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Alguien sabe el fundamento donde nos limitan a 10 armas en la posesion ???

orelalejandro

Miembro de la Vieja Guardia
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1 Ago 2011
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Monterrey
Que tal compañeros ................... he escuchado a muchos decir que unicamente podemos tener hasta 10 armas registradas , otros que 1 arma corta y 9 largas , otros que no importa si son cortas o largas , otros que dicen que si tenemos mas de 10 armas es acopio de armas y otros que no tenemos ni un limite en el numero de armas que podemos tener registradas........... la pregunta aqui es , que es lo que dice la ley ??? He aqui lo que yo encontre en la ley en cuanto al numero de armas que podemos tener :



ARTICULO 10 CPEUM .- LOS HABITANTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TIENEN DERECHO A POSEER ARMAS EN SU DOMICILIO, PARA SU SEGURIDAD Y LEGITIMA DEFENSA, CON EXCEPCION DE LAS PROHIBIDAS POR LA LEY FEDERAL Y DE LAS RESERVADAS PARA EL USO EXCLUSIVO DEL EJERCITO, ARMADA, FUERZA AEREA Y GUARDIA NACIONAL. LA LEY FEDERAL DETERMINARA LOS CASOS, CONDICIONES, REQUISITOS Y LUGARES EN QUE SE PODRA AUTORIZAR A LOS HABITANTES LA PORTACION DE ARMAS.

Artículo 15 LFAFE.- En el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional, para su registro. ( Comentario : habla de armas en plural , y no menciona limite en cantidad alguna)

Artículo 17.- Toda persona que adquiera una o más armas, está obligada a manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días. La manifestación se hará por escrito, indicando, marca, calibre, modelo y matrícula si la tuviera. ( Comentario : una vez mas , deja abierta la posibilidad de tener mas de un arma)

Artículo 83 Bis.- Al que sin el permiso correspondiente hiciere acopio de armas, se le sancionará:

I.- Con prisión de dos a nueve años y de diez a trescientos días multa, si las armas están
comprendidas en los incisos a) o b) del artículo 11, de esta Ley. En el caso del inciso i) del mismo
artículo, se impondrá de uno a tres años de prisión y de cinco a quince días multa; y

II.- Con prisión de cinco a treinta años y de cien a quinientos días multa, si se trata de cualquiera otra de las armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley.

Por acopio debe entenderse la posesión de más de cinco armas de las de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Para la aplicación de la sanción por delitos de portación o acopio de armas, el Juez deberá tomar en cuenta la actividad a que se dedica el autor, sus antecedentes y las circunstancias en que fue detenido. ( Comentario: aqui queda claro que no es acopio de armas si tenemos mas de 10 armas permitidas registradas)

ARTICULO 21 RLFAFE.- Si se manifiestan más de dos armas para seguridad y legítima defensa de los moradores de un solo domicilio, los interesados deberán justificar esa necesidad. ( Comentario : mas de dos armas son 3 , osea , que si queremos tener 3 o mas armas registradas para defensa de domicilio solo tenemos que hacer un escrito libre dirigido a la SEDENA justificando esa necesidad)


Comenten compañeros .................
 
Efectivamente; tal y como atinadamente lo señala Fausto Couret; no existe ningún elemento legal para limitar el numero de armas que LEGALMENTE se pueden poseer.
 
Efectivamente; tal y como atinadamente lo señala Fausto Couret; no existe ningún elemento legal para limitar el numero de armas que LEGALMENTE se pueden poseer.

Si lo hay

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS


ARTICULO 21.- Si se manifiestan más de dos armas para seguridad y legítima defensa de los moradores de un solo domicilio, los interesados deberán justificar esa necesidad.
 
Lo que dice el Reglamento en su articulo 21 no limita la cantidad de armas ........ cheque mi comentario al respecto en el post original compañero.

