Novedades
  • .

Duda sobre no portar arma y resolver una riña en la calle

Registrado
11 Ago 2018
Mensajes
3
Likes recibidos
0
Ubicación
monterrey
Duda sobre no portar arma y resolver una riña en la calle

Sres del foro primero un agradecimiento a todos en especial a los que me han contestado preguntas, ya que he tenido dudas sobre armas de fuego y me las han respondido de una forma que he podido tomar un par de decisiones importantes de seguridad en mi hogar, mi familia y mi propia vida, ahora me ha surgido una duda medio torpe, pero que me gustaria un abogado del foro o alguien con amplio conocimiento me pudiese responder, actualmente no cuento con algun permiso de portacion de arma de fuego (en la calle) y no estoy interesado en contar con uno, en mis conocimientos tengo varias artes marciales en mi haber algunas con diplomas que lo acreditan y otras solo fui a adicionarme habilidades y conocimientos ya que para mi siempre ha sido un gusto y parte de mi saber de artes marciales las cuales practico diariamente, sin embargo ahora con el confinamiento del COVID me he acordado de varios altercados que tuve a lo largo de mi vida donde sali bien librado y no por ser Bruce Lee, Van Damme o un Bass Ruten para pelear sino por que al saber que tenia esas habilidades mejor desescalaba la situacion y buscaba como o evadirla o redireccionar, pero me asalta la duda que pasa si uno con esos conocimientos se descuenta a alguien y sale mal el asunto, pongo de ejemplo uno de los casos que me han pasado: una mañana iba estresado y tarde a mi trabajo, un tipo se frena de golpe frente a mi en un avenida que estaba atascada de transito, no recuerdo yo haber hecho algo pero de seguro si hice algo pues yo iba con prisa, el tipo me cierra se frena y sale molesto del carro y se bajo a retarme a golpes, yo me baje con mi atuendo de godin con corbatita y zapatitos boleaos impecables y lo vi a el igual, y le dije que no le convenia perder el tiempo en pendejadas que ambos ibamos a trabajar y que mejor le dieramos a la chamba, en ese pequeño instante si estaba preparado por si me atacaba , total el tipo entendio echando madres y se fue, pero me quedo pensando que hubiese pasado si el me atacaba y le aplicaba yo unos buenos moquetazos que me se, donde se muriera tipo pelicula de pepe el toro pegandose un buen chingazo en el piso por que lo deje inconciente , ¿como procede alli legalmente? se que es una pregunta torpe, pero creo que en eeste foro me podrian responder de acuerdo a las leyes de mexico ya que no encontre nada en google...y un punto que podria servir de debate, siempre al menos en la calle me he sentido muy seguro (creo que tambien infantilmente) ya que tengo esas habilidades, mientras no me salga un wey con pistola o cuchillo
 
En forma somera le explico, si usted tiene diplomas o licencia como maestro de artes marciales o similar, si tiene consecuencias legales si se lo comprueban.

Al igual que los boxeadores profesionales con su licencia correspondiente como bofes, se consideran sus puños como armas mortales, como consecuencia tiene una gran ventaja sobre alguien que no tiene ni la preparación física , ni técnica aunque sea un pendejo bravucón que inicie la pelea.

Es lo mismo si usted es un profesional de cualquier arte marcial acreditada, si le comprueban dicha acreditación se considera un abuso y un exceso de legítima defensa si se moquetea al otro tipo.

Hasta eso aparece en la película de PEPE EL TORO cuando el maloso de BOBBY GALEANA le dice al torito."
Yo no me puedo pelear con usted en la calle" ya que le quitarían la licencia y si causa lesiones mayores hasta el botellón va a dar.

A veces, como bien hizo es mejor no pelear, el mejor pleito es el que se evita, yo sé que es difícil con tanto idiota bravucón en la calle.

