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Tengo una duda........

Por que a los depòsitos no se les cobra comisiòn, argumentando que es por el IDE (2 y 3%) y a las transferencias una comisiòn del 5% siendo que estas quedan exentas de para el IDE????
 
NUEVO SERVICIO DE INTERMEDIACION (Respuesta)

Tengo una duda........

Por que a los depòsitos no se les cobra comisiòn, argumentando que es por el IDE (2 y 3%) y a las transferencias una comisiòn del 5% siendo que estas quedan exentas de para el IDE????

BUENAS COMPAÑERO!

ESTA USTED HERRADO; SE EXPRESA CLARAMENTE EN LAS REGLAS DEL SERVICIO QUE EN EL CASO DE DEPOSITOS EN EFECTIVO SE APLICARA LA COMISION DEL 5% MAS EL COBRO DEL IDE, QUE VIENE SIENDO EL 3% ADICIONAL.

CHEQUE BIEN LOS PUNTOS Y SE DARA CUENTA DE ESTO.



SALUDOS!!:cheers:
 
Excelelente recurso, solo hay que tomar en cuenta lo mencionado por cazadormx.
 
Buena medida, felicidades y que sea para beneficio de todos los que conformamos este magnifico foro
 
Gracias

Aunque suene repetitivo, muy buena idea, ya nos urgia algo asi.
 
Mala redacciòn

BUENAS COMPAÑERO!

ESTA USTED HERRADO; SE EXPRESA CLARAMENTE EN LAS REGLAS DEL SERVICIO QUE EN EL CASO DE DEPOSITOS EN EFECTIVO SE APLICARA LA COMISION DEL 5% MAS EL COBRO DEL IDE, QUE VIENE SIENDO EL 3% ADICIONAL.

CHEQUE BIEN LOS PUNTOS Y SE DARA CUENTA DE ESTO.



SALUDOS!!:cheers:


La confusiòn fue por lo siguente:

7. Comisión de 5% sobre el monto total de la transacción (el costo de la comisión solo es para transferencias bancarias, en caso de deposito en efectivo se cobra el impuesto sobre depósitos en efectivo)


Me supongo que es tal como usted lo menciona, sòlo que deberìa expresarse asì:

7. La comisiòn serà de 5% sobre el monto total de la transacciòn en caso de transferencias bancarias, y tratàndose de depòsitos en efectivo se cobrarà ademàs de dicha comisiòn el impuesto a los depòsitos en efectivo.

Para mi gusto asì quedarìa, por eso fue mi duda al respecto, por otro lado no hace menciòn a los depòsitos en cheque, que tambièn estàn exentos del IDE.
 
Pues es muy buena la idea de intermediarios pero como dicen los compañeroslos impuestos son causa de muchos dolores de cabeza
 
Excelente , asi a mi me da mas confiansa para comprar mediante

Su respaldo

excelent

e idea
,,
 
Muy cierto no se había tomado en cuenta

...y los impuestos que?

El ISR y el IETU. El simple hecho de tener una cuenta bancaria con depósitos y retiros, debe haber un RFC de por medio que tenga la responabilidad de la cuenta. El SAT va a considerar que todos los depósitos son ingresos y que todos los retiros son, retiros no deducibles, pues no hay una factura que así lo demuestre. Por los ingresos MEXICO ARMADO tendría que extender un recibo con todos los requisitos fiscales, de no hacerlo corresponderían multas muy gravosas. Esto ademas, generaría ISR o IETU (el mayor) para el cual la base fiscal sería el total de los depósitos, pues no hay deducciones fiscales. Si MA acepta 100 pesos de los cuales se gana 5 pesos y paga de impuestos 30 y le tiene que dar al vendedor 95 pesos, resultado: -$25 (perdida). Ademas de la responsabilidad de llevar la contabilidad, etc.

Recuerden que aqui en Mexico los depositos son iguales a ingresos, a menos que demuestre lo contrario. Una manera de demostrar que no lo son, es mediante documentación que compruebe que ese dinero fue utilizado para gastos de una tercera persona, y éstos gastos se comprueban recabando una factura del vendedor (con requisitos fiscales) a nombre del comprador.