Saludos
 
Yo tambien me puse abuscar al respecto y no encontre nada que diga un limite de armas permitidas, entonses corrijanme si me equivoco pero eso significa que no hay limite.
eso de CRITERIO DE LA SEDENA, no tiene ningun fundamento, porque en ningun articulo menciona " EL NUMERO DE ARMAS ES DETERMINADO A CRITERIO DEL PERSONAL DE LA SEDENA", que si lo hagan por costumbre es otra cosa, imaginen que por criterio digan , ahora solo van a ser 5.

cuando se me niegue el registro o compra de mas armas porque ya llegue a 10 ( espero y algun dia llegue a tener el $$$$$ para tener 10 ) entonces pedire una explicacion y bajo que fundamento legal ya no me quieren registrar mas armas, y si no quieren por las buenas, pues recurrir a un AMPARO, porque se me esta violando una garantia constitucional,.
pero ps por el momento me falta mucho $$$ para estar preocupado por ese caso

el caso es parecido como cuando no te quieren registrar cal. 9 x 18, o los mini 14, solo por su criterio, pero ya co la ley en la mano te lo registran.
 
Yo tambien me puse abuscar al respecto y no encontre nada que diga un limite de armas permitidas, entonses corrijanme si me equivoco pero eso significa que no hay limite.
eso de CRITERIO DE LA SEDENA, no tiene ningun fundamento, porque en ningun articulo menciona " EL NUMERO DE ARMAS ES DETERMINADO A CRITERIO DEL PERSONAL DE LA SEDENA", que si lo hagan por costumbre es otra cosa, imaginen que por criterio digan , ahora solo van a ser 5.

cuando se me niegue el registro o compra de mas armas porque ya llegue a 10 ( espero y algun dia llegue a tener el $$$$$ para tener 10 ) entonces pedire una explicacion y bajo que fundamento legal ya no me quieren registrar mas armas, y si no quieren por las buenas, pues recurrir a un AMPARO, porque se me esta violando una garantia constitucional,.
pero ps por el momento me falta mucho $$$ para estar preocupado por ese caso

el caso es parecido como cuando no te quieren registrar cal. 9 x 18, o los mini 14, solo por su criterio, pero ya co la ley en la mano te lo registran.

No se preocupe compañero, si llegase a dar el caso, en su defensa al solicitar el amparo algue simplemente que es de densendencia Francesa y se lo conceden de inmediato, jajajajajajaja.

Ya fuera de broma, es bien sabido por la mayoría de nosotros que existen personas con mas de 10 armas registradas y esto no esta ni penado ni prohibido, donde existe la restricción es al tramitar el permiso extraordinario para la practica ya sea de caza o tiro deportivo, por que ahi es donde entra el criterio de la SEDENA donde te pide Justifiques la razón para tener permiso para transportar mas de 10 armas para cazar por dar un ejemplo. esto le paso a un conocido y cuando solicito le explicaran por que nada mas le autorizaban 10 armas en su peta de caza esto fue lo que le dijeron, Justifica que necesitas mas de 10 armas para ir a cazar. jijijijiji. asi que el resto de las armas las metio en la PETA de tiro. Aunque se que ultimamente han estado restringiendo esto ultimo. Saludos
 
Guajolote,ganso,faisán, chachalaca,perdiz,paloma,guilota,ala blanca, codorniz,pato,cerceta. Alce,elk,berrendo,borrego.
vcb, bura, coues,ciervo rojo,jabalí,cerdo salvaje,coyote,mapache,tejón,conejo, liebre, para comer. Además de multitud de plagas en los cultivos. Esta claro que con una escopeta 12 podrías cazarlos a todos, pero entonces también podríamos armar a nuestro heroico ejército con escopetas 12, al cabo con eso es suficiente, o no. En cuestión de armas hay variedad para ajustarse a las distintas necesidades, no es lo mismo un ganso volando a 70 mts que un borrego a 600, parado en un risco. Hay que cambiar el espíritu de la ley de limitación de armas a el buen uso de las armas..
 