Eso es como las armas de fuego, se deben de emplear en caso extremo y cuando ya no quede otra solución, diría un viejo filósofo de la calle.: También corriendo , se gana o "CULITO.........PERO SANITO"
 
Le explico

Le explico, en cada Estado existe un Código Penal del Estado tal, en todos, vienen tipificados los delitos de homicidio, pero existen distintos grados de ejecución sobre de ello, en su caso, si llega a matar a la persona, es homicidio cometido en riña, por lo que su pena de prisión será menor a un homicidio calificado.

Nada tiene que ver, que usted sea experto en artes marciales o lo que sea, aquí no se da el exceso de fuerza o clasificaciones de esas, que solo son excluyentes de delito, pero ese es otro tema.

Y, en el supuesto de que solo le ponga una buena friega, la parte perdedora, por lo que mas se puede querellar, es por lesiones, que también hay sus grados de lesiones.

Pero repito, en ningún caso, legalmente hablando, tiene injerencia alguna el que usted sepa disciplina alguna de artes marciales.
 
concuerdo con el compañero abrahamaodl ; yo tambien practique muchos años artes marciales a nivel de competencia y he tenido muchos incidentes en la calle que afortunadamente no han pasado de algunos buenos golpes y algunas buenas contusiones y no han pasado de algunas multas ( en caso de llegar hasta la delegacion ) . pero , nadie jamas me pregunto si era boxeador , luchador o artemarcialista ........y .......conste que no soy de los que andan buscando en la calle con quien desahogar mis frustaciones o mi neurosis , pero , algunos de verdad se la ganan a pulso ..................
en mis epocas y en mi barrio se usaba mucho " aventarse un tiro derecho " ; cuando habia alguien que de plano ya nos traia en jabon o de plano nos caia muy gordo , pues se solucionaba " deportivamente " con un democratico " tiro derecho " .................pero ...............ahora las cosas han cambiado , las cosas son muy diferentes ; ahora el chavo mas pendejo e insignificante se baja con una 9mm y que tiro derecho ni que nada .
en la calle hay que andar con todos los sentidos alerta y siempre al 100% ( mas cuando andamos con la familia ) ; tenemos que evaluar la situacion rapidamente y saber distinguir cuando en verdad va de pór medio nuestra integridad , la de la familia o nuestro patrimonio y ; sobre todo , evaluar si es conveniente y posible actuar en ese momento o no ; sobre todo cuando de sacar un arma se trata ..............................saludos !
 
Yo también practiqué en mi juventud Karatedo técnica o estilo Shotokan teniendo grado de cinta negra primer dan y taewondo en escuela Dai WON MOON, pero no tengo la acreditación como maestro o certificación con licencia, sólo fuí practicante.

Si usted es practicante de artes marciales de cualquier índole o boxeo y tiene una pelea callejera no creo que tenga problemas, por ser pelea en riña, donde cualquiera de los dos puede ser lesionado, no sabiendo si uno sabe artes marciales y el otro no.

El problema radica si usted tiene licencia o es profesional en éstos asuntos, ahí sí , porque usted tiene una superioridad tanto física como técnica sobre su contrincante, usted tiene una superioridad sobre su oponente y podría cometer un exceso de defensa propia.

Lean bien lo que escribí......no un practicante de artes marciales, sino un profesional , tomando profesional, como la profesión de la que vive, con su licencia como tal ,o maestro acreditado con licencia para enseñar.

Ahí si tendrían problemas no como simple practicante de artes marciales.
 
La riña es una contienda entre 2 o más personas que obran con la intención de dañarse o lesionarse . la calificación de delito se dá cuando existe premeditación, alevosía, ventaja o traición.

Si tienes una actividad que te hace diestro, como las artes marciales, tú no corres el riesgo de ser muerto o lesionado de la misma manera que el sujeto en riña.

Luego entonces si dañas, lesionas o matas a ese sujeto , estas en serios problemas, por el sólo hecho de llevar ventaja sobre tu oponente, pero siempre y cuando seas un profesional con licencia o acreditado como maestro con licencia, no un simple practicante.

Lo mismo aplica para boxeadores, karatecas o cualquiera que tenga ventaja sobre su oponente.

