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ADA10 en el canal Judicial, no te lo pierdas!

Saludos les comparto los documentos que me entregaron el día de hoy en mi domicilio. image.jpgimage.jpgimage.jpg .
Cual es la manera adecuada de proceder. A esto .comentando que el el reporte de las armas registradas a mi nombre aparecen 2 armas que nunca he tenido.
 

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pues lo primero sería que ponga bien las fotos para poderlo leer, (no se me dá leer de cabeza o de lado), lo que alcancé a leer (no sin un ataque de torticolis es que invocan el Art.14 constitucional :Ninguna ley podrá ser retroactiva en perjuicio de persona alguna, si registró sus armas antes de las demás leyes a las que supuestamente invocan, ya se la pelaron, Art.16 Constitucional Nadie podrá ser molestado en su persona,familia,domicilio,papeles o posesiones, sino en mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, Vuelta a lo mismo aunque aducen el Art.2 fracción lll de la ley federal de armas de fuego y explosivos, la SEDENA ni sus Generales tienen competencia para emitir orden de cateo, los demas articulos que invoca no los alcancé a leer,(se me torció el cuello en la lap, y en la tablet cada que giro se reacomoda el texto que está chueco y vuelve a quedar chueco)
 
Todo lo que tengo ha sido permitido siempre desde que lo registre, por eso me las registraron, y en ese tiempo no estaba esta disposición a la que se refieren ahorita, así que no hay delito que perseguir, no tengo nada que sea de uso exclusivo, todo es para deporte de caza y o de tiro deportivo, deben con todo respeto valorar que no se usan las mismas armas en caza que tiro de precisión o de competencias hay armas que son para tiro otras son para caza en las diferentes modalidades, y cumplimos con la ley al manifestar las cuando las adquirimos o cambiarlas de propietario porque pertenecían a otra persona generalmente y dentro del país. Solicito se informe a femeti y a defensores del articulo 10 constitucional, ada - 10.
 
La citación del Art.021 constitucional puede interpretarse como una velada amenaza por parte de quien gira tal documento, por lo que le sugiero vaya acompañado de un abogado penalista, con su escrito bien fundamentado y aclarando que se reserva el derecho de proceder legalmente contra quienes "con artilugios legales fuera de contexto traten de coartar sus derechos y garantías constitucionales" de ser posible tambien acuda con un representante de derechos humanos (obviamente antes comuniquele su problema y muestrele, asesorado por su abogado penalista, las violaciones a sus derechos en que está incurriendo la autoridad) y reservandose el derecho a demandar por costos y gastos de defensa juridica, y resarción del daño moral causado (sus vecinos y amigos ya lo ven con recelo por culpa de las imputaciones hechas por el Coronelito)
Siento un gran respeto por nuestras fuerzas armadas, pero hay elementos que no merecen la distinción de pertenecer a nuestro ejercito (y no solo hablo de tropa u oficiales, tambien hay jefes que no merecen engrosar nuestras filas armadas)
 

Sería muy importante empezar a dar respuesta y posibles soluciones bien fundamentadas legalmente a estos problemas, y que ADA1O y representantes de FEMETI(el compañero pertenece a un club de caza y tiro), tomen carta en estos asuntos reales que se están presentando en contra de los LEGITIMOS PROPIETARIOS de armas de fuego. Confiamos en el futuro de ADA10, pero opino que hay que empezar a dar pasos concretos a asuntos como el aquí expuesto.:patriota:
 
Lo conducente es que de manera inmediata acudas con un abogado e inicies los trámites que este considere necesarios para detener esa ignominía que se esta cometiendo hacía tu persona. Te recomiendo que te asesores con Daniel Ibarra de este foro, quien es abogado y ha analizadolos pasos legales a seguir para revertir este tipo de acciones.
 
Me llama la atención una parte del documento que dice "Motivo por el cual se hace probable responsable del delito de acopio de armas".

Si ese delito solo es cuando se tienen armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

Artículo 83 Bis.- Al que sin el permiso correspondiente hiciere acopio de armas, se le sancionará:

I.- Con prisión de dos a nueve años y de diez a trescientos días multa, si las armas están comprendidas en los incisos a) o b) del artículo 11, de esta Ley. En el caso del inciso i) del mismo artículo, se impondrá de uno a tres años de prisión y de cinco a quince días multa; y

II.- Con prisión de cinco a treinta años y de cien a quinientos días multa, si se trata de cualquiera otra de las armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley.

Por acopio debe entenderse la posesión de más de cinco armas de las de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
 
Se trata de pura verborrea legaloide para asustar a los ciudadanos de bien y de esta manera, la gente por ignorancia de las leyes y derechos acabe cediendo ante sus amenazas.
 