Me suscribo a este tema....Tampoco tengo las diez armas, pero no pierdo la esperanza de llegar a 10 y pasar jejeje
 
Guajolote,ganso,faisán, chachalaca,perdiz,paloma,guilota,ala blanca, codorniz,pato,cerceta. Alce,elk,berrendo,borrego.
vcb, bura, coues,ciervo rojo,jabalí,cerdo salvaje,coyote,mapache,tejón,conejo, liebre, para comer. Además de multitud de plagas en los cultivos. Esta claro que con una escopeta 12 podrías cazarlos a todos, pero entonces también podríamos armar a nuestro heroico ejército con escopetas 12, al cabo con eso es suficiente, o no. En cuestión de armas hay variedad para ajustarse a las distintas necesidades, no es lo mismo un ganso volando a 70 mts que un borrego a 600, parado en un risco. Hay que cambiar el espíritu de la ley de limitación de armas a el buen uso de las armas..

jajajajajaja, entiendo tu punto de vista pero por otro lado, la neta para la practica de la caza deportiva no necesitas mas de 10 armas para abarcar TODO. no crees?.

1.- 375 H&H (elefantes, leones, leopardos, bufalos, todos los cervidos de grande talla, etc)
2.- 300 Wby Mag, . (Todos los borregos, chivos, Elk, ciervo Rojo, buras, Alces, y similares)
3.- 25-06 rem, ( pequeños antilopes, y todos los depredadores)
4.- 223 rem ( Varmintear)
5.- 22 LR ( Pequeños mamiferos)
6.- Benelli Super black Eagle II Cal. 12 Ga 2 3/4, 3 y 3 1/2" (patos, Gansos, Guajolotes, faisanes, conejos, liebres y todo lo demás que quieras)
7.- Benelli Super black Eagle II Cal. 20 Ga 2 3/4 y 3" (palomas, codornices, etc)
8.- algun revolver 22 LR o 22 Mag para el remate.
9.-
10.-

Con esto mega cubrimos todo y aun asi solo son 8 armas por lo que te queda 2 mas para lo que quieras, jajajajajaj es mas en el foro sobran los compañeros que aseguran que con el 30-06 SPG la hacen para todo, jajajajaja

Insisto yo tampoco estoy de acuerdo del criterio de la autoridad pero claro que con 10 armas cubres todo en la caza deportiva.

Saludos
 
¿Entonces qué pasa si el deportista es tirador de pistola y rifle, y además es cazador de pelo y pluma? habrá casos en los que 10 armas no sean suficientes. Por otro lado, si solo se permite una arma corta y 9 largas… ¿Qué hacemos entonces con los tiradores de pistola? ¿Cómo le van a hacer para tener armas competitivas con una sola pistola .22? Cada modalidad requiere de un arma diferente y al menos otra similar en caso de descompostura del arma principal, pues las armas de tiro se usan mas que las de caza, en una sesión de tiro se pueden usar 200 o más disparos, por lo que están propensas a mayor desgaste, descomposturas y remplazo de piezas.

Y ese tirador que practica tiro de precisión con pistola y rifle .22, fuego central y tiro práctico, ¿No tiene derecho a ser también cazador? Si le gusta la cacería necesitará diferentes tipos de armas y calibres.

Esta disposición de SEDENA vigente desde 1989 quizá fue pensada solo para la cacería y no se tomó en cuenta a los tiradores o a los usuarios mixtos, creo que es tiempo de hacerle una reforma, por lo menos que se nos permita elegir el arma a comprar en SEDENA en función de nuestra modalidad de tiro y no obligatoriamente solo armas largas.
 
jajajajajaja, entiendo tu punto de vista pero por otro lado, la neta para la practica de la caza deportiva no necesitas mas de 10 armas para abarcar TODO. no crees?.

