se confunde la gimnasia con la magnesia.... aquí habla la jurisprudencia que no es delito la portación de arma de fuego siempre y cuando estés en tu domicilio, el tema del hecho delictivo radica en la portación del arma no en el disparo en el interior de la casa, la legislación estatal o federal considera delito el disparar un arma de fuego sin justificación alguna (ojo que no dice ni excluye el domicilio ya que es en general, obviamente si confluyen las circunstancias de la legítima defensa estamos ante un hecho plenamente justificado, por eso sólo señala COMO DELITO EL DISPARAR SIN JUSTIFICACION ALGUNA), este hecho en sí es un delito sancionado por la autoridad, lo que no te sancionarían es en el apartado que se refiere a la portación de arma de fuego, porque como siempre, el ministerio público para sacar más billete le agregaba el delito de portación de arma de fuego, que es lo que reguló la autoridad judicial con esta jurisprudencia para que dejaran de considerar el querer añadir dicho DELITO al procedimiento en vista de que al estar en tu domicilio no se actualiza la causal de portación de arma de fuego, por eso digo que confundes la gimnasia con la magnesia, sí es delito el disparar sin justificación alguna según diversas legislaciones, no es delito de portación de arma de fuego si la tienes en tu domicilio, porque la portación de arma solo se da si abandonas tu domicilio y la portas en cualquier otro lugar fuera de tu domicilio, ya comprendes... abusados, si no conocemos a fondo el tema evitemos dar interpretaciones erróneas a las leyes que puedan hacer que alguien más se confunda con tus afirmaciones y cometer un delito.