VI. Rifles de alto poder de calibres superiores a los señalados en elinciso anterior, con permiso especial para su empleo en el extranjero, encacería de piezas mayores no existentes en la fauna nacional.
Segun la ley te deben dar Un permiso especial para su empleo en el extranjero. Pero a mi me pedian primero el permiso para registrarlo.. En mi zona estamos en stand by. A ver si algun otro compañero sabe mas.