Novedades
  • .

Modalidad Protección de Domicilio al club de tiro?

Registrado
16 Jun 2022
Mensajes
43
Likes recibidos
15
Ubicación
Jalisco
Hola a todos, tengo una pregunta que probablemente ya se ha respondido pero no me queda absolutamente clara.

Me puedo llevar mi revolver (registrado para protección de domicilio) al club de tiro?

Si, ya se que *no se puede* pero teóricamente; si me la llevo, el único problema sería el que no cuento con documento alguno que ampare su transportación, correcto?
 
Pues si lo puedes llevar, asi como te lo puedes llevar al monte o al cerro a tirar, el pedo es si te paran o hacen revision de armas en el campo de tiro, ahi si vas a estar en grabes problemas, es una incuerencia que no den PETA a cuando tienes un arma para proteccion de domicilio, practicamente tiras a siegas el dia que alguien quiere entrar a tu casa.
 
Pues si lo puedes llevar, asi como te lo puedes llevar al monte o al cerro a tirar, el pedo es si te paran o hacen revision de armas en el campo de tiro, ahi si vas a estar en grabes problemas, es una incuerencia que no den PETA a cuando tienes un arma para proteccion de domicilio, practicamente tiras a siegas el dia que alguien quiere entrar a tu casa.
Gracias por la respuesta amigo!
 
Tengo entendido (estoy en proceso de tramitar mi primer arma para club de tiro). Que al no tener PETA, te podrían considerar como "Portación de arma de fuego" y ese cargo conlleva problemas legales fuertes (Multa y tiempo en cárcel). Porque legalmente en México, la portación es cuando está cerca de uno y fuera de tu domicilio. Es decir, aunque esté en el carro, fuera de alcance etc. Pueden meter ese cargo. Es como el vacío legal que existe cuando hay un arma sin registro, pero de calibre legal y la llevas a registrar. Si te paran a la mitad. Técnicamente es portación. Todo esto lo digo de mis horas de ver y leer. No soy abogado o pretendo serlo. Pero son mis 2 centavos al asunto.

Creo que es mejor meter una orden de compra nueva y darlo de alta desde el inicio. No es ideal, ni barato, pero es lo mejor. Espero y esto ayude!
 
Tengo entendido (estoy en proceso de tramitar mi primer arma para club de tiro). Que al no tener PETA, te podrían considerar como "Portación de arma de fuego" y ese cargo conlleva problemas legales fuertes (Multa y tiempo en cárcel). Porque legalmente en México, la portación es cuando está cerca de uno y fuera de tu domicilio. Es decir, aunque esté en el carro, fuera de alcance etc. Pueden meter ese cargo. Es como el vacío legal que existe cuando hay un arma sin registro, pero de calibre legal y la llevas a registrar. Si te paran a la mitad. Técnicamente es portación. Todo esto lo digo de mis horas de ver y leer. No soy abogado o pretendo serlo. Pero son mis 2 centavos al asunto.

Creo que es mejor meter una orden de compra nueva y darlo de alta desde el inicio. No es ideal, ni barato, pero es lo mejor. Espero y esto ayude!
Es correcto, ese sería el riesgo. Aunque realmente no tengo mucha opción que digamos, un conocido fue a registrar su revolver y no lo dejaron hacerlo en modalidad Tiro Deportivo ya que el elemento que lo atendió le dijo que un revolver de cañón corto no es para eso y sus únicas alternativas eran deshacerse del arma o registrar para protección de domicilio.
Pero si uno no puede practicar con el arma, cómo le hacemos en una situación de riesgo?
Pero en fin, gracias por la aportación!
 
Hola a todos, tengo una pregunta que probablemente ya se ha respondido pero no me queda absolutamente clara.

Me puedo llevar mi revolver (registrado para protección de domicilio) al club de tiro?

Si, ya se que *no se puede* pero teóricamente; si me la llevo, el único problema sería el que no cuento con documento alguno que ampare su transportación, correcto?
Saludos companero, su transportación, su posesión fuera del domicilio o su uso para tiro deportivo. Aunque parezca absurdo, no vale la pena meterse en problemas. Gestione su cambio de modalidad a tiro deportivo y asi podrá gestionarle un PETA y tranquilamente disfrute su arma.
 
Arriba