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22 TCM USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO?

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14 Abr 2020
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hola compañeros que se puede hacer si tengo una pistola 22 tcm registrada y ahora dicen que es uso exclusivo del ejercito, pero no encuentro nada de informacion alguien mas tiene este problema? me piden que la done a destruccion o la venda pero no estoy muy seguro de esto muchas gracias si alguien tiene la reforma de ley o tiene otra informacion se los agradecere.
 
No eres la única persona que posee una de estas armas registradas y con transportación ( Peta ) en Nuestro medio, me viene al recuerdo en una cacería en Sonora al dueño del Rancho, enfundando y orgulloso con su pistola fajada en la cintura.. Cual es el modelo que tu tienes y la fuente de la información que proporcionas para saber su veracidad.
 
No eres la única persona que posee una de estas armas registradas y con transportación ( Peta ) en Nuestro medio, me viene al recuerdo en una cacería en Sonora al dueño del Rancho, enfundando y orgulloso con su pistola fajada en la cintura.. Cual es el modelo que tu tienes y la fuente de la información que proporcionas para saber su veracidad.
no tengo ningun documento solo lo que me dijo la sedena verbalmente nunca por escrito por eso quiero saber si alguien tiene mas informacion sobre esto ya que yo no e encontrado nada que valide esto que me dijeron, por lo pronto no me dejaron hacer cambio de domicilio, alegando que ya es uso exclusivo.
 
Trataron de acalambrarme con algo parecido teniendo yo registro y transportación vigente.... apoco un general comandante de zona va a firmar una transportación de un arma prohibida??? volteaselas de ese modo .... manda queja a la función pública ( espero que todavía exista) expon tu caso mandales copia de tus documentos y creeme si procede y te dan una aclaración o en su caso una disculpa, a mí me llegó por correo la disculpa de SEDENA alegando que todo fué un error del personal MG de la zona y hasta los arrestaron, pedo impar osea pedo non !!!! y yo muy contento con mi juguetito hasta la fecha =)
 
Si ya está registrada no tienes problema alguno compañero. Y hasta donde se no se ha ampliado la ley federal de armas de fuego donde mencione que debido al alto coeficiente balístico no se pueden registrar armas de calibre legal especificado en la misma. Tengo entendido que si vas a que te la registren te dicen que no se puede
 
La suprema corte estableció una jurisprudencia que dice que todo calibre que se equipare a la fuerza o petencia de una 9mm es considerada como de uso exclusivo, y de esta jurisprudencia se agarran y emiten oficios y comunicados a los clubes de tiro estableciendo que calibres estan prohibidos por exceder o igualar la potencia de la 9mm, tal es el caso del 30 tokarev, el 30 mauser el 30 luger entre otros
 
Tienes alguna liga a esta resolución o publicación
 
Dudo que cualquier miembro de este foro menos un perito se atreviera a decir semejante barbaridad
 
Por otro lado si la ley se refiriera a superar la potencia y no la medida del calibre porque exceptúa el 38super , el 38 comando y el 357 magnum en revólver
 
La suprema corte estableció una jurisprudencia que dice que todo calibre que se equipare a la fuerza o petencia de una 9mm es considerada como de uso exclusivo, y de esta jurisprudencia se agarran y emiten oficios y comunicados a los clubes de tiro estableciendo que calibres estan prohibidos por exceder o igualar la potencia de la 9mm, tal es el caso del 30 tokarev, el 30 mauser el 30 luger entre otros

Pero se supone que ninguna Ley se aplica en retroactivo .... será para los que a partir de esa fecha pretendan registrar ese tipo de arma, me imagino.
 
Pero se supone que ninguna Ley se aplica en retroactivo .... será para los que a partir de esa fecha pretendan registrar ese tipo de arma, me imagino.
La jurisprudencia no es ley, es una interpretación, por ende no le afecta la retroactividad!
 
considero es un abuso de la autoridad, pero nada se puede hacer, yo recomendaria venderla y no quedar marcado en la sedena, podria tomar otras formas y siempre uno saldria perdiendo, aunque lo repito es un abuso, pues no esta por sobre los calibres pemitidos a nosotros los civiles
 
considero es un abuso de la autoridad, pero nada se puede hacer, yo recomendaria venderla y no quedar marcado en la sedena, podria tomar otras formas y siempre uno saldria perdiendo, aunque lo repito es un abuso, pues no esta por sobre los calibres pemitidos a nosotros los civiles
Yo pienso lo mismo compañero es un vil abuso, cada vez más restricciones para las armas de fuego para ciudadanos de bien. Primero las armas de uso civil no superiores a la fecha 2015 después calibres con alto coeficiente balístico, plataformas similares a AR 15 en .22 no son registrables
 
y peor cosa ahora las plataformas tipo ar en .22 que vende la sedena ya son solo para jefes y oficiales, ya no hay venta a civiles, Yo me pregunto que oficial o jefe va a compara un 22 si ellos tienen la facilidad de comprar calibres mas grandes y usar una conversion a .22 lr
 
La jurisprudencia no es ley, es una interpretación, por ende no le afecta la retroactividad!
Perdón pero en temas legales no se vale decir lo que creemos o pensamos sin un fundamento, la desinformación en estos casos puede tener consecuencias graves y el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento, desde luego que la jurisprudencia tiene el carácter y es fuente del derecho y por su puesto no puede ser aplicada de manera retroactiva existiendo fundamento expreso para ello en el último párrafo del artículo 217 de la Ley de Amparo.

Saludos.
 
Si es tan clara la jurisprudencia, ¿podrían poner donde se publicó?. La única publicación referente a calibres que yo encontré de la suprema corte fue una tesis donde la SCJN solicita a la cámara legislativa que amplíe los calibres permitidos a civiles ante la falta de poder de detención de la legislación actual, también establece la misma opinión sobre que los calibres no determinados como de uso exclusivo en la ley no pueden determinarse como tal, por último también llama a la cámara legislativa a ampliar los calibres permitidos al suponer que el derecho a la protección de domicilio es una extensión de la seguridad pública (y esto antes de que se facultara a los militares de hacer labores de seguridad pública) . Entonces claramente como la ley lo dice solo 9mm parabellum, 357 magnum y 38 súper son de uso exclusivo en pistola y revólver en calibres menores o iguales a 9mm. No soy abogado así que si tienen otra información se las agradezco…
 
Última edición:
y peor cosa ahora las plataformas tipo ar en .22 que vende la sedena ya son solo para jefes y oficiales, ya no hay venta a civiles, Yo me pregunto que oficial o jefe va a compara un 22 si ellos tienen la facilidad de comprar calibres mas grandes y usar una conversion a .22 lr
Comparto tu opinión compañero, saludos...
 
La Sedena lo maneja a su antojo en la última reforma al menos en la que encontre no menciona los calibres inferiores al 9mm con mayor coeficiente balístico como de uso exclusivo, cada vez hay más limitante el uso del derecho a poseer armas es risible como ya no se puede tener un .22 en plataforma bushmaster según por qué los malandros usan esas plataformas si yyy en un PETA el arma va guardada en su funda si en dado caso hay una revisión se corrobora el registro y calibre de arma y listo
 
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