Yo hablé sobre personas PROFESIONALES, con licencia para practicar o enseñar esa profesión, como practicante es muy difícil fincarte responsabilidades a menos que comprueben que eres un profesional en la materia........estamos ?
 
gracias

gracias VENATOR , LOBOROJO Y ABRAHAM, me queda claro y quedo tranquilo ya que no soy maestro/instructor y los diplomas estan bien escondidos, me quedo tranquilo, espero no tener que usar nada de lo que se, pero ultimamente si me he topado en especial jovenes de 20-30 años algo bravucones hace poco tuve un incidente con uno en moto que el y la novia muy groseros y no me faltaron las ganas...

La riña es una contienda entre 2 o más personas que obran con la intención de dañarse o lesionarse . la calificación de delito se dá cuando existe premeditación, alevosía, ventaja o traición.

Si tienes una actividad que te hace diestro, como las artes marciales, tú no corres el riesgo de ser muerto o lesionado de la misma manera que el sujeto en riña.

Luego entonces si dañas, lesionas o matas a ese sujeto , estas en serios problemas, por el sólo hecho de llevar ventaja sobre tu oponente, pero siempre y cuando seas un profesional con licencia o acreditado como maestro con licencia, no un simple practicante.

Lo mismo aplica para boxeadores, karatecas o cualquiera que tenga ventaja sobre su oponente.

Yo hablé sobre personas PROFESIONALES, con licencia para practicar o enseñar esa profesión, como practicante es muy difícil fincarte responsabilidades a menos que comprueben que eres un profesional en la materia........estamos ?
 
Difiero

La riña es una contienda entre 2 o más personas que obran con la intención de dañarse o lesionarse . la calificación de delito se dá cuando existe premeditación, alevosía, ventaja o traición.

Si tienes una actividad que te hace diestro, como las artes marciales, tú no corres el riesgo de ser muerto o lesionado de la misma manera que el sujeto en riña.

Luego entonces si dañas, lesionas o matas a ese sujeto , estas en serios problemas, por el sólo hecho de llevar ventaja sobre tu oponente, pero siempre y cuando seas un profesional con licencia o acreditado como maestro con licencia, no un simple practicante.

Lo mismo aplica para boxeadores, karatecas o cualquiera que tenga ventaja sobre su oponente.

Yo hablé sobre personas PROFESIONALES, con licencia para practicar o enseñar esa profesión, como practicante es muy difícil fincarte responsabilidades a menos que comprueben que eres un profesional en la materia........estamos ?

Compañero, pero aún así, siendo "profesional en artes marciales", la ley no distingue esas circunstancias, en México, el delito se tipifica solamente con el hecho delictuoso cometido y no se agrava por ser peleador profesional en cualquiera de sus modalidades.

Máxime que, no por ser peleador profesional tiene mas ventaja sobre su oponente, pues es claro que uno puede ser boxeador profesional, y el otro un simple mortal pero que es bueno para los fregadazos y termines rompiéndole la jeta al disque peleador titulado. Es por ello que la Ley no distingue tales circunstancias.

Conste, me refiero a lo legal porque es la pregunta que hizo el compañero.

Es bueno ser participativos, pero cuidado cuando aseguremos algo que creemos, porque podemos hacer caer en un error a algún compañero. saludos.
 
No me imaginaba que un peleador profesional podía tener castigo más severo en el caso de cometer un delito.
 
encontre justo hoy una noticia

sres, todas las aportaciones han sido muy buenas, le agrego una noticia que me recomendo el celular justo hoy, espero sea util:


"¿Los puños de un peleador profesional son armas ante la ley? Un abogado nos cuentaNOVIEMBRE 24, 2020 / FRANCISCO TREJO / MONTERREY
Dentro del imaginario colectivo, existe la creencia de que al ser experto en un arte marcial, los puños de una persona pueden ser consideradas como armas blancas ante la ley
icon_facebookicon_twittericon_linkedin(1)
imagenNotaFotos: Archivo
Monterrey.- Por generaciones, dentro del imaginario colectivo, existe la creencia popular de que un artista marcial, en caso de atacar a una persona o defenderse de una agresión, la ley puede juzgarlo como si hubiese usado un arma blanca.


