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Legítima defensa en hogar: tiro deportivo vs protección de domicilio

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Legítima defensa en hogar: tiro deportivo vs protección de domicilio

Espero nunca tener la necesidad de tener que usar una de mis armas en defensa propia pero por si llegara a ocurrir me gustaría estar bien informado.

Fuera de los problemas legales que son obvios, entre comprobar que si fue defensa, que no fue con dolo etc. Tengo la siguiente duda:

Tengo un revolver registrado como protección de domicilio pero también tengo pistola registrada como tiro deportivo y rifles registrados como tiro y actividades cinegéticas.

¿Hay diferencia legalmente si me defiendo con una de mis armas ya sea registrada para tiro o para protección de domicilio? todas están a mi nombre

Gracias.
 
Las claves en ésta duda tan comíun son las siguientes:

-Lee el codigo penal de tu estado, si bien casi todos son similares, hay algunos con premisas distintas sobre la acreditación de la legítima defensa.
-Para que sea legítima, debe haber una amenaza inminente a tu vida; ésa es la base.
-Nigúna posesión vale la vida de otra persona, excepto la vida de un inocente...
-Defenderse hasta deshabilitar y neutralizar la amenaza no significa matar al atacante en todos los casos...
-Un arma mortal puede ser cualquier cosa que pueda ser utilizada para causar la muerte...
-Nunca agredas al atacante por la espalda, si está de espaldas implica que huye y que ya no es una amenaza inminente.
-Algunas veces lo legal no es justo y lo justo no es legal.
-Sobre todo la premisa más importante: de la cárcel saldrás algún día, del panteón no...
 
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