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Otra de la sedena - que poca madre!

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Para no equivocarnos. Se registran 10 para caza. 10 para tiro y 10 para competencia. He oído que algunos las registran para caza y tiro. Eso no te afecta en el número? Otra cosa si la registras para caza no te dejan llevarla al campo de tiro?
debe haber un sistema pra aprovechar nuestros derechos al máximo. Alguien que sepa? Saludos.

Hay dos conceptos diferentes:

a.- Armas en legitima posesión: La ley no te pone un límite.

b.- Armas en P.E.T.A: La lógica indica que si son tres tipos de permiso (caza, tiro y competencia) y cada uno de ellos ampara 10 armas, luego entonces en P.E.T.A se pueden tener 30 armas. El problema radica en los criterios de los hombres de verde...................
 
Pues despues de que meti el oficio que ya les mostre....
Estos sujetos me contestaron lo que viene en el oficio que me enviaron!!!

Nuevamente! No son 4!!!! son 3 las que tengo maldita sea!!!! ya les demostré que no tienen actualizada su base de datos.....

1 Calibre .22LR
2 Calibre .380 ACP (que me imagino que son las que mencionan que estan en situacion "diferente a lo marcado lor la LFAFYE"

El parrafo que ellos citan es el siguiente:

Artículo 10.- Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro o cacería, para poseer en su
domicilio y portar con licencia, son las siguientes:
I.- Pistolas, revólveres y rifles calibre .22, de fuego circular.
II.- Pistolas de calibre .38 con fines de tiro olímpico o de competencia.
III.- Escopetas en todos sus calibres y modelos, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm.
(25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
IV.- Escopetas de 3 cañones en los calibres autorizados en la fracción anterior, con un cañón para
cartuchos metálicos de distinto calibre.
V.- Rifles de alto poder, de repetición o de funcionamiento semi-automático, no convertibles en
automáticos, con la excepción de carabinas calibre, 30, fusil, mosquetones y carabinas calibre .223, 7 y
7. 62 mm. y fusiles Garand calibre .30.
VI.- Rifles de alto poder de calibres superiores a los señalados en el inciso anterior, con permiso
especial para su empleo en el extranjero, en cacería de piezas mayores no existentes en la fauna
nacional.
VII.- Las demás armas de características deportivas de acuerdo con las normas legales de cacería,
aplicables por las Secretarías de Estado u Organismos que tengan injerencia, así como los reglamentos
nacionales e internacionales para tiro de competencia.
A las personas que practiquen el deporte de la charrería podrá autorizárseles revólveres de mayor
calibre que el de los señalados en el artículo 9o. de ésta Ley, únicamente como complemento del
atuendo charro, debiendo llevarlos descargados.

Quiero entender que como en la ley federal de armas de fuego no dice EXPLICITAMENTE que se pueden tener .380ACP es por eso que me la estan haciendo de pedo, porque las 2 que tengo estan registradas para Tiro......

De que se trata?!!!!!

Compañero, mete un nuevo escrito por medio del ifai donde solicites informacion de cuantas armas tienes registradas a tu nombre, calibres, fechas, caracteristicas, marcas, modelos, num. de serie, folios de registros, cambios de propietarios, en que zona militar, etc, etc, para que los pongas a trabajar, que para eso les pagas y para eso se creo el ifai.

solicita tambien al ifai, via internet que requisitos y que restricciones aplican para la compra de armas y cartuchos para resonas fisicas y cuales son los motivos por la que estos permisos pueden ser negados, pide tambien se te diga donde estan publicados estos motivos. toda la informacion que solicites al ifai, lo puedes hacer desde tu casa, y no te pueden salir con la jalada que es informacion clasificada o privada, puesto que eres el mismo interesado.