A raíz de la detención injustificada del boxeador regiomontano Francisco 'Chihuas' Rodríguez, en Santa Catarina, algunas personas de la comunidad de Facebook, comenzaron a opinar que debió haberse defendido a golpes de los oficiales, pues era una detención ilegal. Sin embargo, otros comenzaron a alegar que no lo hizo "porque sería considerado agresión con arma blanca".


Esto último generó un breve debate que lejos de esclarecer el tema, generó un ambiente de incertidumbre, seguramente dejando a muchos con la siguiente duda: ¿Qué dice la ley en torno a esta situación?


Abogado tiene la respuesta
En palabras de Manuel Jezzini, destacado abogado regiomontano, este es un tema que ha sido muy mal interpretado desde hace mucho tiempo. Aclara que propiamente no existe alguna "disposición o razón" por la que el puño de un boxeador o las aptitudes desarrolladas por un experto en artes marciales, sean consideradas armas por sí mismas.


"Es un tema muy interesante y que ha sido muy mal interpretado durante mucho tiempo. Propiamente no hay ninguna disposición o razón por la cual se debe de considerar que el puño de un boxeador o las aptitudes desarrolladas por un experto en artes marciales deben de ser consideradas armas por sí mismas", afirmó el abogado Manuel Jezzini




Foto: Pixabay @harutmovsisyan


No obstante, aclara que en determinado momento, se puede dar el caso de que dicha circunstancia pueda ser considerada por las autoridades para establecer que hubo un exceso de fuerza en la legítima defensa.


"Sin embargo en un momento determinado al analizar las circunstancias de cada caso en efecto esa circunstancia puede ser considerada por la autoridad judicial para estimar que hubo un exceso de legítima defensa, o bien para que en la individualización de la pena se ha sancionado con mayor severidad el boxeador o el experto en artes marciales", aclaró


"Incluso si hiciéramos una lectura completa de todo el código penal en ninguna disposición encontraríamos la palabra vos, boxeador o puño... En las tesis de la corte sólo hay un apartado donde hacen referencia a los boxeadores pero se refiere a la interpretación de un dispositivo de la ley del impuesto sobre la renta", afirmó el abogado


Contacto: Abogado Manuel Jezziin "
 
Opinion

Creo con todo respeto que los compañeros razonan y especulan de mas.
La cosa es muy sencilla.

Si Ud. compañero priva de la vida a otro en una pelea "limpia" en la calle, se actualiza el delito de homicidio en riña y nada mas

Ud no trae colgando un letrero que diga que es experto en artes marciales asi que eso no influye en la pena.

sin embargo, si por alguna razon extraordinaria, la autoridad se enterase de esta situacion, podria intentar fincarle el agravante de VENTAJA al ser Ud. mas habil y diestro para pelea.

Aun asi, si Ud actua defendiendose de una agresion no justificada, es decir actua en legitima defensa, no se actualiza ninguno de los anteriores tipos penales.
 
ultimas investigaciones de mi parte

gracias delmonte, saben segui investigando y como bien menciona el compañero delmonte, en un "homicidio en riña" te puedes llevar minimo tus 3 años y maximo 10 de carcel (esto varia segun la entidad en que te encuentres), por lo cual como recomendacion de alguien que sabe algo de artes marciales es mejor "someter" al "rival" que darle unos moquetazos o patadones, ¿a que me refiero?, a que si te atacan sin armas mejor sometas a la persona con una llave, de tipo judo, jiu jitsu o lucha olimpica, ya que de esta forma lo podras cansar o podras invitar a desistir, de lo contrario si le causas un derrame y lo dejas idiota o matas y hubo testigos (en especial ahora que todo mundo te puede grabar con el celular) te metes en broncas, de usar alguna arma no soy conocedor y no lo recomiendo por ejemplo en una riña en el trafico o en una discoteca (si es que todavia asi les llaman :above:), como otros mencionan de "culito pero sanito" o vivito, recomendable si es una riña a mano limpia pero uds. no saben de defensa personal (que no es exactamente lo mismo que artes marciales, saber de defensa personal es un amplio espectro donde sabes golpear,someter y desarmar arma blanca o de fuego) mejor intenten o desescalar o evitarla, ya que en una riña aunque los superes pueden agarrar una botella, desarmador o tenedor, en veracruz hubo el caso de un tipo que se bajo de su carro a pelar como caballeros a mano limpia y le encajaron en el ojo un cuchillo de cocina que traia el otro tipo bajo el asiento, si saben de artes marciales (como segun yo es mi caso) que quede este hilo para que sepan que ni sabiendo defenderte a mano limpia te puedes salvar de pisar bote si dañas al oponente, inclusive llegue a encontrar que por lesiones si no traes recursos $$$ te pueden meter a carcel...yo seguire por la senda de la paz ni hablar... eso si ya si alguien se mete a mi casa armado amenzando es otro boleto ...

