tiradorMEXnUSA
Miembro de la Vieja Guardia
Estoy viendo que en la pagina de ventas de armas hay unos dos rifles calibre 223. Que no el 223 es prohibido a civiles por uso militar?
mientras el rifle sea de cerrojo o repeticion no hay problema, solo q no debe ser automatico
Lo que dice Javier es correcto, yo tengo un Remington 788 de cerrojo cal. .223 REM, y es permitido el tenerlo y usarlo para cacería o tiro.
Lo que no está permitido es el uso del calibre 5.6 mm NATO, es la misma puerca nadamas que revolcada... hasta donde se, es lo siguiente...
El 5.6 es un calibre utilizado en semi automaticas o rafaga en poder de la policia o el ejercito (AR-15 y AR-16).
En caso de una revision en un reten, tienes que mostrar la procedencia de tus cartuchos mediante el recibo de pago de la armería...(MUCHO OJO) si te revisan el parque y tu arma es cal. .223 y tu traes 5.6 mm deberas demostrar la procedencia del parque... adicionalmente el 5.6 mm trae mas carga con la finalidad de mover el carro, esa carga adicional daña o maltrata tu rifle de cacería.
Me pueden decir que ..." a mi me revisaron y no hubo pexxx..."
Yo digo... no hay que dar pretextos... no hay que ponerse de a pechito...
Saludos :cheers:
Muchas gracias compañero, tenía muchas dudas sobre este calibre, ya que me gusta mucho el calibre .222 y .223, todos me decían que el .223 esa un calibre no permitido para civiles. GraciasLo que dice Javier es correcto, yo tengo un Remington 788 de cerrojo cal. .223 REM, y es permitido el tenerlo y usarlo para cacería o tiro.
Lo que no está permitido es el uso del calibre 5.6 mm NATO, es la misma puerca nadamas que revolcada... hasta donde se, es lo siguiente...
El 5.6 es un calibre utilizado en semi automaticas o rafaga en poder de la policia o el ejercito (AR-15 y AR-16).
En caso de una revision en un reten, tienes que mostrar la procedencia de tus cartuchos mediante el recibo de pago de la armería...(MUCHO OJO) si te revisan el parque y tu arma es cal. .223 y tu traes 5.6 mm deberas demostrar la procedencia del parque... adicionalmente el 5.6 mm trae mas carga con la finalidad de mover el carro, esa carga adicional daña o maltrata tu rifle de cacería.
Me pueden decir que ..." a mi me revisaron y no hubo pexxx..."
Yo digo... no hay que dar pretextos... no hay que ponerse de a pechito...
Saludos
Gracias por la informacion. si me revisan en un reten tengo que mostrar la procedencia de mis cartuchos de cualquier calibre?
es calibre permitido en su vercion de repeticion .
en la ley federal de armas lista el calibre 223 como uso militar
que no es 5.56 x 45 o estoy equivocado orientenmeLo que dice Javier es correcto, yo tengo un Remington 788 de cerrojo cal. .223 REM, y es permitido el tenerlo y usarlo para cacería o tiro.
Lo que no está permitido es el uso del calibre 5.6 mm NATO, es la misma puerca nadamas que revolcada... hasta donde se, es lo siguiente...
El 5.6 es un calibre utilizado en semi automaticas o rafaga en poder de la policia o el ejercito (AR-15 y AR-16).
En caso de una revision en un reten, tienes que mostrar la procedencia de tus cartuchos mediante el recibo de pago de la armería...(MUCHO OJO) si te revisan el parque y tu arma es cal. .223 y tu traes 5.6 mm deberas demostrar la procedencia del parque... adicionalmente el 5.6 mm trae mas carga con la finalidad de mover el carro, esa carga adicional daña o maltrata tu rifle de cacería.
Me pueden decir que ..." a mi me revisaron y no hubo pexxx..."
Yo digo... no hay que dar pretextos... no hay que ponerse de a pechito...
Saludos :cheers:
Es calibre permitido el .223 win ... :guino1: puede ser rifle semi automatico o de cerrojo
Difiero compañero: el caso del 223 es especial porque tambièn se encuentra prohibido en semiautomàtico. Es en cerrojo donde no hay problema con el 223.
Sobre el 30-06. y el .308win no hay problema: ahì si se puede en semiautomàtico porque la ley solo prohibe de forma explìcita la versiòn militar del segundo (7.62) y UNA carabina en especìfico para el primero: la M1 .30 Carabine.