Luego metes otro escrito donde solicitas en expreso se detalle claramente cuales son las anomalias en las que se encuentran esos dos armas cortas a las que se refieren, sustentando su dicho con los fundamentos legales aplicables, citando las leyes y reglamentos que estas violando y cuando fueron estas aprovadas por el congreso y su fecha de publicacion en el dof.

ya con esa informacion, si te siguen negando la autorizacion de tu permiso, creo femeti o un abogado podrian pelearles legalmente, tal vez se te haga complicado, pero lo que tu hagas en realidad no solo lo haras por ti, sino por todos los mexicanos.

saludos
 
Hola, viendo todo esto me integro con una gran duda.. Segun yo y mi sueño guajiro, la .380 que estoy a punto de adquirir para proteccion la iba a cambiar para tiro y despues solicitar nuevamente un revolver .38 otra vez para proteccion, pero creen que esto es posible?? Sino como demonios vamos a aprender a manejar un arma sino tenemos oportunidad de practicar con ella. Se me hace una estupidez que te vendan un arma y no tengas oportunidad de aprender a manejarla incluso es hasta mas peligroso ya q en un momento de necesidad te puedes lastimar a ti mismo o a un familiar...
 
Pues la segunda corta la tendrias que comprar a un particular compañero. Estos amigos con sus grandiosas ideas para tener mas control, es lo unico que provocan.
 
Aqui les dejo el documento del IFAI donde dice claramante la cantidad dearmas que puede poseer un ciudadano PARA CADA ACTIVIDAD DEPORTIVA

vayan directamente a la pagina 57
 

Adjuntos

  • IFAI.pdf
    641.5 KB · Visitas: 54
aqui les dejo el documento del ifai donde dice claramante la cantidad dearmas que puede poseer un ciudadano para cada actividad deportiva
vayan directamente a la pagina 57

excelente aporte compañero fantomas!
Saludos y a la orden.
 
se interpreta esa contestacion al requerimiento se pueden tener 21 armas...
10 para caza
10 para tiro
1 proteccio de domicilo
 
se interpreta esa contestacion al requerimiento se pueden tener 21 armas...
10 para caza
10 para tiro
1 proteccio de domicilo

Justamente ese es el problema, aunque en la LFAF no menciona estas cantidades, tambien la misma pinche LFAF actual tiene miles de lagunas y ademas muchas cosas estan abiertas a la interpretacion de quien la esta manejando.

Para nosotros esta a toda madre que pudieramos decir que podemos tener 21 armas.
Pero ellos pueden decir que en la LFAF solo puedes tener una para proteccion de domicilio y pelas con las demas...
 
le comunico a los compañeros que le interesa la practica del fuego central que DEJO EL FUEGO CENTRAL DE SER UNA MODALIDAD DE tiro OLIMPICO . por tal motivo no hAY SELECTIVA para esa modalidad, a medida que transcurra el tiempo desaparecesara el fuego central como practica en los campos de tiro . aunque las pistolas 32 y 38 sigan registradas para el proposito del tiro,
 
le comunico a los compañeros que le interesa la practica del fuego central que DEJO EL FUEGO CENTRAL DE SER UNA MODALIDAD DE tiro OLIMPICO . por tal motivo no hAY SELECTIVA para esa modalidad, a medida que transcurra el tiempo desaparecesara el fuego central como practica en los campos de tiro . aunque las pistolas 32 y 38 sigan registradas para el proposito del tiro,

Qué mala noticia, ¿cuál es tu fuente compañero ??
Por otro lado, aun cuando no haya tiro olímpico podría haber IDPA, IPSC, NRA, ICORE etc… o no ???
 
De hecho se podría interpretar que puedes POSEER 31 ARMAS TOTALMENTE LEGALES:
10 Para caceria: 9 largas y 1 corta
10 Para Competencia: cualquier combinacion
10 Para Tiro: cualquier combinacion
1 Para proteccion de domocilio
___
31


se interpreta esa contestacion al requerimiento se pueden tener 21 armas...
10 para caza
10 para tiro
1 proteccio de domicilo
 
De hecho se podría interpretar que puedes POSEER 31 ARMAS TOTALMENTE LEGALES:
10 Para caceria: 9 largas y 1 corta
10 Para Competencia: cualquier combinacion
10 Para Tiro: cualquier combinacion
1 Para proteccion de domocilio
___
31

asi entiendo se interpreta en mi zona militar. Saludos
 
Me suscribo haber como sigue el proceso con el compañero norms
 
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