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Un Problema De Interpretación Constitucional

tomycks

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Un Problema De Interpretación Constitucional

EL DERECHO DE USAR LAS ARMAS


SALUDOS CAMARADAS , ENCONTRÉ ESTE DOCUMENTO MUY RECIENTE ACERCA DE LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL EN EL DERECHO DE USO DE LAS ARMAS , ESCRITO POR EL MAGISTRADO JOSE RAMON COSSIO DIAZ

ME ES MUY INTERESANTE , PERO DIFÍCIL DE ASIMILAR PARA QUIENES NO TENEMOS LA COSTUMBRE DE LOS TÉRMINOS TÉCNICO LEGALES
ESPERO NUESTROS CAMARADAS LICENCIADOS EN DERECHO NOS DEN SU OPINIÓN

SALUDOS CAMARADAS
 

Adjuntos

  • CUC000001810.pdf
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Excelente articulo del Doctor Jose Ramon Cossio Diaz...ministro de nuesta Suprema Corte de Justicia de la Nacion...desde mi punto de vista lo que expone el ministro es totalmente aceptable...el concepto de domicilio al caso concreto que el comenta, no debe ceñirse a sun simple "donde habiten o residas las personas", sino que la primera sala de la SCJN debio ir mas alla de lo que marca el reglamento de la Ley Gral de armas de fuego y explosivos...debio ponderar todos los conceptos de domicilio...y mas aun...si la carniceria (que es el caso que ocupa) era un lugar suceptible de la autoproteccion y autodefensa -como apunta el ministro-...pues en una negocioacion, si bien es cierto no es el lugar donde de habita o se resise...si hay bienes juridicos que son suceptibles de ser vigilados y tutelados apropiados de manera ilicita por un malhechosr. Excelente articulo!
 
muy buen analisis el que hace el ministro Cossio, mientras leia recorde que en el foro alguna vez hicieron esta misma pregunta, y pues aqui esta la respuesta, no se puede tener armas en negocios, pero el ministro ya hizo el favor de darnos arguimentos para la defensa en caso de que tengamos un problema como este, al menos sabemos que tendremos el voto de un ministro si alegamos la inconstutucionalidad de los articulos referidos en el texto de la ley de armas de fuego
 
Exelente...

Es un analisis muy bueno...

Lo primero que me molesta es el afan de castigar a la victima, al ciudadano decente, puesto que a este señor se le castigo por defender su propiedad y su vida.

2 - Las leyes deben garantizar el ejercicio de los derechos, no hacerlos impracticables, por lo que considero que la LFAFYE es anticonstitucional ya que impide al ciudadano decente el derecho a defenderse y defender su propiedad.

3 - Las leyes federales deben ser aplicadas por el poder federal, por lo tanto creo que la SEDENA esta ejerciendo una tarea que no le corresponde al ser la encargada de dar los permisos de portacion.

4 - La constitucion no puede ser juzgada en base a una ley secundaria, sino que la constitucion es primero, y si la ley secundaria no cumple con el espiritu de la constitucion es ANTICONSTITUCIONAL.

Esta es mi humilde opinion, para mi la LFAFYE es ilegal.

:patriota:
 
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