Chequelo con sus fiscalistas, no vaya a ser mas caro el caldo que las albóndigas.

Muy cierto no se había tomado en cuenta, pero para todo hay solución, esta sería abrir una cuenta en PAY PAL, todo recae en tarjetas de crédito, veanle por ese lado, los usuarios tendríamos que abrir una cuenta, es facil, solo hay que pagar como 2.50 dolar por la apertura. La Admón de México Armado también tendría que abrir otra cuenta y creo asunto arreglado, siempre que se hagan las operaciones con tarjetas de crédito.

Lo que todavía la ADmón tendría que ver como le van a ser para deducir ese 5% de comisión por el respaldo. QUe a mi ver, si se pagan impuestos por esa comisión, el dinero que entrara por la retención al comprador, quedaría bien respaldada. Pero a ver que dicen los duchos en la materia.
 
eso aplica para una persona moral, en este caso creo que una cta sencilla de ahorros se podria manejar en cualquier banco

Todas las cuentas estan fiscalizadas, no importa que tipo de persona seas, física o moral. Si es una de ahorros, pues recaería toda la responsabilidad fiscal sobre esa persona, y no creo justo que ese compañero no pueda dormir agusto en la noches. Si te fijas, ahora para cualquier cuenta te piden tu RFC/CURP, y el IDE es una manera en la que el SAT se entera por infomación bancaria (ya no hay secreto bancario) de cuantos depósitos tiene una persona, en uno o varios bancos.

Muy cierto no se había tomado en cuenta, pero para todo hay solución, esta sería abrir una cuenta en PAY PAL, todo recae en tarjetas de crédito, veanle por ese lado, los usuarios tendríamos que abrir una cuenta, es facil, solo hay que pagar como 2.50 dolar por la apertura. La Admón de México Armado también tendría que abrir otra cuenta y creo asunto arreglado, siempre que se hagan las operaciones con tarjetas de crédito.

Lo que todavía la ADmón tendría que ver como le van a ser para deducir ese 5% de comisión por el respaldo. QUe a mi ver, si se pagan impuestos por esa comisión, el dinero que entrara por la retención al comprador, quedaría bien respaldada. Pero a ver que dicen los duchos en la materia.

Con PAY PAL es lo mismo, es tarjeta de crédito esta fiscalizada, y puede llegar a tener movimientos muy importantes. Los depositos quedan registrados, quizá te ahorres el IDE, pero no te escapas de que te determinen ingresos, y para que te crean que fué solo para ayudar a los miembros del foro.

Lo que quiero decir, es que no es justo que alguien corra el riesgo fiscal por nosotros.
 
Otra cosa

Tambien pudiera ser que por ganar una comision del 5% en las transacciones por ventas de armas, consideren que el Foro esta vendiendo armas sin el permiso de la SEDENA.

Creo que tambien hay que checarlo con un abogado.

En las subastas americanas, como Ebay y Gunbroker que aqui conocemos, los intermcambios de dinero son entre las cuentas de comprador y vendedor. Despues el vendedor le paga a la subasta.
 
Hola, me parece que nuestro compañero CazadorMX ha creado una confusión con respecto a lo de los impuestos. Mexico Armado no es una empresa que se encarga de expedir recibos ni facturas, solo es un INTERMEDIARIO para sus transacciones, a sí como uds. realizan compras y ventas uds. no expiden un comprobante fiscal el cual posteriormente tienen que deducir. Por lo tanto no hay que hacer ni una clase de deducción fiscal.

Saludos,
 
Tambien pudiera ser que por ganar una comision del 5% en las transacciones por ventas de armas, consideren que el Foro esta vendiendo armas sin el permiso de la SEDENA.

Creo que tambien hay que checarlo con un abogado.

En las subastas americanas, como Ebay y Gunbroker que aqui conocemos, los intermcambios de dinero son entre las cuentas de comprador y vendedor. Despues el vendedor le paga a la subasta.

