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5.7 es registrable para transportacion????

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morelos
alguien sabe si en el decam registran o venden una escuadra calibre 5.7 con permiso para transportacion? o si es recomendable para practica de tiro??
 
5.7 x 28? que yo sepa es mas penada que lo te imagines

BUENAS NOCHES COMPAÑEROS!

PERMITAME ENTROMETERME COMPAÑERO; PERO ESO QUE USTED AFIRMA ES TOTALMENTE ERRONEO.

EL CALIBRE 5.7 ES UN CALIBRE NO CONSIDERADO COMO DE USO EXCLUSIVO DENTRO DE LAS LEYES QUE REGULAN LAS ARMAS DE FUEGO, POR LO TANTO ES TAN PENADO COMO UN CALIBRE .22.

QUE SEA SATANISADO POR LOS MALOS USOS QUE SE LE HAN DADO NO QUIERE DECIR QUE SEA LEGALMENTE PROHIBIDO, SINO QUE LAS DISPOSICIONES INTERNAS DE LOS ENCARGADOS DE ALGUNOS MODULOS, REGIONES O ZONAS MILITARES SON LAS QUE NOS IMPIDEN SE NOS SEA REGISTRADAS LAS ARMAS QUE UTILIZAN ESTE TIPO DE CARTUCHOS.

PERO SON 100% LEGALES Y DEVERIAN SER REGISTRABLES SIN PROBLEMA ALGUNO.


Artículo 9
Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta Ley, armas de las características
siguientes:
I.- Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando exceptuadas las pistolas
calibres .38 Super y .38 Comando, y también en calibres 9 mm. las Mausser, Luger, Parabellum y Comando, así como
los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de otras marcas.
II.- Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum.


AQUI QUEDA CLARO LO EXPUESTO; PERO PUES SI ES CASI IMPOSIBLE SU REGISTRO PARA TAN SOLO POCESION, IMAGINECE USTED COMPAÑERO PARA TRANSPORTACION. :nono::nono:


SALUDOS!!:cheers:
 
pues el calibre 5.7 en si, si es registrable, pero de que te lo quieran registrar lo veo muy dificil,
y ahora para que te den transportacion ay si esta mucho mas dificil. por no desir imposible.

saludos
 
este calibre cumple con todas las normas para poder ser registrado pero con la fama que le han dado "MATA POLICIAS" la veo muy difisil pero creo que todo es a criterio del personal de donde acudas a registrarla.
 
Y para pràctica de tiro en si, no es nada recomendable, salvo que sea para el uso, con el fin exclusivo, con que fuè concebida esa municiòn.
 
dicen rumeres que en ciertas zonas si te lo registren ejemplo el 357sig te lo registran en guadalajara o algo asi
 
dicen rumeres que en ciertas zonas si te lo registren ejemplo el 357sig te lo registran en guadalajara o algo asi

Es correcto en el caso de las 357 SIG, pero en el caso de la 5,7 no sabría decir nada el respecto. Esto es hablando de Guadalajara

Saludos.
 
BUENAS NOCHES COMPAÑEROS!

BUENO; UNA PREGUNTA:

QUE PASARIA SI POR CASUALIDAD O AZARES DEL DESTINO PUDIERA YO O ALGUNO DE USTEDES LLEGAR A REGISTRAR UN ARMA DE ESTE CALIBRE?

CREEN USTEDES QUE DICHO REGISTRO SERIA RESPETADO POR LOS REPRESENTANTES DE LA SECRETARIA DE LA DEFENZA NACIONAL (SEDENA)EN UNA SUPUESTA REVISION "VOLUNTARIA" DE NUESTROS DOMICILIOS?


ANALIZEMOS UN POCO EL CASO Y RESPONDAMOS DE MANERA OBJETIVA MI PREGUNTA POR FAVOR.



SALUDOS!!:cheers:
 
BUENAS NOCHES COMPAÑEROS!

BUENO; UNA PREGUNTA:

QUE PASARIA SI POR CASUALIDAD O AZARES DEL DESTINO PUDIERA YO O ALGUNO DE USTEDES LLEGAR A REGISTRAR UN ARMA DE ESTE CALIBRE?

