SEñores; los consejos "milagro" de tener una serie de registros a nombre de terceros es una verdadera tontería. La ley es muy clara: No existe un límite establecido en cuanto a la cantidad de armas a poseer por un partícular estando estas debidamente registradas. La limitación es única y exclusivamente a los calibres de armas no a la lícita tenencia de las mismas.