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Duda; ¿puedo llevar un arma a un rancho privado, sólo para tirar???

sr. moderador xq. borro mi participacion en el tema? dije algo ofensivo? o que fue lo que a usted no le parecio? le pregunto con todo respeto, para saber y posteriormente no comentar o de plano no participar.
 
sr. moderador xq. borro mi participacion en el tema? dije algo ofensivo? o que fue lo que a usted no le parecio? le pregunto con todo respeto, para saber y posteriormente no comentar o de plano no participar.

Por que supones que algún moderador te borro algo sin avisarte? el comentario número #37 es el que buscas? ya revisé todo el tema y no hay comentarios borrados de momento para nadie.

Salu2
 
Pues el compañero manifiesta que el arma cuenta con peta......obvio que esta registrada, si no, no podria tener peta.....

De los vecinos, si ellos solicitan la presencia de alguna autoridad, el unico que puede levantar una querella en contra del tirador, seria el dueño del predio, plor los daños que este ocasionando, no los vecinos, y de nuevo no es posible que el arma este registrada para proteccion de domicilio, solo tiro y caza

Mi peta no dice "para usarse", solo es un permiso de transportacion, dice "para transportarse" a...y para que una autoridad considere un predio particular como campo de tiro, pues deberia de haber alguna cantidad de tiradores o un evento, en caso contrario seria un individuo perturbando el orden publico, pero como es un predio particular, pues tampoco aplica....solo a solicitud del propietario

Cualquier persona quien sea y como sea puede levantar una denuncia anónima sobre personas armadas y más en un rancho o lugar con vecinos o la propia autoridad del lugar llegar al predio o dar aviso a otra autoridad. Y además creo que un lugar privado rancho o propiedad debería tener medidas de seguridad para que una bala no vaya a hacer daño a alguien a la lejanía.

Creo que sí va debería ser a un lugar con mucha mucha discreción que hoy en día no es posible.
 
Pues miren que esta buena la polemica.

Yo aportaria lo siguiente a manera de resúmen.

- Se puede hacer?
Respuesta: Si, indebidamente pero se puede hacer.

- Legalmente procede y tengo la razón?
Respuesta: No

- Probabilidades de que tenga problemas legales por esta conducta?
Respuesta: por los niveles de impunidad en nuestro país lo mas probable es que no tenga consecuencias.

Recordemos señores que una cosa es tener la razón y otra cosa es salirme con la mía, reconociendo que no porque me salga con la mía quiere decir que tengo la razón.

La ley es muy clara al respecto y solo podemos usar nuestras armas en lugares autorizados para tal fin, y estamos hablando de tiro y cacería, que ese es el tema que nos ocupa, ya el caso de legitima defensa y otras cosas eso ya es materia de otro post.

Saludos a todos.
 
Ahora si que voy a ampliar la duda... entonces un PETA no me sirve para transportar mi arma al armero en caso de que necesite reparacion? que pasa si uso mi PETA para llevar mi arma a un ejido donde los ejidatarios portan y usan armas de fuego dentro de sus propiedades las cuales no son Ni campos de tiro ni UMAS? Alguien ha sido detenido y procesado por transportar armas (con PETA claro) a algun lugar que no sea un campo de tiro o una UMA? Incluso aqui en Mexico donde se es culpable hasta que se demuestre lo contrario veo dificil entablar un proceso por este crimen si es que existe crimen alguno. Ahora no soy abogado espero algun compa abogado del foro pueda aportar.
Recuerda el caso Jalisco, donde un compañero con Peta, tiros en la cantidad legal y Factura de municiones de la DCAM, fue procesado por las puntas blandas, esto obtenemos, a tus preguntas:
A) Entre cuates y autoridades, es pacto de caballero, pero no lo autoriza;
B) Si el ejido tiene registro como UMA, sí puedes, pero si no, no, es otro pacto de caballeros; y,
C) No tengo con precisión el dato, porque no recuerdo ninguno; sin embargo, el PETA, es para transportar de tu domicilio a uno de esos lugares, incluso si tienes autorizado los Estados Oaxaca y Sonora, el PETA, te permite transportarla de X a Y, aunque no estén incluidos los estados intermedios, pero, no puedes ir haciendo prácticas entre ellos, ¿está confuso?, si, por lo que, muchas veces apelamos al buen criterio de las primeras autoridades respondientes, y eso te da la viada, pero si se ponen meticulosos, "hay pedo en el ejido y caca en la parcela".

Colofón: Caso Morelos Reserva del Tepozteco, Cinco personas fueron detenidas en noviembre de 2025 por cacería ilegal dentro del Parque Nacional El Tepozteco en Tepoztlán, Morelos. El operativo conjunto incluyó a autoridades y ejidatarios, quienes pusieron a los cazadores furtivos a disposición de la Fiscalía General de la República por actividades ilícitas y uso de armas. Y en realidad los ejidatarios si hacen cacerías furtivas.

Caso Tamaulipas, mayo 2020, operación "Cordillera", https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2020/5/24/detienen-siete-tras-caceria-ilegal-de-paloma-ala-blanca-en-tamaulipas-178798.html
 
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