1.- 375 H&H (elefantes, leones, leopardos, bufalos, todos los cervidos de grande talla, etc)
2.- 300 Wby Mag, . (Todos los borregos, chivos, Elk, ciervo Rojo, buras, Alces, y similares)
3.- 25-06 rem, ( pequeños antilopes, y todos los depredadores)
4.- 223 rem ( Varmintear)
5.- 22 LR ( Pequeños mamiferos)
6.- Benelli Super black Eagle II Cal. 12 Ga 2 3/4, 3 y 3 1/2" (patos, Gansos, Guajolotes, faisanes, conejos, liebres y todo lo demás que quieras)
7.- Benelli Super black Eagle II Cal. 20 Ga 2 3/4 y 3" (palomas, codornices, etc)
8.- algun revolver 22 LR o 22 Mag para el remate.
9.-
10.-

Con esto mega cubrimos todo y aun asi solo son 8 armas por lo que te queda 2 mas para lo que quieras, jajajajajaj es mas en el foro sobran los compañeros que aseguran que con el 30-06 SPG la hacen para todo, jajajajaja

Insisto yo tampoco estoy de acuerdo del criterio de la autoridad pero claro que con 10 armas cubres todo en la caza deportiva.

Saludos

De acuerdo, y como dicen algunos, con una escopeta y un 30 06 y recargando cubrimos el espectro. Pero si cumplo con la ley, soy una persona honesta,y más que todo tengo el derecho, porque va a disponer alguien que nunca ha ido de ccacería cuántas armas puedo tener para matar un conejo. Sobre todo si no afecta a los que no obedecen la ley. Hay que promover de la manera posible lo legal. Pero no tratar de hacer todo ilegal para así controlar. Nosotros obedecemos, otros no. Ya quisiera tener los diez, y diez de tiro y diez de competencia. Pero también quisiera tener uno de cada uno.
del catálogo de bass pro shops
 
De acuerdo, y como dicen algunos, con una escopeta y un 30 06 y recargando cubrimos el espectro. Pero si cumplo con la ley, soy una persona honesta,y más que todo tengo el derecho, porque va a disponer alguien que nunca ha ido de ccacería cuántas armas puedo tener para matar un conejo. Sobre todo si no afecta a los que no obedecen la ley. Hay que promover de la manera posible lo legal. Pero no tratar de hacer todo ilegal para así controlar. Nosotros obedecemos, otros no. Ya quisiera tener los diez, y diez de tiro y diez de competencia. Pero también quisiera tener uno de cada uno.
del catálogo de bass pro shops

jajajajaja, yo estoy igual y ademas del catalogo de la bass yo tambien quisiera todo lo de los catalagos de la Cabelas, midway, brownell, etc. pero pues no se puede y no por que este prohibido si no por que no hay $$$$$$$$$$$$, jajajajajaj.
 
¿Entonces qué pasa si el deportista es tirador de pistola y rifle, y además es cazador de pelo y pluma? habrá casos en los que 10 armas no sean suficientes. Por otro lado, si solo se permite una arma corta y 9 largas… ¿Qué hacemos entonces con los tiradores de pistola? ¿Cómo le van a hacer para tener armas competitivas con una sola pistola .22? Cada modalidad requiere de un arma diferente y al menos otra similar en caso de descompostura del arma principal, pues las armas de tiro se usan mas que las de caza, en una sesión de tiro se pueden usar 200 o más disparos, por lo que están propensas a mayor desgaste, descomposturas y remplazo de piezas.

Y ese tirador que practica tiro de precisión con pistola y rifle .22, fuego central y tiro práctico, ¿No tiene derecho a ser también cazador? Si le gusta la cacería necesitará diferentes tipos de armas y calibres.

