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Amparo ante registro federal

Pregunta a compañero venator los
colt 223 registrados con anterioridad ya confirmó no entrarán a peta actualmente? Según se la nueva disposición era no registrar pero los registrados no encuentro sentido ya qué hay competencias autorizadas por sedena con esa modalidad usando AR creo se llama trigun
 
Como comentario final compre el riflito con la plena certeza de poder registrarlo ya que no me había enterado de esa nueva disposición y animado por ver un bushmaster registrado por un amigo que se ve precioso y el me dice jala con madres. Obviamente esto hace meses y a seguir tratando de cumplir con legalidad.
 
Buen día, una duda, que hay de cierto que morena va contra todas las leyes de amparo? que pasará con estos temas? saludos.

Ley de amparo solo hay una y no es cierto que van contra la Ley de Amparo cuando menos no en términos generales.

Ahora bien, esa es la respuesta corta y específica a su pregunta y quede muy claro eso no quiere decir que lo que está haciendo el partido en el gobierno no sea negativo y autoritario.

Voy a tratar de explicarlo sin entrar a temas demasiado técnicos, lo aclaro por aquellos abogados puristas que puedan llegar a leer este comentario.

El amparo es un juicio que se promueve con la finalidad de proteger los derechos humanos de los gobernados previstos en la Constitución y los Tratados Internacionales, es decir que ante un acto de autoridad que pueda violentar los derechos humanos se puede promover un juicio de amparo.

Una vez aclarado lo anterior, la publicación de una Ley o una reforma de Ley constituye un acto de autoridad, por lo que se puede promover un amparo por regla general, los efectos de la sentencia de amparo no son generales, es decir, la sentencia solo protege a aquellos que promovieron en amparo, por poner un ejemplo irreal, pero ejemplo al fin, si yo promoviera un amparo por considerar que la negativa del permiso de portación de arma de fuego viola mi derecho humano previsto en el artículo 10 de la Constitución y se me concediera el amparo, la SEDENA tendría que darme el citado permiso, pero eso no quiere decir que la sentencia lo obliga a dárselo a todos aquellos que se los negó o bien a los que lo tramiten posteriormente.

Ahora bien, una excepción a lo anterior se da en el amparo contra leyes, en el que sí se puede otorgar una suspensión provisional general, y cuando se resuelve el fondo del asunto, si se determina que dicha disposición es inconstitucional se deja de aplicar de manera general es decir para todos con independencia de que el resto de las personas afectas presentaran o no su amparo.

Entonces que pretende Morena, que esas suspensiones provisionales con efectos generales ya no se otorguen, es decir si el día de mañana se publicara una Ley que prohibiera la venta de armas en todas sus modalidades, como esta hoy en día la Ley de Amparo, al otorgarse la suspensión provisional contra los efectos de dicha Ley, la SEDENA estaría obligada a seguir comercializando armas de fuego hasta en tanto no se determinara el fondo del asunto, en donde seguramente determinarían que se debe seguir comercializando las armas, pero con la reforma ya no se podrían comercializar las armas hasta en tanto no exista una sentencia definitiva que así lo ordene, por tanto mientras se lleva el proceso no hay comercialización de armas.

Las consecuencias de lo anterior pueden ser desastrosas, tal vez no en los ejemplos que utilice, pero si en los que vemos que motivan estas reformas, por ejemplo, en el Tren Maya, si no existieran esas suspensiones, lo que pasaría es que al final no se resolvería sobre el fondo del asunto ya que los amparos promovidos son por la violacion al derecho humano al medio ambiente, por lo que al continuar con las obras llegara el punto en el que ya no hay un derecho que proteger y se sobreseera el amparo.

Espero haberme explicado.

Saludos.
 
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