Creo con todo respeto que los compañeros razonan y especulan de mas.
La cosa es muy sencilla.

Si Ud. compañero priva de la vida a otro en una pelea "limpia" en la calle, se actualiza el delito de homicidio en riña y nada mas

Ud no trae colgando un letrero que diga que es experto en artes marciales asi que eso no influye en la pena.

sin embargo, si por alguna razon extraordinaria, la autoridad se enterase de esta situacion, podria intentar fincarle el agravante de VENTAJA al ser Ud. mas habil y diestro para pelea.

Aun asi, si Ud actua defendiendose de una agresion no justificada, es decir actua en legitima defensa, no se actualiza ninguno de los anteriores tipos penales.
 
Última edición:
Ojo

sin embargo, si por alguna razon extraordinaria, la autoridad se enterase de esta situacion, podria intentar fincarle el agravante de VENTAJA al ser Ud. mas habil y diestro para pelea.

Creo que tendrá mas clara su idea.

Primera Sala Volumen XCVI, Segunda Parte Pag. 53 Tesis Aislada(Penal)
PlegaArriba.png


Volumen XCVI, Segunda Parte RIÑA, NO PUEDE COEXISTIR CON LA CALIFICATIVA DE VENTAJA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).


Si el delito se estimó cometido en riña, no puede esta modificativa concurrir con la calificativa de ventaja, pues para que se configure ésta se requiere, conforme al artículo 305 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, que el agente no corra riesgo alguno de ser muerto ni herido por el ofendido y esta situación desaparece con la riña en la que siempre se presenta ese riesgo.
 
Compañero, pero aún así, siendo "profesional en artes marciales", la ley no distingue esas circunstancias, en México, el delito se tipifica solamente con el hecho delictuoso cometido y no se agrava por ser peleador profesional en cualquiera de sus modalidades.

Máxime que, no por ser peleador profesional tiene mas ventaja sobre su oponente, pues es claro que uno puede ser boxeador profesional, y el otro un simple mortal pero que es bueno para los fregadazos y termines rompiéndole la jeta al disque peleador titulado. Es por ello que la Ley no distingue tales circunstancias.

Conste, me refiero a lo legal porque es la pregunta que hizo el compañero.

Es bueno ser participativos, pero cuidado cuando aseguremos algo que creemos, porque podemos hacer caer en un error a algún compañero. saludos.
Coincido plenamente en que únicamente se tifipicaria el delito de homicidio en riña y complemento un poco el señalamiento del compañero Venator, en el caso de México la legislación que define Quién es profesional en algo es muy pobre es una ley reglamentaria del artículo 5 constitucional y no define en ninguno de sus artículos a artistas marciales o boxeadores profesionales, por lo que, en su caso si el juzgador al momento de individualizar la pena tomara esto en consideración como una agravante, específicamente cómo ventaja, estaría aplicando criterios subjetivos que no son admisibles en ninguna rama del derecho punitivo como lo es en su caso el derecho penal.

Espero mi aportación sea de utilidad

Enviado desde mi M2007J20CG mediante Tapatalk
 
Arriba