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Nueva Disposicion de SEDENA!!!!!

Estado
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Te felicito compañero frankcop por tu valor civil, enhorabuena y ojallá tengas una respuesta positiva, que lo dudo, ya a estas alturas del partido no creo que al Presidente Calderon le importe mucho hacerte caso si portas o no un arma de fuego, ya como esta la situación yo creo que su apuro radica en otras cuestiones, pero de todos modos tu antecedente lo tienes que has informado al mas alto rango militar en el país, al Comandante Supremo de las fuerzas armadas, para que luego no digan (no dijiste nada), bien hecho compañero.
 
ESTIMADOS COMPAÑEROS DE ''MÉXICO ARMADO'': LES PARTICIPO QUE CON FECHA DEL PASADO DÍA 6 (SEIS) DE JUNIO, LE HE VUELTO ENVIAR AL PRESIDENTE FELIPE CALDERÓN LA 'SEGUNDA' CARTA A TÍTULO PERSONAL, DONDE LE INFORMO, ENTRE OTRAS COSAS QUE HE DECIDIDO DEJAR GUARDADO MI REVÓLVER .38 SPL. s&w, MOD. 59, NÚM DE SERIE 89051, REGISTRADO DESDE 1981 ANTE SEDENA, PARA PORTAR AHORA SIN EL CORRESPONDIENTE PERMISO 'INDIVIDUAL' DE ARMAS, MI PISTOLA ESCUADRA DE AIRE, MARCA GAMO, CAL. 4.5 mm., CUANDO MÉNOS PARA TENER ÁLGO DE QUE ECHAR MANO EN CASO DE VERME SORPRENDIDO POR ALGUNOS DE LOS MILES DE ASALTANTES QUE PULULAN POR LAS CALLES DE MONTERREY, DEBIDO A QUE 'NADIE' HA CERRADO NUESTRA FRONTERA SUR DEL PAÍS, POR DONDE PASAN A DIARIO CIENTOS DE MARASALVATRUCHAS Y EXILADOS CENTRO Y SUD AMERICANOS QUE TIENEN INFESTADAS LAS FRONTERAS CON LOS EE.UU. Y QUE ANTE LA FÁCIL RECLUSIÓN DE LOS CRIMINALES PARA FORMAR PARTE DE SUS ORGANIZACIONES, YA SE HAN VENIDO A INVADIR TERRITORIOS DEL NORESTE, POR LO QUE SE HAN REBASADO LAS CAPACIDADES POLICIALES PARA DETENERLOS, DADO QUE SE TIENE COMO ESTADÍSTICA REAL, QUE HAY 112,000 DESERTORES Y DADOS DE BAJA DE NUESTRAS FUERZAS ARMADAS EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS Y SOLAMENTE 109,000 SOLDADOS EFECTIVOS EN SERVICIO, PARA COMBATIR ÉSE FAGELO, SIN CONTAR A LOS EX POLICÍAS, BANDAS RECIÉN NACIDAS, CRIMINALES SACADOS DE PRISIÓN QUE NO SABEN GANARSE EL PAN DE MANERA DIFERENTE Y QUE NO ENCUENTRAN TRABAJO POR SUS ANTECEDENTES. HACE CASI DOS AÑOS CUANDO LE ENVIÉ LA PRIMERA CARTA AL PDENTE. CALDERÓN, ''AVISÁNDOLE QUE ANDO ARMADO SIN EL CORRESPONDIENTE PERMISO DE SEDENA'', ME ENVIARON DOS CAMIONETAS DE SOLDADOS CON 7 (SIETE9 ELEMENTOS CADA UNA, MUY BIÉN ABASTECIDOS A MI CASA, DESGRACIADAMENTE YO ESTABA FUERA DE MONTERREY Y NO ME PUDE ENTERAR P'A QUÉ ME FUERON A VISITAR, PERO ME DIÓ PIÉ PARA ENVIARLE UNA CARTA AL GENERAL QUE LE HABIÁN ORDENADO QUE ME ATENDIERA, DEJÁNDOLE SABER ''QUE LEJANOS ESTÁN LOS TIEMPOS EN LOS QUE FUÍ INVITADO POR EL EJÉRCITO NACIONAL PARA DÁRLES CONFERENCIAS A SUS GRUPOS DE INTELIGENCIA, TANTO EN LA PRIMERA ZONA COMO EN LA 7a. '' . QUEDO ATENTO A SUS COMENTARIOS Y DEJO MI CORREO PERSONAL PARA LO QUE GUSTEN INDICARME, Y PROPONGO AL DESPACHO JURÍDICO DEL LIC. LUCIANO ARRAMBIDE TREVIÑO PARA CUALQUIER ASUNTO DE AMPAROS QUE LLEGUEMOS A NECESITAR A NIVEL NACIONAL. frankcop@axtel.net GRACIAS: FRANCISCO.

