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dejar un arma en el rancho

DVDDVD

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10 Ago 2006
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Guadalajara
Compañeros el dia de hoy me nace una duda, en el supuesto caso de registrar el arma en un estado tengo 24 horas para llevarla hasta el rancho no importa que este en otro estado para despues tramitarle la transportacion.

Osea que las armas cuando compras una usada pero registrada en otro estado, se hace el cambio de propietario y el registro te ampara para transportarla por 24 horas hasta llegar a tu destino?
Espero que me entiendan gracias
 
Negativo

Negativo compañero, el registro es solo eso: REGISTRO, y normalmente abajo de la hoja siempre dice que el presente es constancia del registro del arma y bajo ningun concepto autoriza su portacion o transportacion .
Lo que puede hacer es que una vez hecho el cambio de propietario tramite un permiso de traslado temporal para llevar el arma a su domicilio, este tramite normalmente tarda 3 dias si esta en una zona facultada para la expedicion de traslados (no cualquier zona militar puede expedir traslados, solo las comandancias).
Saludos
 
pues mira dvd dvd, si te ampara 24 horas, hasta llegar al lugar de residencia pero para mayor seguridad , hazle como dice el compañero, por qte hayas una de polis pendejos. pero si puedes sacar el permiso, en la zona militar.
 
No es por llevar la contraria.....

Al compañero Macana, pero la hoja rosa del registro no te autoriza a ABSOLUTAMENTE NADA MAS QUE TENER TU ARMA EN TU DOMICILIO, si bien es cierto que a fuerza del uso-costumbre algunas personas han llegado a creer que esa hoja es garantia durante 24 horas de poder transportar tu arma hasta tu domicilio es FALSO.
Lo que pasaria es que tu quedarias detenido y tu arma asegurada y ambos a disposicion del MP, en ese punto tu abogado se tendria que mover para convencer a la autoridad que efectivamente tu lo unico que estabas haciendo era cumplir con la ley al llevar a registrar tu arma, incluso tendria que solicitar al personal de la zona militar su testimonio (y eso depende del estado de animo de los señores).
Mi mejor recomendacion al compañero DVDDVD es que vayas a la zona militar y corrobores lo que te digo, preguntes por el traslado temporal y tambien te cerciores si es necesario llevar el arma fisicamente para registrarla (en algunas zonas militares tratandose de nuevo registro te solicitan fotografia del arma y todos sus datos: marca, matricula, modelo, accion, con el fin de que no te arriesgues llevando tu arma sin permiso (muy buena medida por parte de los señores de MG), y tratandose de cambio de propietario normalmente no tienes que llevar el arma en cuestion.
Espero haberte orientado al respecto, saludos!!
 
Pues algunos dicen que no otros que si pero por si las dudas si tienes alguien de confianza el la ciudad donde la manifiestas dejala en su casa hasta que le saques la transportacion.
 
Pues algunos dicen que no otros que si pero por si las dudas si tienes alguien de confianza el la ciudad donde la manifiestas dejala en su casa hasta que le saques la transportacion.

Andale!!! Esa es buena opcion.
Xq akí el militar del registro me dijo que aunque se haga el cambio de propietario NO es transportación, que si te puede amparar y todo el show pero se debe pagar y tramitar el permiso de transportación YA CON EL ARMA REGISTRADA CON LA DIRECCIÓN A LA QUE SE IRÁ.

Saludos!!
 
pues hay les voy a qui en gdl en la 15va zona militar. primer requisito,
1 ,.presentar el arma. fisicamente, si no no te hacen ningun registro y ningun, cambio de propietario,y eso lo saben todos los que hemos hido, a la 15 va zona militar,,
2 en el supuesto caso que te agarren de regreso, a tu domicilio. .el registro, asi no lo diga, en la hoja rosa. te ampara 24 horas, y esto dicho por personal de sedena.. aclarando a tu domicilio. te podran parar. y lo primero que te dicen esta registrada,. .ovio que si, entonces se comunican. con la sedena. y la sedena te ampara.. para que lleves el arma. a tu domicilio.. como veras no en todos los estados es lo mismo. y esto sin afan de creas polemica pero algun compañero de guadalajara jalisco, que me pueda apoyar en lo que digo. para salir de dudas y gracias
 
pues hay les voy a qui en gdl en la 15va zona militar. primer requisito,
1 ,.presentar el arma. fisicamente, si no no te hacen ningun registro y ningun, cambio de propietario,y eso lo saben todos los que hemos hido, a la 15 va zona militar,,
2 en el supuesto caso que te agarren de regreso, a tu domicilio. .el registro, asi no lo diga, en la hoja rosa. te ampara 24 horas, y esto dicho por personal de sedena.. aclarando a tu domicilio. te podran parar. y lo primero que te dicen esta registrada,. .ovio que si, entonces se comunican. con la sedena. y la sedena te ampara.. para que lleves el arma. a tu domicilio.. como veras no en todos los estados es lo mismo. y esto sin afan de creas polemica pero algun compañero de guadalajara jalisco, que me pueda apoyar en lo que digo. para salir de dudas y gracias

Coincido 100% contigo, aca en la 7a es lo mismo, requisito 1 presentar el arma.