Esta disposición de SEDENA vigente desde 1989 quizá fue pensada solo para la cacería y no se tomó en cuenta a los tiradores o a los usuarios mixtos, creo que es tiempo de hacerle una reforma, por lo menos que se nos permita elegir el arma a comprar en SEDENA en función de nuestra modalidad de tiro y no obligatoriamente solo armas largas.

compa, creo no entendio mi comentario, el cual trato de ampliar. No existe una ley que restrinja el numero de armas de uso civil que pueden registrar los interesados, la restriccion esta en los permisos Extraordinarios para Transportarlas. y como todos sabemos existes Tres Permisos de Trasportacion distintos que son:

1.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... caza deportiva.
2.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... Competencias de Tiro Deportivo.
3.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... practicar en tu club.

Entonces, si eres cazador la SEDENA te expide un permiso pa transportar 10 Armas para cazar. y te los dividien en 9 largas y 1 corta de esto ya puse un ejemplo en un post anterios y cada quien puede hacer su lista a su gusto..
ademas otras 10 armas para la practica de competencia de tiro deportivo, Aqui pueden meter combinado tantas cortas como largas con las que "ACREDITES" compites y representas a tu club, municipio, estado , etc... asi que en ningun momento SEDENA dejo fuera a los que solo tiran en el club.

Saludos
 
Que si quiero a mi marido, decía Eleonor Roosbelt? Déjame contar sus rifles. Le decía a una reportera la esposa de presidente más cazador de EUA.
 
compa, creo no entendio mi comentario, el cual trato de ampliar. No existe una ley que restrinja el numero de armas de uso civil que pueden registrar los interesados, la restriccion esta en los permisos Extraordinarios para Transportarlas. y como todos sabemos existes Tres Permisos de Trasportacion distintos que son:

1.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... caza deportiva.
2.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... Competencias de Tiro Deportivo.
3.- Permiso Extraordinario para la Transportación de Armas de Fuego para....... practicar en tu club.

Entonces, si eres cazador la SEDENA te expide un permiso pa transportar 10 Armas para cazar. y te los dividien en 9 largas y 1 corta de esto ya puse un ejemplo en un post anterios y cada quien puede hacer su lista a su gusto..
ademas otras 10 armas para la practica de competencia de tiro deportivo, Aqui pueden meter combinado tantas cortas como largas con las que "ACREDITES" compites y representas a tu club, municipio, estado , etc... asi que en ningun momento SEDENA dejo fuera a los que solo tiran en el club.

Saludos

Creo que a estas alturas tienes mal la informacion compañero, si existe restriccion a 10 armas, por ahora no importa si son largas o cortas, pero YA NO SE PUEDEN TENER MAS DE 10 ARMAS REGISTRADAS, so pena de multa y sancion de cancelacion temporal del campo de tiro y actividades del club, esto ya lo habian comentado en otros temas anteriormente, por ejemplo; como paso al club gavilanes en la paz, la tercera zona hizo revision de todas las armas de todos los miembros, para lo cual se citaron a todos los miembros con sus armas en la zona (ojo tenias que llevarlas con o sin peta) una vez que se determinaron que habia socios con mas de 10 armas registradas, se suspendieron las actividades del club no otorgandose PETAS A NI UN SOLO SOCIO DEL CLUB, aunque se estuviera dentro de la norma, esa temporada ningun miembro del club pudo cazar con sus armas registradas por no tener portacion.
Esta situacion estuvo vigente por varios meses, hasta que los socios empezaron a vender y malbaratar sus "excedentes" de armas.
Entonces se levanto la sancion y se les permitio hacer eventos de tiro y se regularizo la expedicion de petas.
Como vez, sedena no sanciona a quien tenga mas de 10 armas registradas, pero si al club al que pertenecen, asi que por presion de los demas miembros, estos socios terminaron renunciando a tener mas de 10 armas registradas.
se sabe ademas que si tienes mas de 10 armas registradas, asi nunca hayas comprado una sola en dcam, no se te autoriza la compra de la onceava arma por parte de decam.

no quiero ser contreras, pero si ayudar a que la informacion sea fidedigna, takl vez no en todos lugares se esta aplicando este criterio, pero si en varios estados.
saludos
 