Nuevamente compañero CazadorMX lo felicito por que se ha preocupado por los intereses del foro y es muy valiosa su aportación, pero nuevamente le comento que a mi parecer no se requiere ni un permiso de nada, pues en todo caso nosotros mismos los usuarios somos los encargados de dar informes, MEXICO ARMADO es un INTERMEDIARIO en sus tracciones monetarias pero no es un vendedor ni mucho menos comprados, y han tomado esta medida para evitar FRAUDES entre los usuarios, no existe obligación de los usuarios de hacer uso de ello es una opción más que nos estan brindando.

Saludos,
 
Como dijo la compañera, solo es dinero se desconoce el producto q se comercie entre los usuarios.
 
Excelente idea.

Excelente idea nos dara mas seguridad a la hora de una negociacion. En hora buena ! Saludos
 
hola buenos dias, dare mi opinion respecto a dos cuestiones, la primera es respecto a el cobro del ide por depositos en efectivo, si estoy equivocado por favor que alguien me corrija,el impuesto a los depositos en efectivo es un impuesto propio y no debe trasladarse o cobrarse al cliente, ya que es un impuesto de control, que es ademas acreditable "recuperable" por asi decirlo contra otros impuestos al momento de presentar declaraciones mensuales, por lo tanto no se debe de cobrar al cliente. y se preguntaran por que cliente, por que al cobrar una comision por ser intermediario estan prestando un servicio por lo que yo al usar ese servicio me convierto en su cliente y mexico armado mi proveedor de servicios y la segunda es en cuanto al isr y ietu, desde luego que si hay que pagarlos pero debe ser unica y exclusivamente por el ingresos del cobro de las comisiones que se cobraran por el servicio de intermediacion(5%) que en realidad ese es el ingresos o renta por el cual debe pagarse impuesto y dar comprobantes fiscales y no por el total de la operacion, ignoro si mexico armado este dado de alta en hacienda pero supongo que si y supongo debe ser una a.c. y para poder dar el servicio debe estar incluido o establesido en los estatutos constitutivos y señalar expresamente la mecanica de el servicio para que no se tomen como ingresos los depositos y retiros por las operaciones de compraventa entre comprador y vendedor.

dejo pues mi opinion y espero no estar equivocado o confundir mas.
 
las reglas de la mecánica son claras, el ide lo paga el comprador, si no desea pagarlo utilize transferencia.

Mexicoarmado ofrece todo este portal sin costo, la intermediación es opcional y de ninguna manera es visto como negocio por el foro este servicio, es un mecanismo para evitar fraudes, se cobra 5% para mantenimiento del foro, no para generar riquezas.

hola buenos dias, dare mi opinion respecto a dos cuestiones, la primera es respecto a el cobro del ide por depositos en efectivo, si estoy equivocado por favor que alguien me corrija,el impuesto a los depositos en efectivo es un impuesto propio y no debe trasladarse o cobrarse al cliente, ya que es un impuesto de control, que es ademas acreditable "recuperable" por asi decirlo contra otros impuestos al momento de presentar declaraciones mensuales, por lo tanto no se debe de cobrar al cliente. y se preguntaran por que cliente, por que al cobrar una comision por ser intermediario estan prestando un servicio por lo que yo al usar ese servicio me convierto en su cliente y mexico armado mi proveedor de servicios y la segunda es en cuanto al isr y ietu, desde luego que si hay que pagarlos pero debe ser unica y exclusivamente por el ingresos del cobro de las comisiones que se cobraran por el servicio de intermediacion(5%) que en realidad ese es el ingresos o renta por el cual debe pagarse impuesto y dar comprobantes fiscales y no por el total de la operacion, ignoro si mexico armado este dado de alta en hacienda pero supongo que si y supongo debe ser una a.c. y para poder dar el servicio debe estar incluido o establesido en los estatutos constitutivos y señalar expresamente la mecanica de el servicio para que no se tomen como ingresos los depositos y retiros por las operaciones de compraventa entre comprador y vendedor.

dejo pues mi opinion y espero no estar equivocado o confundir mas.
 
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