CREEN USTEDES QUE DICHO REGISTRO SERIA RESPETADO POR LOS REPRESENTANTES DE LA SECRETARIA DE LA DEFENZA NACIONAL (SEDENA)EN UNA SUPUESTA REVISION "VOLUNTARIA" DE NUESTROS DOMICILIOS?


ANALIZEMOS UN POCO EL CASO Y RESPONDAMOS DE MANERA OBJETIVA MI PREGUNTA POR FAVOR.



SALUDOS!!:cheers:

Hola

Me parece que no debería haber problemas legales, inclusive si dicha arma no esté registrada.

No tendrían fundamento en ninguna ley o reglamento para hacerte algún cargo.....

Una cosa es que no la quieran regitrar y otra que sea ilegal.

Y si un arma legal no está registrada no es un delito, es una falta administrativa que se penaliza con una multa.

Saludos
 
totalmente de acuerdo

BUENAS NOCHES COMPAÑEROS!

PERMITAME ENTROMETERME COMPAÑERO; PERO ESO QUE USTED AFIRMA ES TOTALMENTE ERRONEO.

EL CALIBRE 5.7 ES UN CALIBRE NO CONSIDERADO COMO DE USO EXCLUSIVO DENTRO DE LAS LEYES QUE REGULAN LAS ARMAS DE FUEGO, POR LO TANTO ES TAN PENADO COMO UN CALIBRE .22.

QUE SEA SATANISADO POR LOS MALOS USOS QUE SE LE HAN DADO NO QUIERE DECIR QUE SEA LEGALMENTE PROHIBIDO, SINO QUE LAS DISPOSICIONES INTERNAS DE LOS ENCARGADOS DE ALGUNOS MODULOS, REGIONES O ZONAS MILITARES SON LAS QUE NOS IMPIDEN SE NOS SEA REGISTRADAS LAS ARMAS QUE UTILIZAN ESTE TIPO DE CARTUCHOS.

PERO SON 100% LEGALES Y DEVERIAN SER REGISTRABLES SIN PROBLEMA ALGUNO.


Artículo 9
Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta Ley, armas de las características
siguientes:
I.- Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando exceptuadas las pistolas
calibres .38 Super y .38 Comando, y también en calibres 9 mm. las Mausser, Luger, Parabellum y Comando, así como
los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de otras marcas.
II.- Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357 Magnum.


AQUI QUEDA CLARO LO EXPUESTO; PERO PUES SI ES CASI IMPOSIBLE SU REGISTRO PARA TAN SOLO POCESION, IMAGINECE USTED COMPAÑERO PARA TRANSPORTACION. :nono::nono:


SALUDOS!!:cheers:


parece ser que la cuarta zona militar en coahuila ya ha registrado de este tipo de armas,,en cuanto este prohibida,, creo que cierto tipo de municion es el problema no el arma... saludos...


aplicando bien la ley no deberia ser prohibida....
 
Por desgracia lo que creo que pase es que cuando preguntes a algun oficial cual es a situacion de esa arma

te va a contestar


:pelos::pelos::pelos::pelos::pelos: QUE!!! QUE!!!!! LA MATAPOLECIAS NO!!!NO!!!NO!!! MIJO NO TE METAS EN PROBLEMAS O PA QUE LA QUIERES, EN QUE ANDAS METIDO !!!!!!!!!! NO, NO SE PUEDE REGISTRAR ESTA PENADICIMA. MAS QUE LA .45

Y TU CON CARA DE :confused: Y YA TE cH¡G@5T3:shake:
 
Oraleeee
algo mas ala cultura general!
gracias por su aportacion seme hizo muy interesante
 
Existen Pistolas Five Seven registradas, aunque paso con lo mismo que las 357 SIG, cuando la SEDENA se dio cuenta que a pesar de ser calibres dentro de los legales, su capacidad balistica era superior al 9mm y pues dejaron de autorizar la compra y ya no traen cartuchos.
 
Como se mencionó anteriormente el problema no es el arma, es la munición ya que segun lo que yo se es que el cartucho que se utiliza para atravezar chalecos blindados es el SS-190 y créo que es bastante dificil de conseguir, yo las he visto con cartuchos con punta azul o roja y esos son solamente expansivos.
 
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