien de aqui sabe sobre la conciliacion para poder transportar armas de fuego?? escuche aalguien decir que la tercera clausula de esta conciliacion es que todas las armas deben ir desarmadas y guardadas en estches dentro de la cajuela del vehiculo, con su respectiva PETA desde luego.
 
Asi es amigo llevas el arma sin cargador , aparte su cargador no abastecido y aparte las municiones, asi se transporta un arma y claro su PETA vigente y que coincida con el arma que se transporta, saludos
 
Claro, pero donde esta la conciliación, el documento donde se estipulan estas reglas/normas... O simplemente son verbales?? No hay nada textual?? En donde se obtiene el documento?
 
Claro, pero donde esta la conciliación, el documento donde se estipulan estas reglas/normas... O simplemente son verbales?? No hay nada textual?? En donde se obtiene el documento?

o LAS CONCILIACIONES SON CON DIOS O CON TUS ACREEDORES. A LOS QUE LES DEBES MUCHO DDINERO . AQUI SOLO SE TRATA DE DOCUMENTOS PUBLICOS RELATIVOS A LAS ARMAS OK
 
Ok, gracias por la respuesta
 
Seguro te refieres a las "disposiciones" que establece la sedena y que vienen impresas en la parte de atras de los petas y pues eso de que lar armas deben ir desarmadas es falso, simplemente van sin cartuchos, eso es todo, en el peta dice desabastecidas y eso es todo, no especifica en que parte del vehiculo y si es verdad que hace referencia a sus fundas o cajas especiales para ese uso...el hecho de traerlas como te comentan los compañeros es para "asegurar" o mas bien "no dejar duda" en los retenes y principalmente en los de la policia, en las de la marina y sedena son mucho mas entendidos del asunto, pero los polis siempre quieren robarte una moneda y hasta inventan sus reglamentos y burrada y media para intimidarte y sacarte una moneda de propina, le recomiendo que haga como ya le dijeron sin cargador y el cargador sin tiros...saludos
 
Claro, pero donde esta la conciliación, el documento donde se estipulan estas reglas/normas... O simplemente son verbales?? No hay nada textual?? En donde se obtiene el documento?

el documento lo obtienes ingresando a un club de caza y tiro, teniendo tus papeles en regla y haciendo en ese club los tramites correspondientes asi obtienes el documento, le dicen peta, su nombre es PERMISO EXTRAORDINARIO PARA LA TRANSPORTACION DE ARMAS DE FUEGO PARA TIRO O CACERIA.

CAPISCI
:pulgar::pulgar::pulgar:
 
tanto como desarmadas no. pero si sin cargador a la mano y siempre desabastecido. los cartuchos deben ir envueltos en papel de estraza con maskin
bueno así me enseñaron a mi. pero nunca me dijeron que desarmadas
 
yo le sugiero al compañero que se compre de entrada una ley federal de armas de fuego y explosivos en donde podra encontar informacion a cerca de las armas de fuego sin tener que pagar una inscripcion a ningun club de tiro por una muy modica cantidad y en lo personal cuando voy a registrar en el lencero en xalapa xke en otro lado de momento no hay ni registro ni cambios de propietario un dia antes preparo mi documentacion y el mismo dia previa confirmacion con la zona militar que efectivamente estan haciendo registros porque esa es otra cosa que se debe checar porque no todos los dias del mes registran solo los primeros 20 0 25 de cada mes, ya con documentacion en mano paso al banco a pagar los derechos y ese pago lo ocupo de amparo para la transportacion al registro y de regreso a mi domicilio con mi arma registrada.
 
En ningun lodo dice que las tienes que llevar en la cajuela
 

Adjuntos

  • Peta_JIOS.pdf
    71.2 KB · Visitas: 209
Última edición:
La transportacion de armas deportivas de tiro y caza, lo facultan para que las lleve en su vehiculo, no se especifica el lugar, lo que si le especifican, es que las llevara enfundadas y desavastecidas.
 
vamos a ser mas generales. te faculta a transportarlas... punto...
si te quieres ir a pie al campo de tiro o de cacería y te las llevas en la mano. lo puedes hacer. solo obedeciendo el punto 4.

yo siempre las hecho en el asiento trasero, no me gusta la cajuela por que un bache o algo y rebotan y se pueden desajustar los lentes.
 
Buen dia compañeros. estoy x cambiarme de residencia de una ciudad a otra, cuento con mi registro pero no con el peta, la pregunta es como puedo hacerle para no tener problemas con la ley. gracias, por cierto m cambio mas o menos n tres dias. gracias
 
no tienes un recurso legal inmediato para solucionar tu problema.

para cambiar de domicilio te piden IFE con el domicilio nuevo. pero eso se tarda al menos un mes. hasta no hacer el cambio y pedir un traslado especial para llevarlas de un punto a otro por motivo del cambio de domicilio...estas frito. las armas se tienen que quedar en el domicilio que indica el registro,
 
El trámite se llama Permiso extraordinario de transportación de armas por cambio de domicilio.
Te piden comprobante de domicilio nuevo y tengo entendido hasta la identificación debe ya traer el domicilio nuevo también .
Aunque no dice que tenga que ser IFE o licencia (que son los que traen el domicilio) podrías intentar con pasaporte o cédula profesional .

Lo mejor será que te acerques a tu zona militar más cercana y te informes bien qué procede .
Pero si te cambias en tres días , dudo que ya tengas comprobante del otro domicilio.Si es forzoso que tengas que desalojar el inmueble donde vives ...¿cuántas armas son ? son de protección de domicilio o de tiro/ cacería?

Pudiera ser que un familiar o amigo de mucha confianza te las quiera guardar en lo que actualizas tus documentos.
Esto en el supuesto de que la ley te da 30 días para que manifiestes tales cambios , creo eso aplicaría en esos casos .
Cuando me cambié de domicilio (pero en mi misma ciudad) como no tenía todavía comprobantes del domicilio nuevo y el mismo caso, tenía ya que cambiarme y las armas no podían permanecer en el domicilio anterior, me dijeron en el club que tenía 30 días para actualizar los registros.

Creo podrías empezar por ahí.

Pero como dicen arriba, una solución inmediata, nomás no . saludos y mucha suerte.


Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego por Cambio de Domicilio.
 
Una pregunta, que leyendo todo esto, me surgio la duda... que tan legal es una copia de peta o registro notariado? se que es legal, pero ya en la brecha en la carretera la respetan o te piden el original? y si algiuien lo utiliza de esta manera que me confirme si no tiene problemas a la hora de la revision
 
Arriba