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Dudas para solicitud de Tiro Deportivo o Actividades Cinegéticas

Dux

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Dudas para solicitud de Tiro Deportivo o Actividades Cinegéticas

Señores, acudo a ustedes los más experimentados solicitando su consejo y recomendación ya que me gustaría enviar solicitud para Tiro Deportivo o Actividades Cinegéticas y aún tengo algunas dudas; muchas seguramente les parecerán muy básicas u obvias y aunque de algunas más o menos tengo una idea de lo que será la respuesta, de otras si ni idea tengo y no he encontrado respuestas claras en los temas del foro y para uno que no sabe de esto es algo difícil aclarárselas.

Aquí mis dudas, si alguien puede darme su consejo/recomendación para tomar una mejor decisión se lo voy a agradecer:



1. ¿Qué pasa si después de uno, dos, tres, o el tiempo que sea, ya no puedo o ya no quiero seguir en ningún Club?; ¿que pasaría con los registros de mis armas (físicamente no me deshago de ellas ni aunque viniera Crescencio Sandoval por ellas jejejeje), solamente no podría sacarlas legalmente de mi domicilio por no poder tramitar el PETA o hay alguna otra implicación legal?



2. Me gustaría adquirir una de las siguientes dos opciones:
A.... 1x Mendoza Puma y 2x pistolas Trejo 2GT.
B.... 1x Mendoza Puma, 1x pistola Trejo 2GT y 1x rifle 30-06 o .243"

¿En cualquier modalidad (Caza o Tiro) me pueden autorizar las 3x piezas o es más factible que lo hagan en una u otra modalidad?, sobre todo en el caso de pedir 2x pistolas Trejo 2GT iguales.



3. ¿En términos de transporte de las armas (PETA) y compra de cartuchos que modalidad me conviene más: Tiro Deportivo o Actividades Cinegéticas?

He leído algunas respuestas de quien tiene PETA de tiro y por mala suerte es revisado por la policía local y les salen con que no están en ruta hacia su club de tiro y se las quieren hacer complicada, de ahí mi pregunta; tal vez en la modalidad de caza se evite ese "argumento" de la autoridad pero igual también pueden salir con que no es temporada, no se lleva la licencia de caza, cintillos, etc. etc. pero esto si no lo he leído en el foro, lo que me hace pensar que es mejor opción elegir "Actividades Cinegéticas". Nunca lo he hecho, pero de darse la oportunidad si me gustaría ir de caza al menos una vez o en el mejor de los casos de forma esporádica.



4. Si ingreso solicitud en la modalidad de "Actividades Cinegéticas" al posteriormente hacer el trámite del PETA para poder ir al club a practicar, ¿me solicitan la licencia de cazador o me pueden autorizar el PETA aunque no tenga licencia de caza?



5. ¿Si ingreso solicitud en la modalidad "Tiro Deportivo" puedo usar las armas también para cazar o no es permitido o podría tener algún problema en caso de una revisión o reten?
Y lo opuesto, si ingreso solicitud en la modalidad "Actividades Cinegéticas" puedo usarlas también para practicar Tiro Deportivo o no es permitido o podría tener algún problema en caso de una revisión o reten?



6. ¿El PETA lo debe tramitar forzosamente el club o lo puede hacer uno mismo?



7. ¿Debo afiliarme forzosamente a FEMETI o FEMECA o esto es opcional?



8. ¿Cómo se asignan los 10 Estados en que tendrá uno permiso de transportación, los elige uno mismo o los asigna SEDENA?, de elegirlos uno mismo hay Estados en que sea más común esto de la cultura de las armas que otros y que por tanto convenga elegirlos para evitar tener más problemas con la autoridad local que en otros Estados donde no hubiera tanta cultura de las armas?





Creo que son todas mis dudas jejejeje. De antemano gracias por sus consejos/recomendaciones para mis dudas.
 
A mi me habian comentado que los PETAS de caza no son permitidos para ir a tirar al club cada semana, salvo para alinear miras en temporada.

Pero tengo duda si es una disposición oficial de SEDENA.

Me suscribo al tema para ver si hay algún fundamento legal.

