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juanlo1211

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hola compañeros estuve viendo unos videos en internet de tiros y me tope con unas balas que se llaman TRACERS
me imagino que son como para marcar la trayectoria de una bala al ser disparada porque incandecan luz en el camino, las vi en youtube hasta en cal 9mm . alguien sabe mas del tema?
y saben si se pueden comprar aqui en mexico?'
saludos
 
En Castellano se llaman trazadoras y se usan en armas automáticas con el objeto de ver la trayectoria de los proyectiles, son cartuchos para la guerra, por lo tanto prohibidas a civiles.
La luz que se ve es producida por una pasta de fósforo que la alojan en un hueco de la base del proyectil, el color que producen es blanco o anaranjado, y pueden producir incendios
 
por lo que comenta deben ser peligrosas no?, y hay en todos los calibres?
 
En Castellano se llaman trazadoras y se usan en armas automáticas con el objeto de ver la trayectoria de los proyectiles, son cartuchos para la guerra, por lo tanto prohibidas a civiles.
La luz que se ve es producida por una pasta de fósforo que la alojan en un hueco de la base del proyectil, el color que producen es blanco o anaranjado, y pueden producir incendios

Me imagino que tambn

estaria bn usarlas en la cazeria????

Saludos...
 
La munición trazadora es un tipo especial de bala, modificada para aceptar una pequeña carga pirotécnica en su base. Esta se enciende al ser disparada, ardiendo intensamente y haciendo el proyectil visible para el ojo humano. Esto le permite al tirador seguir la trayectoria de la bala hacia el objetivo, permitiendo realizar correcciones en su precisión y puntería, originalmente fueron creadas para el ambito militar, para los combates con armas automaticas, por tanto se coloca una trazadora cada 4 o 6 cartuchos en una correa de ametralladora, para darle la oportunidad al tirador de corregir la punteria en caso de ser necesario. En Occiente el color que comunmente desprense las trazadoras es Rojo intenso, mientras que en los paises con armamento militar sovietico se usa el color verde. En los primeros años de su uso, las carga pirotecnica de las balas trazadoras esa de magnesio que se encendia al momento del disparo, pero luego se comprobo que esto erosionaba muy rapidamente los cañones de las armas, por lo que actualmente no empiezan a dejar la estela hasta transcurrido un cierto espacio, 50 a 100 metros, según modelo, y esto sirve tambien para que el enemigo no pueda localizar el arma. Otras dejan una estela de humo, más visible durante el día. Y para operaciones especiales, las hay que dejan una estela sólo visible con visores nocturnos o de infrarrojos. En cuanto a que esten prohibidas pues creo que depende de la legislación, porque en los EUA son de venta Libre desde el calibre 22 lr hasta el 50 BMG, de hecho la compañia Hornady tiene una linea de Municion a la que llaman Vector, que son trazadoras...
 
en estados unidos si se venden a los civiles, todo depende del estado donde vivas en algunos son proibidas por aquello de los insendion.
 
En Mexico estan prohibidas asi se traten de Cal .22.

Abri hace tiempo un post con esta duda y por los comentarios y sobre todo por lo escrito en nuestra bendita LFAyE, se concluyo en ello.

Artículo 11.- Las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son las siguientes:

a).- Revólveres calibre .357 Magnum y los superiores a .38 Especial.

b).- Pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las .38 Super y Comando, y las de calibres superiores.

c).- Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas en calibre .223, 7 mm., 7. 62 mm. y carabinas calibre .30 en todos sus modelos.

d).- Pistolas, carabinas y fusiles con sistema de ráfaga, sub-ametralladoras, metralletas y ametralladoras en todos sus calibres.

e).- Escopetas con cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm) y las lanzagases, con excepción de las de uso industrial.

f).- Municiones para las armas anteriores y cartuchos con artificios especiales como trazadores, incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos de gases y los cargados con postas superiores al 00 (.84 cms. de diámetro) para escopeta.
 
Última edición:
wow. buen aporte companero. gracias por despejar mis dudas
En Mexico estan prohibidas asi se traten de Cal .22.

Abri hace tiempo un post con esta duda y por los comentarios y sobre todo por lo escrito en nuestra bendita LFAyE, se concluyo en ello.

Artículo 11.- Las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son las siguientes:

a).- Revólveres calibre .357 Magnum y los superiores a .38 Especial.

b).- Pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las .38 Super y Comando, y las de calibres superiores.

c).- Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas en calibre .223, 7 mm., 7. 62 mm. y carabinas calibre .30 en todos sus modelos.

d).- Pistolas, carabinas y fusiles con sistema de ráfaga, sub-ametralladoras, metralletas y ametralladoras en todos sus calibres.

e).- Escopetas con cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm) y las lanzagases, con excepción de las de uso industrial.

f).- Municiones para las armas anteriores y cartuchos con artificios especiales como trazadores, incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos de gases y los cargados con postas superiores al 00 (.84 cms. de diámetro) para escopeta.
 
si hay pero tiene razon el compa deer hunter.. darse el gusto podria significar mas gasto que satisfaccion y los videos que yo he visto lucen mejor en armas de rafaga y pues al menos en mexico. ni soNarlo
 
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