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ley federal de armas de fuego y explosivos: LFAFyE

si hay que votar apunteme comparre

Estoy seguro que en este foro, se encuentran politicos, diputados, senadores, militares, policias, etc. que pueden impulsar una actualización a la ley federal de armas
Es una ley promulgada en 1972 con fines a controlar las armas para evitar movimientos como el de 1968, pero es una ley que está a punto de cumplir 40 AÑOS!. No voy a meterme en temas de controversia de si es buena o mala o si ha servido o no, simplemente, despúes de 40 años y como cualquier cosa, debe actualizarse acorde a los tiempos y situación que vivimos hoy en día.
De entrada, tengo dos propuestas:
1) Incrementar el calibre permitido a 9mm para civiles. Cuando esta ley salió, pues no existía la inseguridad de hoy en día con tantos criminales portando armas automáticas de gran calibre, así que ya es obsoleto que quieran que uno pueda uno defenderse con charpes, si bien le va a uno maximo con .380 o .38, pero aun en estos calibres, también hay limitantes por el poder de parada del calibre y heridas menos "limpias" (segun he leido a los expertos de este y otros foros) pues un calibre mas bajo también implica mas tiros para detener al agresor, con mas riesgo de daño letal y complicaciones por balas alojadas por ejemplo (en lo personal ya me asaltaron en mi domicilio y los asaltantes, casi siempre, van drogados o alcoholizados para darse valor, por lo que generalmente un disparo de 22 por ejemplo, no solo NILO SIENTEN sino que continuan su ataque).
De nada me sirve que 3 horas despues el delincuente se desangre o se desmaye, si en el momento ya me correteo, golpeo, y hasta mató!
2) Para las armas para defensa, debiera ser necesario e incluso OBLIGATORIO, pasar algun tipo de examen, o incluso tomar un curso en algun club de tiro, y tener una practica obligada con la misma al menos no se, 6 meses. Para obtener una licencia para manejar un vehículo, tiene uno que "en teoría al menos" demostrar que la puede manejar, sin embargo para un arma no es necesario para su poseción, y no solo eso, sino además PROHIBEN PRACTICAR CON ELLA pues no la puede uno sacar del domicilio. Es una contradicción no?
Esto es muy importante por varias razones:
a) Con adecuado entrenamiento, se reduce en gran medida la posibilidad de accidentes con la misma.
b) Parte del entrenamiento de protección domiciliaria debe de incluir además técnicas de defensa, así como instruccción de a donde disparar de forma mas efectiva y con menos riesgo de daño a un agresor. De esa forma disminuir la probabilidad de matar o herir gravemente al atacante, pero detenerlo con mayor efectividad.
Opiniones? Perdón por lo largo del post
Saludos!
 
ya consulte la pagina de los diputados pero no se mucho de la pronunsacion de calibres pero tengo una duda una pistola semiautomatica brawnin 9mm no la puedo registra
 
Estoy seguro que en este foro, se encuentran politicos, diputados, senadores, militares, policias, etc. que pueden impulsar una actualización a la ley federal de armas
Es una ley promulgada en 1972 con fines a controlar las armas para evitar movimientos como el de 1968, pero es una ley que está a punto de cumplir 40 AÑOS!. No voy a meterme en temas de controversia de si es buena o mala o si ha servido o no, simplemente, despúes de 40 años y como cualquier cosa, debe actualizarse acorde a los tiempos y situación que vivimos hoy en día.
De entrada, tengo dos propuestas:
1) Incrementar el calibre permitido a 9mm para civiles. Cuando esta ley salió, pues no existía la inseguridad de hoy en día con tantos criminales portando armas automáticas de gran calibre, así que ya es obsoleto que quieran que uno pueda uno defenderse con charpes, si bien le va a uno maximo con .380 o .38, pero aun en estos calibres, también hay limitantes por el poder de parada del calibre y heridas menos "limpias" (segun he leido a los expertos de este y otros foros) pues un calibre mas bajo también implica mas tiros para detener al agresor, con mas riesgo de daño letal y complicaciones por balas alojadas por ejemplo (en lo personal ya me asaltaron en mi domicilio y los asaltantes, casi siempre, van drogados o alcoholizados para darse valor, por lo que generalmente un disparo de 22 por ejemplo, no solo NILO SIENTEN sino que continuan su ataque).
De nada me sirve que 3 horas despues el delincuente se desangre o se desmaye, si en el momento ya me correteo, golpeo, y hasta mató!
2) Para las armas para defensa, debiera ser necesario e incluso OBLIGATORIO, pasar algun tipo de examen, o incluso tomar un curso en algun club de tiro, y tener una practica obligada con la misma al menos no se, 6 meses. Para obtener una licencia para manejar un vehículo, tiene uno que "en teoría al menos" demostrar que la puede manejar, sin embargo para un arma no es necesario para su poseción, y no solo eso, sino además PROHIBEN PRACTICAR CON ELLA pues no la puede uno sacar del domicilio. Es una contradicción no?
Esto es muy importante por varias razones:
a) Con adecuado entrenamiento, se reduce en gran medida la posibilidad de accidentes con la misma.
b) Parte del entrenamiento de protección domiciliaria debe de incluir además técnicas de defensa, así como instruccción de a donde disparar de forma mas efectiva y con menos riesgo de daño a un agresor. De esa forma disminuir la probabilidad de matar o herir gravemente al atacante, pero detenerlo con mayor efectividad.
Opiniones? Perdón por lo largo del post
Saludos!
Muy buen punto compañero, yo tambien creo que tendria que haber una revision y actualizacion adecuada a los tiempos que estamos viviendo.
SALUDOS. :evil::evil::evil:
 
Refrendo de registr

Estimados Señores:

Antes que nada les felicito por esta magnífica página web que ventila importantes asuntos para quienes somos aficionados a la cacería, tiro y en general a las armas.