Saludos

Enviado desde mi SM-A720F mediante Tapatalk
 
¿Perteneces a algún Club?, ya que de ahí partirían las respuestas a tus preguntas.


Saludos !!!!
 
Que tal Sr. Pimienta...


Me acabo de inscribir en uno, de momento solo pague la anualidad y me dieron mi credencial de miembro; me explicaron que el PETA (tramites y pago) seria hasta despues que tuviera mis armas y registros. Ya con la credencial ya puedo enviar mi solicitud a DCAM y de ahi la duda para elegir una u otra modalidad ademas del resto de dudas jejeje

Al momento de inscribirme les consulte algunas dudas pero para no entrar en detalles dire que prefiero preguntar en el foro donde es claro que hay mucha gente con mucha experiencia en esto de las armas.


Gracias
 
(XXXXXX 1. ¿Qué pasa si después de uno, dos, tres, o el tiempo que sea, ya no puedo o ya no quiero seguir en ningún Club?; ¿que pasaría con los registros de mis armas (físicamente no me deshago de ellas ni aunque viniera Crescencio Sandoval por ellas jejejeje), solamente no podría sacarlas legalmente de mi domicilio por no poder tramitar el PETA o hay alguna otra implicación legal? XXXXXXX)

Las PETA, tienen vigencia... las de cacería... del 1 de Julio de cada año, por 12 meses... las de tiro... del 1 de enero... por 12 meses... las de actividades cinegéticas... tambien son por 1 año (desconozco la fecha de inicio) y las tramita TU club... si dejas de pertenecer al club, ya no podrás tramitar PETA.... y NO podrás transportarlas (sacarlas de tu domicilio)... aunque tengas el registro para modalidades de tiro o cacería.. o cinegética... se "convierten" en "protección de domicilio"... con sus limitaciones.



xxxxxx (2. Me gustaría adquirir una de las siguientes dos opciones:
A.... 1x Mendoza Puma y 2x pistolas Trejo 2GT.
B.... 1x Mendoza Puma, 1x pistola Trejo 2GT y 1x rifle 30-06 o .243"

¿En cualquier modalidad (Caza o Tiro) me pueden autorizar las 3x piezas o es más factible que lo hagan en una u otra modalidad?, sobre todo en el caso de pedir 2x pistolas Trejo 2GT iguales. xxxxx)

yo solo tengo experiencia en solicitudes de tiro ... y en tiro puede solicitar 3 pistolas 380 si así lo desea... y cumpliendo los requisitos... no debe tener problema. en cacería yo he solicitado 1 escopeta, 1 rifle y 1 pistola 22 y no he tenido problema.... pero no he solicitado mas de 1 pistola en cacería... no se si acepten 2.

xxxxxx( 3. ¿En términos de transporte de las armas (PETA) y compra de cartuchos que modalidad me conviene más: Tiro Deportivo o Actividades Cinegéticas?

He leído algunas respuestas de quien tiene PETA de tiro y por mala suerte es revisado por la policía local y les salen con que no están en ruta hacia su club de tiro y se las quieren hacer complicada, de ahí mi pregunta; tal vez en la modalidad de caza se evite ese "argumento" de la autoridad pero igual también pueden salir con que no es temporada, no se lleva la licencia de caza, cintillos, etc. etc. pero esto si no lo he leído en el foro, lo que me hace pensar que es mejor opción elegir "Actividades Cinegéticas". Nunca lo he hecho, pero de darse la oportunidad si me gustaría ir de caza al menos una vez o en el mejor de los casos de forma esporádica. xxxxxx)

no he tenido experiencia en que me paren y me digan nada... tengo armas con PETA de tiro... y armas con PETA de cacería... en ningún caso he sido objeto de revisión

xxxxxxxxx (4. Si ingreso solicitud en la modalidad de "Actividades Cinegéticas" al posteriormente hacer el trámite del PETA para poder ir al club a practicar, ¿me solicitan la licencia de cazador o me pueden autorizar el PETA aunque no tenga licencia de caza? xxxxxxxx)

en mi caso.... el club me solicitó la licencia de caza para las PETAs de caza... y la credencial de FEMETI para las de tiro...

