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Hola compañeros, primeramente corrijanme si estoy mal pero segun el reglamento de la ley federal de armas de fuego y explosivos, se pueden tener hasta dos armas para defensa de domicilio, ya que solo se tiene que justificar la posesion si tienes mas de dos, o no??
es el articulo 21 de este reglamento.
Mi duda es porque intento adquirir otra arma para la proteccion de mi domicilio, tengo una Glock 25 y quiero conseguir una berreta .380, pero mi duda es si al aqdquirirla de un particular (ya que en la DCAM no me van a autorizar otra compra por obviedad y por sus criterios que no estan escritos en ninguna ley pero en fin), se pueda hacer el cambio de propietario, para que el registro quede a mi nombre como proteccion de domicilio, ya que tengo uno antes.
Alguien podria sacarme de la duda??
se los agradecere bastante.
es el articulo 21 de este reglamento.
Mi duda es porque intento adquirir otra arma para la proteccion de mi domicilio, tengo una Glock 25 y quiero conseguir una berreta .380, pero mi duda es si al aqdquirirla de un particular (ya que en la DCAM no me van a autorizar otra compra por obviedad y por sus criterios que no estan escritos en ninguna ley pero en fin), se pueda hacer el cambio de propietario, para que el registro quede a mi nombre como proteccion de domicilio, ya que tengo uno antes.
Alguien podria sacarme de la duda??
se los agradecere bastante.