Te ampara el traslado al domicilio registrado, no te salgas de la ruta ni te excedas en tiempo.

Pide el telefono de la oficina de registros al salir de alli, y si te topas un reten y te la hacen de tos, solo llamalos y te respaldan, y de pasada le dan una regañada al poli que se te ponga picudo.

Saludos
 
En la 21a zoma militar de morelia, tambien me han dicho que si la transportas a tu domicilio dentro de las 24 horas siguientes no hay problema, que si te detienen o algun elemento policiaco trata de extorcionarte o pasarse de listo te comuniques inmediatamante a la zona!
 
Brillantes, compañeros.

la hoja rosa del registro no te autoriza a ABSOLUTAMENTE NADA MAS QUE TENER TU ARMA EN TU DOMICILIO, si bien es cierto que a fuerza del uso-costumbre algunas personas han llegado a creer que esa hoja es garantia durante 24 horas de poder transportar tu arma hasta tu domicilio es FALSO.

El compañero DESERT EAGLE no ha dicho nada que no sea verdadero y correcto, punto, no hay vuelta de hoja, si en la 15 zona militar no lo acostumbran así, y dicen lo contrario, eso no quiere decir que estén en lo correcto o que sea lo jurídicamente adecuado.

Recordemos que la costumbre no es Ley.

Saludos.
 
no es para crear polémica, ni para convencer a nadie, la intención es solamente aclarar unos puntos que al parecer, por más que se ha dicho, parece que no queda claro.

El compañero desert eagle no ha dicho nada que no sea verdadero y correcto, punto, no hay vuelta de hoja, si en la 15 zona militar no lo acostumbran así, y dicen lo contrario, eso no quiere decir que estén en lo correcto o que sea lo jurídicamente adecuado. Además creo importante resaltar que se tiene una idea equivocada respecto del alcance de los cuerpos castrenses como autoridad, se les olvida que la mayoría de los pobres mortales que aquí escribimos somos civiles, y por lo tanto no estamos sujetos a la justicia militar y en el caso de que seamos sorprendidos portando sin permiso un arma, vamos a ser detenidos y puestos a disposición de un ministerio público federal y a ser juzgados por un juez del poder judicial de la federación, no por los militares que no tienen ningún tipo de jurisdicción sobre nosotros y por lo tanto lo que ellos digan, si no se encuentra contemplado en la ley, no tiene la menor importancia en el proceso que se nos incoe, teniendo la misma valides que el permiso de mis papas, :crazy: O como quien dice vale pa pura mad**.


estoy totalmente de acuerdo, con lo dicho compañero, esa es la realidad y tal cual deben ser las cosas. Por mi parte solo quize comentar lo que me han dicho los militares.
 
xv zona

alguna vez me toco estar hay cundo un señor estaba haciendo cambio de domicilo de sus registros y el que llena los documentos le menciono que no era necesario llevar las armas , que solo necesitaba el papeleo para hacer la correcion de datos ,

segun la ley con solo llevar los datos del arma y papeles correspondientes , es suficiente para que te registren un arma , pero en realidad sino llevas el arma no hay registro

ahora si que depende de quien te toque ese dia en el registro , y para adivinar esta canijo.
saludos
 
Entonces si el campo militar te pide el arma para hacer un cambio o para regitrarla ... Todos los que se regesan del campo militar a su casa con su arma esta en grave riesgo????????? Jajajaja creo que no.. Aqui en mty cuando fui al campo me dijo el miliar que tenia 24 horas para el traslado.
 
claro, esto mimo me dijeron a mi y que si me detenian los pólis que no mas les hablara y que los ponian a dar vueltas a toda la zona militar jajajajjajajajajaja
 
...

Si al ley te indica registrar un arma dentro de los primeros 30 dias, y la SEDENA en su reglamento te pide presentar el arma. La misma ley te autoriza dicho traslado.

En el caso de cambio de propietario la regla es presentarla, si algunas zonas militares no lo exigen ya es cosa de cada quien.

http://tramilnet.sedena.gob.mx/port...mite=110&tramite=REGISTRO DE UN ARMA DE FUEGO

http://tramilnet.sedena.gob.mx/port...DE ARMA DE FUEGO POR SOLICITUD DEL INTERESADO

Si la zona militar donde lo vas a realizar no te pide el arma, con este link tienes pretexto para presentarte con ella y de alli trasladarte a tu domicilio

Saludos
 
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