xxxxxxxxxxx( 5. ¿Si ingreso solicitud en la modalidad "Tiro Deportivo" puedo usar las armas también para cazar o no es permitido o podría tener algún problema en caso de una revisión o reten?
Y lo opuesto, si ingreso solicitud en la modalidad "Actividades Cinegéticas" puedo usarlas también para practicar Tiro Deportivo o no es permitido o podría tener algún problema en caso de una revisión o reten? xxxxxxxxxx)

desconozco

xxxxxxxxx( 6. ¿El PETA lo debe tramitar forzosamente el club o lo puede hacer uno mismo? xxxxxxxxx)

lo poco que he leído la ley... no dice que debe ser el trámite a través del club (corríjanme si estoy mal).. sin embargo, en la práctica... lo que he sabido es que sólo aceptan ese trámite a través de los clubes...



7. ¿Debo afiliarme forzosamente a FEMETI o FEMECA o esto es opcional?

es opcional.... pero ayuda.



8. ¿Cómo se asignan los 10 Estados en que tendrá uno permiso de transportación, los elige uno mismo o los asigna SEDENA?, de elegirlos uno mismo hay Estados en que sea más común esto de la cultura de las armas que otros y que por tanto convenga elegirlos para evitar tener más problemas con la autoridad local que en otros Estados donde no hubiera tanta cultura de las armas?

uno los elige.... y depende de la actividad primordial que desees practicar... hay estados que son tradicionalmente cazadores... y estados que tienen más practica de tiro deportivo... eso si, depende de hasta dónde quieres ir a participar...





Creo que son todas mis dudas jejejeje. De antemano gracias por sus consejos/recomendaciones para mis dudas.[/QUOTE]
 
Muchas gracias soloaficionado...

Aprecio el tiempo dedicado para responder, ojala alguien mas pueda compartir su experiencia


Saludos
 
Las PETA, tienen vigencia...
las de cacería... del 1 de Julio de cada año, por 12 meses...
las de tiro... del 1 de enero... por 12 meses...
las de actividades cinegéticas... tambien son por 1 año (desconozco la fecha de inicio) y las tramita TU club...


No me fije bien en esto; ¿¿¿como que PETA de caceria, de tiro y de actividades cinegeticas???


¿Que la modalidad de Actividades Cinegeticas no es lo mismo que para Caza?
En la solicitud solo viene "Tiro Deportivo" y "Actividades Cinegeticas"... ¿es por el formato de antes que tenia distintas las modalidades o si existen esas 3?, si existen las 3 ¿Cual seria la diferencia entre la de Caza y la de Actividades Cinegeticas?


Saludos
 
En tu pregunta 1, donde tu duda es que pasaría con tus armas si decides salirte de tu club, yo durante dos años no estuve solicitando peta por cuestiones de trabajo y solo le solicite al presidente de mi club que no me diera de baja y muy amable no lo hizo. Y después le pregunté que pasaría con mis armas si me daba de baja y esto fue lo que me contestó.

1. Las armas son tuyas y no te las pueden quitar.
2. Como ya no perteneces a ningún club tu información ya no está protegida y SEDENA puede proporcionarla a cualquier persona u organismo que la solicite a travez del IFAI.

En lo personal si me salgo de mi club de nada sirve tener las armas porque ya no podré utilizarlas y mi información se vuelve vulnerable.

Esto fue lo que me dijo de l presiente de mi club, quizás alguien más tenga más información.

Saludos,
 
En referencia a las PETAs, en el club me explicaron que hay de 3 tipos: tiro, caza y finalmente competencia.

Tiro: te ampara expresamente el trayecto de tu casa al club unicamente (claro que algunos se inventan trayectos extraños cuando estan en un retén) pero el papelito solo dice que vas a practicar tiro y la dirección del campo de tiro de tu club junto con la lista de armas y municiones que registraste para tal efecto.

Caza: te ampara expresamente el trayecto de tu casa hacía las UMAs o lugares destinados para tal efecto indicando los estados por los cuales puedas pasar para llegar o que sean sede de la cacería (hasta 10 estados), va con la lista de armas y municiones que registraste para tal efecto.

