Hemos observado que se tienen una serie de cuestionamientos al respecto del uso de los calibres 38 SLP y 380.
Es por eso que FEMETI en la circular 16/12 con fecha 28 de mayo les informaba la respuesta de la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos. Nuevamente lo anexamos para cualquier duda.
Seguimos a sus ordenes.
Saludos.
FEMETI sigo en espera de mi pregunta si así se dilatan en contestar nuestras preguntas se dilatan en entregar las credenciales estamos perdidos gracias de todos modos por su no pronta respuesta
Estimado Gabrielnr:
Antes que nada una disculpa por la contestación tardía.
En efecto como usted lo menciona, son las últimas indicaciones que la SEDENA nos hizo llegar.
Le pedimos a bien pueda imprimir el documento y solicitar su permiso para la 380 ya que en dicho documento a la letra dice " POR LO TANTO EL CALIBRE .380 ESTA PERMITIDO PARA SU USO Y EMPLEO, POR CUALQUIER PERSONA QUE LO SOLICITE, PUESTO QUE LA LEY NO LO LIMITA EN ESE SENTIDO, SALVO QUE EL CALIBRE SEA EL INMEDIATO SUPERIOR O SUPERIORES A ESTE, CON LA SALVEDAD DE LOS TERMINOS Y LIMITACIONES QUE DICTA DICHA LEY"
Saludos y seguimos a sus ordenes.
Gracias voy a realizarlo asi.....
saludos
Buenas tardes, El tiempo normal es de 15 días hábiles a partir de que llegan las solicitudes a estas oficinas.
Si gusta puede enviar un mensaje con sus datos y podemos checar como va su credencial.
Saludos
Estamos para servirle