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Favor de despejar una duda

jose1234

Miembro de la Vieja Guardia
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28 Feb 2013
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mexico d.f.
Compañero de un club de caza me comento que los que tienen registradas 10 armas van los de la Sedena a su domicilio para hacer una inspeccion de las armas registradas pregunto es verdad o es mentira saludos a quienes me digan es cierto o falso
 
¿Y con que fundamento legal podrían hacer eso?
Yo simple y cortésmente no los dejaría entrar hasta que me muestren una orden de un juez (en éste caso Federal) para poder ingresar a mi domicilio, de otra forma están contraviniendo mis derechos Constitucionales (y ellos lo saben), por otro lado ¿Qué autoridad militar dio esa orden? debe haber una circular, un memorándum, un papel firmado por dicha autoridad, quien se haría acreedora a una sanción por violar nuestras leyes.
Solo en caso de emergencias, bajo ley marcial, se suspenden Garantías individuales (en éste caso Derechos Humanos).
Por cierto échele una leida a mi firma, ahí viene el Art. que le ampara para no ser molestado en su domicilio (Art 16 Constitucional)
je je en éste caso hay quien criticó que en mi firma esté el Art. 10 (y el Art. 16), pero es precisamente debido a la ignorancia de algunos usuarios y publico en general que así lo tengo :pulgar:
 
¿Y con que fundamento legal podrían hacer eso?
Yo simple y cortésmente no los dejaría entrar hasta que me muestren una orden de un juez (en éste caso Federal) para poder ingresar a mi domicilio, de otra forma están contraviniendo mis derechos Constitucionales (y ellos lo saben), por otro lado ¿Qué autoridad militar dio esa orden? debe haber una circular, un memorándum, un papel firmado por dicha autoridad, quien se haría acreedora a una sanción por violar nuestras leyes.
Solo en caso de emergencias, bajo ley marcial, se suspenden Garantías individuales (en éste caso Derechos Humanos).
Por cierto échele una leida a mi firma, ahí viene el Art. que le ampara para no ser molestado en su domicilio (Art 16 Constitucional)
je je en éste caso hay quien criticó que en mi firma esté el Art. 10 (y el Art. 16), pero es precisamente debido a la ignorancia de algunos usuarios y publico en general que así lo tengo :pulgar:


También estoy de acuerdo, es necesaria una declaratoria de excepción o documento expreso emitido por un juez federal sobre un motivo fundado, de otra forma no, a menos que sea un acto ilegal de la misma autoridad, no puede hacerlo de motu propio.
 
que bueno que en este magnifico foro, hay compañeros tan preparados y siempre dispuestos a dar de sus conocimientos. muchas gracias.
 
Compañero de un club de caza me comento que los que tienen registradas 10 armas van los de la Sedena a su domicilio para hacer una inspeccion de las armas registradas pregunto es verdad o es mentira saludos a quienes me digan es cierto o falso
No mi amigo es totalmente falso,y SEDENA cometeria una enorme ilegalidad con tan solo presentarse en su domicilio y solicitar la inspeccio,donde si se especifica que SEDENA puede realizar inspecciones de las armas es con las licencias de coleccionista ya que se supone que tu coleccion puede conformarse de armas cuyo calibre o caracteristicas las cataloguen como de uso exclusivo,pero en LICENCIAS DE TIRO,CACERIA,NO SE PUEDE,,,,,,,,,,,,,saludos companiero,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
 
Ya seria lo que nos faltaba , que seguridad ciudadana ni que nada , si fuera cieto habria que irse de el pais y regalarles tu casa.
 
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