Competencia: solo ampara para poder participar en certámenes de esa índole, dentro o fuera de tu club y ampara los estados sedes que indiques además de los que creas utilizar como vía para llegar (hasta 10 estados), va con la lista de armas y municiones que registraste para tal efecto.

No puedes ir a tu club a tirar con un arma que tienes en tu PETA de "caza", no puedes ir de cacería con un arma que tienes en tu PETA de "Tiro", no puedes participar en alguna competencia con un arma de "caza" o "tiro", salvo acuerdo previo con el jefe de la zona militar y tu club en algunas ocasiones.

Tu decides cuales PETAs solicitas y que armas incluir en cada una, puedes tener solo una o las tres, solo las tramitan los clubes.

Dentro de las opciones en tu solicitud puedes distinguir claramente la finalidad para la cual necesitas las armas que vas a solicitar, por ejemplo si en tu solicitud te autorizan una trejo 2GT para "tiro deportivo", llegas a tu club y quieres que la adjunten en tu PETA de "caza" te van a solicitar primero que hagas una corrección del registro del arma en la zona militar para cambiar de "tiro deportivo" a "actividades cinegéticas" por lo que ya no podrás utilizarla para practicar tiro en tu club.

En fin amigo, la mejor información es la que tu club pueda darte, ellos por el tiempo y la experiencia con esos trámites tienen la última palabra y aconsejo que te acerques a ellos, no esta mal visto que preguntes pues para eso es un club con nuevos y viejos amigos que se complementan.

Salu2
 
Muchas gracias marceloMiBro, muy completa la respuesta


De acuerdo a la explicacion, veo segun yo con mas ventajas el PETA de Caza; siendo asi el de Tiro como que si les da mas margen a los municipales si te quieren perjudicar, y no hablo de aventarme un trayecto turistico y luego querer argumentar que iba al club, si no que a fin de cuentas en una situacion asi es tu palabra contra la de ellos y si para ellos por donde vas no se llega al club... p'sss te toco la ley de herodes :(

Si pregunte en el club al inscribirme si habia problema por tener PETA de caza o tiro para usar las instalaciones y me dijeron que no, ningun problema; entonces mi duda en ese sentido es mas bien en terminos "legales" si se quiere ver asi; y por lo que explica parece que si no se permite usar las armas con registros "mezclados" :( :( :(


Gracias de nuevo y, salu2
 
No me fije bien en esto; ¿¿¿como que PETA de caceria, de tiro y de actividades cinegeticas???


¿Que la modalidad de Actividades Cinegeticas no es lo mismo que para Caza?
En la solicitud solo viene "Tiro Deportivo" y "Actividades Cinegeticas"... ¿es por el formato de antes que tenia distintas las modalidades o si existen esas 3?, si existen las 3 ¿Cual seria la diferencia entre la de Caza y la de Actividades Cinegeticas?


Saludos


es una buena pregunta compañero.... y no sé la respuesta... el año pasado fui de compras a DCAM... en octubre.
y uno de los compañeros que fuimos juntos obtuvo sus registros con "actividades cinegéticas"
mis registros de esa compra... fueron para "tiro deportivo"
y el otro compañero que fue, obtuvo sus registros para "cacería"
honestamente... no se las características del registro "actividades cinegéticas"... no se si es más amplio o mas reducido que las otras...
 
Orale...

No habia leido algo asi


Gracias por responder soloaficionado
 
Hola

Hot me autorizaron una 380 para tiro deportivo y una 223 para actividades cinéticas, saben cual es la diferencia entre tiro deportivo y actividades cinéticas? Ambos los quiero para ir a tirar al campo de tiro. Gracias


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Actividades Cinegeticas es para Caza; Tiro Deportivo, pues eso para tiro solamente

¿Como ingreso su solicitud? ¿pidiendolas para caza o para tiro?
 
Tiro deportivo es oara competencias de tiro, y actividades cinegéticas es cacería.

El 380 nunca lo autorizan oara cacería,

Pero mietras ls dos armas tengan peta de competencias no hay problema.

Es importante saber que si te autorizaron una y una, lo mas segjri es que tus dos armas vebgan en dos autorizaciones distintas, lo que significa que tendrías que llevar dos formatos de 126 para recoger las dos autorizaciones.
 
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