Pendiente del tema ahora estoy en el celular pero mañana a primera hora veo con detenimiento los documentos y subo aquí mismo un escrito debidamente fundado y motivado para combatirlos, además de una serie de tabues q me han dejado saber algunos compañeros como ese de que no se amparan porque después SEDENA no les venderá cartuchos no autorizará registros...
 
exactamente eso le acabo de explicar a un compañero del foro, No hay delito de acopio si no son de uso exclusivo. Saludos JWH
Me llama la atención una parte del documento que dice "Motivo por el cual se hace probable responsable del delito de acopio de armas".

Si ese delito solo es cuando se tienen armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
 
Si alguien me puede aconsejar....
A un amigo le robaron su buldog 38 spl en su casa, debido a su edad (80) nunca la registro.
Entiendo el art. 70 de la LFAF de 10 a 100 salarios de multa por tener un arma no registrada.
Existe un probable sospechoso sospechado, que es inocente hasta que los judas le saquen la verdad, se declare culpable o yo lo demuestre.
Deja pasar un delito de allanamiento de morada y robo?
Se avienta el tiro con el mp?
Entenderán su edad?
Gracias.
 
Qué ha pasado con ADA10?. Quiero iniciar una denuncia por meter trabas pendejas a mi trámite de compra.

Gracias
 
Pregunto lo mismo, donde quedo el ADA10?


Aquí estamos. Se ha trabajado en lo referente al asunto IFAI/SEDENA, con muy buenos resultados hasta el momento, tal y como se comentó en el posteo sobre el tema.
 
ya decía yo que la carta que mandó la sedena a los clubs no podía ser totalmete de su autoría. Saludos ADA10
 
Aquí estamos. Se ha trabajado en lo referente al asunto IFAI/SEDENA, con muy buenos resultados hasta el momento, tal y como se comentó en el posteo sobre el tema.
De verdad me da gusto que se siga el proyecto.
 
Que paso con ADA 10? Le recomendaron que mejor no siguiera haciendo ruido sobre nuestro derecho del articulo 10 Consitucional? Sería bueno saber porque urge que nos organicemos para defender la actividad que nos gusta: la cacería, el tiro y derecho a tenere armas y portar una arma para nuestra defensa. Necesitamos urgentemente que se consitituya una AC para ese tres fines especificos.

Que ADA nos diga cual fue su experiencia y como la podemos apoyar o constituir una nueva Asociacion con esos objetivos solamente.

Para defendernos de estos pseudodiputados y senadores que por un lado quieren un senador ignorante quiere prohibir la cacería porque dice que pobres animalitos. Como si comiera pura vegetacíon . No se da cuenta que el ser humano para sobrevivir tiene que matar, sino mata directamente el es porque paga para quien alguien lo haga por él. Así pueda comprar carne de res (animal en la carnicería) jamón de puerco o pavo (animal muerto) Pollo (animal muerto) camarones (animal muerto), etc.

Los diputados PRI, PAN PRD acaban de proponer penas mas largas para infracciones de armas de fuego para los civiles, en lugar de fomentar que los mexicanos de acuerdo al articulo 10 de nuestra constitucion tengamos facil el acceso a las armas de fuego permitidas para la cacería y nuestra defensa.


ADA platiquenos su experiencia, como fue que le bajaron tan facil las pilas o ganas de defender nuestro articulo 10?
 
Que paso con ADA 10? Le recomendaron que mejor no siguiera haciendo ruido sobre nuestro derecho del articulo 10 Consitucional? Sería bueno saber porque urge que nos organicemos para defender la actividad que nos gusta: la cacería, el tiro y derecho a tenere armas y portar una arma para nuestra defensa. Necesitamos urgentemente que se consitituya una AC para ese tres fines especificos.

Que ADA nos diga cual fue su experiencia y como la podemos apoyar o constituir una nueva Asociacion con esos objetivos solamente.

Para defendernos de estos pseudodiputados y senadores que por un lado quieren un senador ignorante quiere prohibir la cacería porque dice que pobres animalitos. Como si comiera pura vegetacíon . No se da cuenta que el ser humano para sobrevivir tiene que matar, sino mata directamente el es porque paga para quien alguien lo haga por él. Así pueda comprar carne de res (animal en la carnicería) jamón de puerco o pavo (animal muerto) Pollo (animal muerto) camarones (animal muerto), etc.

Los diputados PRI, PAN PRD acaban de proponer penas mas largas para infracciones de armas de fuego para los civiles, en lugar de fomentar que los mexicanos de acuerdo al articulo 10 de nuestra constitucion tengamos facil el acceso a las armas de fuego permitidas para la cacería y nuestra defensa.


ADA platiquenos su experiencia, como fue que le bajaron tan facil las pilas o ganas de defender nuestro articulo 10?

ADA 10 ha seguido trabajando en pro de los derechos de los legales poseedores de armas de fuego. EN estos momento junto a Federaciones y Asociaciones en la creación de una defensa jurídica contra los atropellos que pretende cometer un Senador del PRI, hacía la cacería.
 
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