No pues igual yo me pregunto cual habra sido el objetivo de haber mandado dos unidades bien abastecidas.
 
La ley si pide los examenes, el estudio psicológico esta avalado en el artículo que habla de las portaciones; los estudios específicos requeridos, se publicaron en el Diario Oficial de la Federacion el 18 de junio del 2003 en el acuerdo No. DGRFAFCE/01/2003.

tu bien lo dices para PORTACIONES NO PARA PETAS
 
tu bien lo dices para PORTACIONES NO PARA PETAS

El peta es una portacion castrada. El peta no existe como tal en ningun lado de la ley, lo único que ampara la ley es la portacion de armas y la facultad de la Sedena de expedir permisos extraordinarios, asi que sacaron una portacion chiquita, pero con los mismos requisitos.
 
las leyes se elaboran dejando esas lagunas con fin de permitirles aplicarlas de manera dicrecional y eso es lo que se debe de hacer buscar una laguna y tratar de usarla en nuestro beneficio pero para eso haria falta un buen abogado
 
El peta es una portacion castrada. El peta no existe como tal en ningun lado de la ley, lo único que ampara la ley es la portacion de armas y la facultad de la Sedena de expedir permisos extraordinarios, asi que sacaron una portacion chiquita, pero con los mismos requisitos.


Así es de hecho el concepto "Transportación" solo se nombra una sola vez en la Ley y no existe en el reglamento, la única referencia en la Ley es en el artículo 61 y como el hecho que "DERIVE DE PERMISOS CONCEDIDOS" siendo que de facto se trata de "licencias particulares, por una o varias armas, para actividades deportivas, de tiro o cacería" contempladas en el último parrafo de la fracción I del artículo 26.
 
Estimados compañeros como ya se comento aquí efectivamente NO hay NINGUNA LEY QUE TE IMPIDA REGISTRAR LA CANTIDAD DE ARMAS PERMITIDAS en el art. (11)creo de la ley fed de armas de fuego y explosivos. puedes REGISTRAR LAS QUE QUIERAS per nuestro club si cuenta con un documento en el que a la letra dice "...SOLO SE AUTORIZA LA PORTACION DE ARMAS CON FINES CINEGETICOS Y/O DE PRACTICA DE TIRO, LA CANTIDAD DE 10 ARMAS 9 LARGAS Y 1 CORTA..."
esto quiere decir que en la transportación que utilizamos solo pueden inscribir 10 armas, PERO SE NOS AUTORIZA tres tipos de transportación, (cacería, practica de tiro y competencia nacional) lo que en ninguna ley ni documento dice que deben ser las mismas; luego entonces, tácitamente se entiende que pueden ser diferentes lo que quiere decir que puedes inscribir 30 diferentes incluso 3 cortas de diferentes calibres excepto 22 que no se autoriza para cacería ni rifle ni pistola
Y sobre tu pregunta de las cuotas tampoco a nosotros se nos ha informado tales dispociciones
 
