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Carta poder ratificada ante notario aceptada por la SEDENA en vez de poder notarial?

ghoztmp

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Compañeros, ¿alguien pudiera hacernos el favor de preguntar si aceptan carta poder notariada en lugar de poder notariado? Los documentos son básicamente los mismos y otorgan un mandato. La carta poder es sencilla, solo se firma por el mandante y dos testigos, se trascriben los artículos del Código Civil Federal y del Estado respectivo, y se ratifican las firmas ante notario público. El poder notariado es más complicado, costoso, generalmente es en escritura pública, se inscribe en el Registro Público, etc. La ratificación de firmas de la carta poder pudiera costar menos de $500 pesos pero el poder andaría en $1,500-2,000 pesos o más, dependiendo de la notaría.

Mi fundamento sería el artículo 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (www.diputados.gob.mx):

"Artículo 19.- Los promoventes con capacidad de ejercicio podrán actuar por sí o por medio de representante o apoderado.

La representación de las personas físicas o morales ante la Administración Pública Federal para formular solicitudes, participar en el procedimiento administrativo, interponer recursos, desistirse y renunciar a derechos, deberá acreditarse mediante instrumento público, y en el caso de personas físicas, también mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las propias autoridades o fedatario público, o declaración en comparecencia personal del interesado.

Sin perjuicio de lo anterior, el interesado o su representante legal mediante escrito firmado podrá autorizar a la persona o personas que estime pertinente para oír y recibir notificaciones, realizar trámites, gestiones y comparecencias que fueren necesarios para la tramitación de tal procedimiento, incluyendo la interposición de recursos administrativos."

Saludos!
 
o PUEDES MANDAR UN MAIL AL REGISTRO FEDERAL DE ARMAS HACIENDO TU PREGUNTA......Y SI BIEN TE PUDIERA EL PODER SERVIR PARA HACER LA SOLICITUD DE COMPRA.......PARA LA COMPRA DEL ARMA TE VAN A REQUERIR ESTE PERSONALMENTE EL INTERESADO....POR QUE TIENE QUE FIRMAR Y ASI MISMO CONSIDERAN LA COMPRA COMO UN ACTO PERSONALISIMO...OJALA QUE LA SEDENA CAMBIARA.........POR QUE DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL.......SI ES FACTIBLE HACER TODO CON UN PODER SIN EMBARGO LA SEDENA NO COMPARTE ESE CRITERIO........SALUDOS
 
Claro, la carta poder serviría solo para presentar la solicitud, que es lo que acaban de cambiar. Con esto lo podría hacer un tercero.
Para ir al DCAM sí tiene que acudir personalmente el interesado. Esto no es por la compra en sí, sino por el registro del arma nueva, ya que debe firmar y poner sus huellas dactilares.
Yo creo que el único supuesto en que podría acudir un representante legal a registrar un arma sería en el caso de compras de armas a través de una persona moral. De hecho en el reverso de la hoja rosa de registro se habla de este supuesto, en donde el representante pone su información personal pero la persona moral es la propietaria. Una persona moral que su objeto social contemplara la compra de armas, podría ser una empresa de seguridad privada.

Saludos.
 
seria buen aobcion la carta poder pero que yo sepa nunca la hana aceptado aver quien pregunta y nos comenta
 
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