En un hipotético caso de cateo como mencione antes una negativa de registro ya sería un antecedente a mi favor en caso de que me encontraran mi AR en posesión en domicilio creo yo y pues mi suposición es aminorar la penalización sea cual fuere si se genera delito o falta administrativa etc.En realidad he leído que la ley menciona 223 y en nuestro caso es 223 rem y si nos vamos a tecnicismos se podría aprovechar esa Laguna como llaman para efectos de solicitud de amparo. Es mi humilde opinión.saludos compañeros.
Nota no he comprado a un amigo el AR todavía y pues antes que me lo ganen estoy pidiendo información pertinente al respecto ya que leí que colt tiene tiempo de no fabricar AR codigo CR y que se debe a la sobreproduccion que tuvo y a que la plataforma la fabrican muchas otras marcas . Y tampoco creo que sedena nos venda a corto plazo esos modelos si es que cambian sus disposiciones ya que todavía hace poco nos vendian AR y según yo nunca hubo problemas de parte de civiles organizados en clubes de caza y tiro.
La verdad las cosas no van a cambiar en el corto plazo, lo cierto que es que si hay problemas con esos rifles porque fácilmente pasan de ser legales a ilegales convirtiéndolos en rifles automáticos y la verdad es que todos somos muy proclives a quejarnos de la Ley sin darnos cuenta de que nosotros motivamos en gran medida tantas trabas buscando darle la vuelta las cosas, espero no lo tome a mal ya que mi intención no es ofender, pero me da la impresión de que es precisamente lo que usted busca encontrar a fuerza y con calzador una forma de burlar las disposiciones actuales de la SDN, las cuales tengan justificación o no existen, y ciertamente se tienen que acatar ya que de una análisis integral a la normatividad en materia de armas de fuego se advierte que de manera deliberada se deja esa discrecionalidad a la SEDENA.
Ahora bien, en relación al hipotético caso que señala de nada le servirán esos argumentos que plantea para aminorar la sentencia en el delito que se configuraría, además de que yo nunca he visto un documento mediante el cual le hagan saber la negativa de registro simplemente le dicen que no de manera verbal en la zona militar y se acabó.
Por último, recuerde que si le encuentran el arma sin registro sea calibre prohibido o no, es un delito, por lo que lo único que varía es la pena establecida, aunando a que si ve el texto constitucional este no hace referencia a que la prohibición o la reserva al uso exclusivo de las fuerzas armadas de un arma derive del calibre, y el juicio de amparo únicamente como su nombre lo indica tiene es un juicio de garantías, es decir únicamente otorga la protección ante la violación de los derechos humanos previstos en la Constitución y tratados internacionales, por lo que en todo caso cuales serían los conceptos que se están violando con la "Supuesta negativa de registro" y digo supuesta porque reitero no le darán un documento, ¿a las garantías de seguridad jurídica?, le van a decir que no porque la normativa claramente establece la discrecionalidad a favor de la SDN como excepción, al artículo 10 tampoco porque no le están negando el derecho a poseer un arma le van a decir que en, en el caso de que aún no cuente con armas registradas, realice el trámite para adquirir una de las que vende DCAM o en su casa adquiera una de un particular que cumpla con lo señalado por SEDENA y realice el registro o cambio de propietario.
En fin, le reitero que en asuntos no se le ganan amparos a la SEDENA por dos razones 1 la discrecionalidad y 2 la política, pues es una de las pocas cosas en las que los tres poderes están de acuerdo, no quieren un pueblo armado, un abogado honesto al que acuda para estos casos le dirá que el asunto no se ganara y dejara a su criterio el intentarlo y cualquiera que le diga lo contario o es un iluso que nunca lo intento o le está mintiendo, por lo que en de ser el segundo caso, que le diga que ya ganó algún asunto de esa naturaleza le sugiero que antes de contratarlo y darle algún tipo de anticipo le pida el número de expediente en el que se otorgó el amparo y protección de la justicia federal para que usted valide la veracidad de lo dicho.
Saludos.