Estimados compañeros como ya se comento aquí efectivamente NO hay NINGUNA LEY QUE TE IMPIDA REGISTRAR LA CANTIDAD DE ARMAS PERMITIDAS en el art. (11)creo de la ley fed de armas de fuego y explosivos. puedes REGISTRAR LAS QUE QUIERAS per nuestro club si cuenta con un documento en el que a la letra dice "...SOLO SE AUTORIZA LA PORTACION DE ARMAS CON FINES CINEGETICOS Y/O DE PRACTICA DE TIRO, LA CANTIDAD DE 10 ARMAS 9 LARGAS Y 1 CORTA..."
esto quiere decir que en la transportación que utilizamos solo pueden inscribir 10 armas, PERO SE NOS AUTORIZA tres tipos de transportación, (cacería, practica de tiro y competencia nacional) lo que en ninguna ley ni documento dice que deben ser las mismas; luego entonces, tácitamente se entiende que pueden ser diferentes lo que quiere decir que puedes inscribir 30 diferentes incluso 3 cortas de diferentes calibres excepto 22 que no se autoriza para cacería ni rifle ni pistola
Y sobre tu pregunta de las cuotas tampoco a nosotros se nos ha informado tales dispociciones
Que yo sepa el que no quieren autorizar para caceria solo es la pistola .380 ACP.
 
Que yo sepa el que no quieren autorizar para caceria solo es la pistola .380 ACP.
para caceria unicamente se autoriza cal. 22 como arma de remate ni .380 ni 38 spl. hay quien dice que si se las autorizan esto varia dependiendo del lugar pero para lo que se puede transportar es para competencia o practicas de tiro no para caceria
 
Y que me dicen del calibre 32 acp, le aplica la misma tónica que al .380 acp o que al 38 Spl o a ese si le dan chanza de meterlo al PETA de CAZERÍA o únicamente para TIRO y/o COMPETENCIA a ver suelten de su ronco pecho ???
 
en baja california solo se pueden tener como 8 armas en la trasnportacion, siempre a sido asi, por estos lados, nos toco traer cazadores del interior que en su transportacion (peta) traisn mas de 14 armas,
yo creo que debe ser el mismo sistema el de aya que aqui o me equivoco?
 
Y que me dicen del calibre 32 acp, le aplica la misma tónica que al .380 acp o que al 38 Spl o a ese si le dan chanza de meterlo al PETA de CAZERÍA o únicamente para TIRO y/o COMPETENCIA a ver suelten de su ronco pecho ???
por estos lados amigo la 38, solo se permite para tiro o competencia,
 
ya me chute todo el tema , asi que estare pendiente ¡¡¡
 
La solucion es sencilla.

Registra 1 en tu domicilio para legitima defensa.
Que tu esposa registre otra en el domicilio de tu suegra para seguridad y legitima defensa (y ahi la dejas, no la muevas)
registra 9 largas y una corta (o la combinacion que quieras, la cosa es que no pueden ser 10 largas) para tiro y caceria.
Saca permiso de coleccionista y registras las demas, y asi puedes comprar hasta las que uso villa (valor historico).

Saludos
 
Ah, de hecho puedes registrar mas para tiro y caceria, lo unico que nunca debes de hacer es meter en un peta mas de 10 (9y 1), las puedes variar cuando quieras y de acuerdo al arma que tengas y quieras usar, siempre y cuando no rebases ese limite.
 
Ahorrense lo del amparo, la ley y el reglamento faculta a la sedena a sacar esas circulares.

Mejor hagan lo siguiente:
-que el hombre registre un arma para seguridad y legitima defensa (en el domicilio)
-que su esposa registre otra en su casa de descanso (ahi la dejan)
-un hijo registre otra en su casa de la playa (y ahi la dejan)
-el otro hijo en su departamento o casa en bosques de las lomas (y ahi la dejan)
-registren todas las armas que alcance a comprar en la dcam y entre particulares (con registro) y nunca, pero nunca metan en un peta mas de 10 armas (de las 10 minimo 1 debe ser pistola), se cansa de tirar con ellas y en el proximo peta metre otras 10 armas y listo.
-saquen permiso de coleccionista para el resto y se acabo el problema, les va a salir mas barato ( y pueden coleccionar hasta el rifle de pancho villa "valor historico").
Y creo que con eso, por lo pronto están correctos.
Lei el oficio y no se refiere a acopio, se refiere al "peta".

Puedo estar equivocado, pero son los vacios legales.
 
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