Creo que a estas alturas tienes mal la informacion compañero, si existe restriccion a 10 armas, por ahora no importa si son largas o cortas, pero YA NO SE PUEDEN TENER MAS DE 10 ARMAS REGISTRADAS, so pena de multa y sancion de cancelacion temporal del campo de tiro y actividades del club, esto ya lo habian comentado en otros temas anteriormente, por ejemplo; como paso al club gavilanes en la paz, la tercera zona hizo revision de todas las armas de todos los miembros, para lo cual se citaron a todos los miembros con sus armas en la zona (ojo tenias que llevarlas con o sin peta) una vez que se determinaron que habia socios con mas de 10 armas registradas, se suspendieron las actividades del club no otorgandose PETAS A NI UN SOLO SOCIO DEL CLUB, aunque se estuviera dentro de la norma, esa temporada ningun miembro del club pudo cazar con sus armas registradas por no tener portacion.
Esta situacion estuvo vigente por varios meses, hasta que los socios empezaron a vender y malbaratar sus "excedentes" de armas.
Entonces se levanto la sancion y se les permitio hacer eventos de tiro y se regularizo la expedicion de petas.
Como vez, sedena no sanciona a quien tenga mas de 10 armas registradas, pero si al club al que pertenecen, asi que por presion de los demas miembros, estos socios terminaron renunciando a tener mas de 10 armas registradas.
se sabe ademas que si tienes mas de 10 armas registradas, asi nunca hayas comprado una sola en dcam, no se te autoriza la compra de la onceava arma por parte de decam.

no quiero ser contreras, pero si ayudar a que la informacion sea fidedigna, takl vez no en todos lugares se esta aplicando este criterio, pero si en varios estados.
saludos

Nos podrías pasar el fundamento legal de esto que mencionas para actualizarnos??

Por que la neta es una pena que en ese club que mencionan hayan permitido tal arbitrariedad por parte de la autoridad no crees?

Este es un problema que tenemos los mexicanos que no nos unimos ni nos apoyamos y permitimos se violen nuestros derechos.

Ahora que por supuesto que se que si tienes 10 armas ya no vende Dcam, pero tu sabias que aun teniendo mas de 10 armas registras solamente te presentas en la zona de registro de tu localidad y te registran otra mas sin preguntarte?
 
Ese es el pendiente. Que sólo quieran registrar las más posibles para después apretar. Yo espero que solo sea la visión cuadrada de un encargado de zona militar, que como sabemos entienden como quieren una ley mal hecha. En mi club prevalece la versión y aplicación de los petas como dice el compañero Fausto, y si en estados como los nuestros tan emproblemados se aplica, en otros debería de ser igual. Yo creo que tiene mucho que ver desde el momento en que los registras. Si les pones a todas las armas caza, tiro y competencia en el registro tienes problema. Alguien que sepa de seguro. Atención ADA10 o moderadores. Saludos.
 
El compañero "silueta cazadora" tiene razon , aunque no este claramente justificado en la ley , he escuchado de varios criterios de la Sedena :

1- No debes de tener mas de 10 armas registradas
2- Si ya tienes un arma corta registrada para proteccion de domicilio, en la DCAM no te venden otra arma corta , pero si le puedes comprar a un particular
3- No le puedes vender a otro particular un arma adquirida en la DCAM si la compraste hace menos de 1 año
4- Recientemente en algunas zonas militares no te dan la PETA para 380 y 38 special ............... ojo, dije en algunas
5- Hace poco, despuesito de registar un arma , el oficial me pregunto cuantas armas cortas tenia registradas, le dije : con esta , dos 380 , una 38 especial y una 25 .......... y me dijo aaaaa , lo que pasa es que nada mas puedes tener un arma corta y 9 largas , te aconsejo que las vendas o las cambies de propietario porque te podemos cancelar los registros , ya estas fichado aqui en el sistema para que estes enterado !!!
 
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