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Portación de arma para defensa, ¿derecho o privilegio?

Berettaman7

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Portación de arma para defensa, ¿derecho o privilegio?

Portación de arma para defensa, ¿derecho o privilegio?

El derecho de los habitantes de México a poseer armas esta estipulado en la Constitución General de la Republica como en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, pero el permiso que establece esta ultima Ley para portar armas para defensa del solicitante debería tener la categoría de derecho y NO de privilegio.

¿Acaso la vida no es un derecho constitucionalmente garantizado? En consecuencia, el defender la vida, la propia como la de nuestros seres queridos debe necesariamente ser consecuencia de esa garantía, por lo que el derecho a portar un arma, debe ser irrestricto y no sujeto a la potestad, y obtuso criterio esbozado, día a día por la autoridad militar.

Al respecto, el articulo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos vigente estipula lo siguiente:

Artículo 26.- Las licencias particulares para la portación de armas serán individuales para personas físicas, o colectivas para las morales, y podrán expedirse cuando se cumplan los requisitos siguientes:

I. En el caso de personas físicas:

A. Tener un modo honesto de vivir;

B. Haber cumplido, los obligados, con el Servicio Militar Nacional;

C. No tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas;

D. No haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas;

E. No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos, y

F. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por:

a) La naturaleza de su ocupación o empleo; o

b) Las circunstancias especiales del lugar en que viva, o

c) Cualquier otro motivo justificado.

Hoy en día, el derecho a portar armas es un privilegio, y debe dejar de serlo para convertirse en un derecho, como es el derecho a la vida y defender esta.

La Secretaria de la Defensa Nacional es la autoridad competente en México, en base a las facultades que le atribuye la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento, en todo lo concerniente a armas, por lo que de esa autoridad emana el privilegio de la portación de armas; por lo que cuando esa autoridad dicta el derecho y lo niega, lo hace desempeñando funciones ejecutivas o administrativas.

Ahora, si la Secretaria de la Defensa Nacional esta autorizada para autorizar o negar la portación de armas, así se cumplan los 8 requisitos que para ello exige la ley de la materia, y si cumplidos los 7 primeros, la autoridad rechaza la solicitud de licencia de portación de armas para defensa del solicitante, esgrimiendo que no se cumple el octavo requisito, es decir, “acreditar a criterio de la SEDENA la necesidad de portar armas” dado que la respuesta de esta sea negativa al responder por escrito a la petición, rechazándola, teniendo por sola respuesta que “un arma de fuego no es suficiente para repeler una agresión”.

Esa respuesta constituye la base para que el ciudadano recurre la decisión ya que no basta con que la autoridad competente a su criterio rechace la petición si esta misma no funda ni motiva dicha negativa, en consecuencia la Secretaria de la Defensa Nacional no esta por encima de la Ley y debe observar las garantías de legalidad y seguridad jurídica, como cualquier otra autoridad, en consecuencia la infundada negativa de la autoridad es recurrible.

El legislador debería cambiar, en carácter de urgente, el criterio relativo a la portación de armas para defensa, mas aun que las circunstancias de inseguridad que prevalecen a todo lo largo y ancho del territorio nacional son tales que en ningún momento autoridad alguna puede justificar la negativa de conceder el permiso respectivo porque al hacer esto esta negando el derecho a la persona para defender su vida.

Naturalmente no estoy proponiendo que se obste del requisito de poseer un permiso vigente para portar un arma cuando la persona cumple con los requisitos de la materia, mas aquellas personas que por su profesión, ocupación o circunstancias especiales le ponen en riesgo, no estoy de acuerdo en que cualquier persona porte un arma, pero negarle el derecho a quienes si califican para ello, conforme a la ley basándose en una negativa infundada ha dado ya lugar a muchos miles de muertes en el país, ¿cuantas mas se perderán por esta “razón”?

Por lo anterior, si la vida humana se encuentra protegida constitucionalmente, y si ese es uno de los mayores logros como un valor superior, acorde con la tendencia mundial que sugiere establecer en las constituciones un catalogo mas amplio de derechos fundamentales, entonces, ¿porque coartar el derecho a defender esta ?
 
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Completamente de acuerdo, yo y me imagino que como la mayoria de este foro yo cumplo exactamente con todos los requisitos , pero te contestan en mi caso, que el estado garantiza tu seguridad y las fuerzas del orden, como si los policias estuvieran atras de ti cuando sufres un asalto o se meten a asaltar y robar tu casa y seamos honestos. le hablas a la policia aún en los telefonos de emergencia y llegan a las veintitantas y a veces ni llegan, en ese tiempo tu puedes sacar tu arma y defenderte en el momento exacto que sufres una amenaza mortal en tí o en tu familia, estoy de acuerdo no todos podemos andar armados, solo la gente que cumpla todos los requisítos de forma exacta e inequívoca, si de por si al tener el PETA nos tienen bien checaditos y se darían cuenta que somos gente de bien y honesta, pero yo digo que esto es cuestión de dinero que de requisitos cumplidos, porqué los diputadoos , senadores y empresarios caca grande tienen su portacion de arma de fuego y eso que tienen su bola de escoltas armados, no tienen garantizada su seguridad entonces para que le dan su portación? el derecho de portación debería ser un derecho, cumpliendo todos los mandatos o requisitos y no un privilegio de unos cuantos, ya lo decía el gran escritor Miguel de Cervantes Saavedra : EL DERECHO DE PORTAR ARMAS ES UNA DE LAS BASES DE LA DEMOCRACIA
 
Esta discusión también está sucediendo en los EE.UU.. Aquí, son los estados, no el gobierno federal, que emite permisos para llevar un arma de fuego.

