dvil
Miembro de la Vieja Guardia
Buenas tardes.
El día de hoy fui a la DCAM y me encontré con la no muy grata noticia de que, con base en una circular interna emitida por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego, la venta de cartuchos está delimitada por el calibre del arma y no por el número de armas que se tengan registradas, es decir, las cantidades están delimitadas al número de cartuchos a que se refiere el artículo 50 de la LFAFE.
La DGRFAFE olvidó, no leyó o de plano "borró de un plumazo" el artículo 10 Bis de la LFAFE, que señala:
"Artículo 10 Bis.- La posesión de cartuchos correspondientes a las armas que pueden poseerse o portarse se limitará a las cantidades que se establecen en el artículo 50 de esta Ley, por cada arma manifestada en el Registro Federal de Armas.".
A lo largo de mi vida profesional he tratado de entender la integración de los Poderes de la Unión, que a grosso modo, sabemos que son: 1) El Poder Legislativo: El que hace las leyes; 2) El Poder Ejecutivo: el que aplica las leyes y; 3) El Poder Judicial: el que resuelve las controversias que se presentan respecto de lo que dice la ley y el que la aplica (ejecutivo).
Ahora bien, la doctrina jurídica, la Teoría Pura del Derecho, Hans Kelsen, jurista Austriaco, en sus múltiples estudios diseñó la jerarquía del orden jurídico por medio de un esquema muy simple, denominado Pirámide de Kelsen.
Esta Pirámide señala el orden jerárquico de las leyes, poniendo en la parte más alta a la Constitución General de la República, junto con los tratados Internacionales, luego las Leyes Federales, Leyes Locales, Reglamentos y así, hasta el último las circulares y disposiciones internas.
No obstante lo anterior, pues la SEDENA, por conducto del RFAFE, "lesgisló" y dererminó el numero de cartuchos que su absurdo monopolio consideró, en perjuicio de los usuarios de armas deportivas y defensivas, mediante la emisión de una circular, a la cual le dan el carácter de obligatorio (además de que no he visto su publicación en el Diario Oficial de la Federación), por la que unilateralmente "modifica una disposición legal".
Así, nuevamente queda de manifiesto que el Poder Ejecutivo y sus dependencias, poco o nada les interesa la existencia de la Ley y mucho menos su aplicación, pues en una reunión de escritorio pueden , y de hecho pudieron, determinar de manera autónoma y unilateral las disposiciones que regulan su actuación ¿dictadura?.
La pregunta es la misma, ¿por qué controlar al ciudadano cautivo que si pretende ejecutar de la mejor manera una actividad lícita?
Claro, a la delincuencia poco o nada le interesa esto, pues estas "personas" podrán poseer las armas que quieran y la cantidad de cartuchos que se les pegue su gana.
Lo anterior constiuye únicamente una opinión y de ninguna manera pretende fijar un criterio a favor o en contra de persona o institución alguna, quien se considere agraviado, tendrá a su alcance los medios de defensa que prevén las distintas legislaciones.
Saludos.
El día de hoy fui a la DCAM y me encontré con la no muy grata noticia de que, con base en una circular interna emitida por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego, la venta de cartuchos está delimitada por el calibre del arma y no por el número de armas que se tengan registradas, es decir, las cantidades están delimitadas al número de cartuchos a que se refiere el artículo 50 de la LFAFE.
La DGRFAFE olvidó, no leyó o de plano "borró de un plumazo" el artículo 10 Bis de la LFAFE, que señala:
"Artículo 10 Bis.- La posesión de cartuchos correspondientes a las armas que pueden poseerse o portarse se limitará a las cantidades que se establecen en el artículo 50 de esta Ley, por cada arma manifestada en el Registro Federal de Armas.".
A lo largo de mi vida profesional he tratado de entender la integración de los Poderes de la Unión, que a grosso modo, sabemos que son: 1) El Poder Legislativo: El que hace las leyes; 2) El Poder Ejecutivo: el que aplica las leyes y; 3) El Poder Judicial: el que resuelve las controversias que se presentan respecto de lo que dice la ley y el que la aplica (ejecutivo).
Ahora bien, la doctrina jurídica, la Teoría Pura del Derecho, Hans Kelsen, jurista Austriaco, en sus múltiples estudios diseñó la jerarquía del orden jurídico por medio de un esquema muy simple, denominado Pirámide de Kelsen.
Esta Pirámide señala el orden jerárquico de las leyes, poniendo en la parte más alta a la Constitución General de la República, junto con los tratados Internacionales, luego las Leyes Federales, Leyes Locales, Reglamentos y así, hasta el último las circulares y disposiciones internas.
No obstante lo anterior, pues la SEDENA, por conducto del RFAFE, "lesgisló" y dererminó el numero de cartuchos que su absurdo monopolio consideró, en perjuicio de los usuarios de armas deportivas y defensivas, mediante la emisión de una circular, a la cual le dan el carácter de obligatorio (además de que no he visto su publicación en el Diario Oficial de la Federación), por la que unilateralmente "modifica una disposición legal".
Así, nuevamente queda de manifiesto que el Poder Ejecutivo y sus dependencias, poco o nada les interesa la existencia de la Ley y mucho menos su aplicación, pues en una reunión de escritorio pueden , y de hecho pudieron, determinar de manera autónoma y unilateral las disposiciones que regulan su actuación ¿dictadura?.
La pregunta es la misma, ¿por qué controlar al ciudadano cautivo que si pretende ejecutar de la mejor manera una actividad lícita?
Claro, a la delincuencia poco o nada le interesa esto, pues estas "personas" podrán poseer las armas que quieran y la cantidad de cartuchos que se les pegue su gana.
Lo anterior constiuye únicamente una opinión y de ninguna manera pretende fijar un criterio a favor o en contra de persona o institución alguna, quien se considere agraviado, tendrá a su alcance los medios de defensa que prevén las distintas legislaciones.
Saludos.