En esta ocasión me atrevo a distraer su atención para preguntarles que hay de cierto que el registro de armas de fuego debe refrendarse cada año, esto lo escuché en una estación de radio, pero ya lei la Ley Federal de Armas de Fuego y Exoplosivos y su Reglamento y no encuentro nada, pero mejor les pregunto, no vaya a ser una norma nueva que aún no está en Ley.

Muchas gracias por su amable atención
 
No compañero, no hay tal cosa, no se tiene que refrendar, lo que si le puedo comentar es que la secretaria de la defensa, realiza revisiones a los clubes de caza y tiro para verificar que los socios poseen y en orden las armas registradas, asi evitan que se hagan ventas sin el permiso correspondiente ante el registro federal. Pero del refrendo, ese no existe.
Estimados Señores:

Antes que nada les felicito por esta magnífica página web que ventila importantes asuntos para quienes somos aficionados a la cacería, tiro y en general a las armas.

En esta ocasión me atrevo a distraer su atención para preguntarles que hay de cierto que el registro de armas de fuego debe refrendarse cada año, esto lo escuché en una estación de radio, pero ya lei la Ley Federal de Armas de Fuego y Exoplosivos y su Reglamento y no encuentro nada, pero mejor les pregunto, no vaya a ser una norma nueva que aún no está en Ley.

Muchas gracias por su amable atención
 
Companeros una preguntota, yo ya tengo un arma registrada a mi nombre y domicilio, si mi hermano quiero sacar una para el pero vive en el mismo domicilio se puede?. Estan limitadas a persona o a domicilio?.

Gracias y saludos
 
¡COMPAÑEROS FORISTAS, CLUBES DE TIRO, CAZADORES Y TIRADORES DE LA REPUBLICA MEXICANA, APOYAMOS PARA: TRAMITAR Y RENOVAR LICENCIAS DE CAZA EN SEMARNAT, PRESENTAR OFICIOS DE SU CLUB EN LA SEDENA, ETC., NO VIAJE, AHORRE GASTOS, SU TIEMPO Y LOS RIEGOS QUE IMPLICAN VIAJAR EN ESTOS TIEMPOS DE INSEGURIDAD Y RECIBA SU LICENCIA O DOCUMENTOS CON ACUSE RECIBO EN SU DOMICILIO, SOLO 300 PESOS DE HONORARIOS AL GESTOR POR TRAMITE.
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Compañeros,
Estoy leyendo sus comentarios y quiero comenzar a realizar el tramite para el permiso de una arma para proteccion de hogar (escuadra .380) y un rifle .22LR.
Entiendo que el permiso se tiene que solicitar en la C. de Mexico, y que puede ser por correspondencia cuando vives fuera del DF..
Segun lo que entiendo de la ley de armas de fuego y explosivos. el Art. 57 que basicamente habla sobre la importacion de armas por aduana. y el Art. 58: habla de un permiso extraordinario de armas y municiones.
La pregunta es la siguiente Yo vivo en Tijuana B.C. (frontera con San Diego CA.), Dandose el caso que me vendan el arma en E.U. y las municiones, como se solicita el permiso extraordinario para importacion de armas y municiones, (¿alguien ya lo ha hecho ? ) y apegandose a importar los calibres permitidos por ley.

Para mi en particular me es mas economico comprar en san diego las armas y las municiones que ir al D.F. por ellas.
Si alguien ya ha hecho este tramite, a quienes vivimos en frontera nos seria muy util, que nos comprtiera sus experiencias en este tema.

Saludos y gracias .
 
LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. chequen el link esta muy interesante y ademas es de mucha ayuda. (esta un poco largo) http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102.pdf

antes que nada quiero agradeser por la informacion que nos proporcionan tan afirmada yo tengo una pregunta, , yo vivo en un rancho y alguien me platico que puedo portar un rifle 22 o pistola sin nesesidad de estar escrito en un club, ustedes me podrian orientar?
 
Saludos

es muy importante conocerlo tambien se habia tratato anteriomente, saludos:patriota::2gun::patriota:
http://www.mexicoarmado.com/leyes/91536-tenemos-una-en-casa.html[/QUOTEun rifle calibre 22 magnum entra en lo que se refiere a jornaleros ejidatarios y gente que trabaja en el campo fuera de las zonas urbanas o solo hase referencia al 22 lr ?

claro que si compañero entra el cal. 22 en armas cortas y largas, así como las escopetas cal. 12, 16 , 20, 28 y 410,con cañón de 25¨en adelante y armas cortas 25, 32, 38 y 38 spls, también depende del criterio de cada zona militar, saludos:patriota::2gun::patriota:
 
entonces el 22 magnum entra en los calibres 22 asi como el 22 colibrí, 22 short, 2 lr etc etc ?
 
Tiene en la horma a un legislador, creo panista, por violacion o portación de armas de fuego exclusivas de las fuerzas armadas.
Un tal Pablo Rangel Contreras.
Ya ve sr. Legislador. Que le costaba legislar por una LFAFYCE mas acorde a las necesidades actuales?
Corrigo pues ya vi la nota ccompleta
Es ex director de Caja Libertad.
Perdon por la mala información
 
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