Nuestra Constitución establece que las personas tienen el derecho a poseer un arma de fuego y llevar un arma de fuego (the right to KEEP and BEAR arms).

Claramente, el derecho a las armas es un derecho humano fundamental - no es un privilegio ser arreglada por un burócrata.

La mayoría de los estados son "shall issue" lo que significa que el gobierno debe emitir el permiso a cualquier persona cualificada en el entendido que la autodefensa es causa justa y no se requiere ninguna otra razón. El solicitante no está obligado a demostrar por qué lo tienen necesidad de ejercer sus derechos. Derechos no están limitados por una definición burocrática de necesidad.

Por desgracia, algunos estados están "may issue", lo que significa que incluso si el solicitante cumple con todos los requisitos técnicos, un burócrata decidirá si el solicitante puede tener un permiso o no. En estos estados, el derecho se reducirá a un privilegio - concedida o denegada por el capricho de un burócrata.

Esto lleva al favoritismo en la que los ricos o conexiones políticas reciben permisos, pero la persona promedio no lo hace. Es claramente una violación de la igualdad de protección bajo la ley.

Actualmente, los tribunales federales están revisando si restrictivas sistemas de "may issue" son lícitas o una violación de los derechos constitucionales.

Creo firmemente que el derecho a las armas y defensa personal es un derecho humano concedida por la providencia que ningún gobierno puede quitar. Los textos antiguos, incluyendo la filosofía humana y escritos religiosos reconocen el derecho a la autodefensa. Este derecho no puede ser separado del derecho de poseer las herramientas de defensa.

Nuestro derecho a las armas es un derecho natural preexistente. Es un derecho fundamental para a todas las personas de carácter moral. El derecho existe desde mucho antes de la fundación de los EE.UU. o México. Es un derecho inherente a nuestras propias vidas. En efecto, ¿qué derecho es mayor que nuestro apretado para preservar nuestra propia vida con las herramientas de defensa - ya que la mano vacía, la espada, el mosquete o la pistola moderna?

Debido a que cada estado emite el permiso, otro de los temas que estamos enfrentando en los EE.UU. es si el permiso es honrado por otros estados cuando viajamos. Algunos estados no honrar o reconocer los permisos de otros estados. ¿Deben nuestros derechos fundamentales terminar en una línea de estado?

Nuestra Constitución exige que la fe y el crédito se darán los actos públicos y documentos de cada estados. Nuestra licencia para conducir es honrado en todos los estados: ¿por qué no nuestra licencia para llevar un arma de fuego? El Tribunal Supremo decidió recientemente que cada estado debe reconocer la licencia de matrimonio de todos los otros estados - incluyendo los matrimonios del mismo sexo. El Tribunal consideró, además, que ningún Estado debería prohibir pareja del mismo sexo reciban una licencia de matrimonio. Cualquier Estado que no haya expedido licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo estaría violando la igualdad de protección.

El matrimonio gay no es un derecho fundamental enumerado en nuestra Constitución, pero el derecho a tener y portar armas es enumerado. La misma aceptación de certificados de matrimonio y los permisos de conducción expedidos por cada estado debe aplicarse también a las licencias de armas expedidos por cada estado.

Pronto, espero que se convierta en ley establecida en los EE.UU. que los Estados no pueden negar una licencia para llevar a debido a un burócrata no cree que el solicitante ha demostrado suficiente necesidad. Es un derecho - no un privilegio. Una persona no debería tener que demostrar la necesidad de practicar una religión o hablar libremente. También espero que se convertirá en ley establecida que nuestra licencia para llevar debe ser honrado en cualquier lugar de los EE.UU. El derecho fundamental a la auto preservación no debe terminar en una línea de estado.
 
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absolutamente de acuerdo con sus razónes que expresa, compañero Pacifikaww, desafortunadamente, en México, los que gobiernan, después siglos de abusos, no están preparados ellos en cumplir la ley,
desafortunádamente, la aplicación de las leyes, no son generales, hay gente privilegiada, y otros totalmente desprotegidos, aclaro no en toda la Republica,
 
al 100% de acuerdo con ud. somos tratan como si hubiera ciudadanos de 1era,2da y hasta tercera categoria, siendo que todos pagamos los mismos impuestos y posiblemente mas que los de primera ya que ellos tienen contadores de gran "ingenieria fiscal"
 
Pues creo yo que es el momento de movernos y llevarlo a la Suprema Corte como el caso del consumo de la Mariguana. Seguro que se le da la razón al ciudadano honesto para que sea un derecho y no un privilegio el poder defender su vida.

Solo es cuestión de organizarnos para hacer un caso similar al que hoy se resolvio favorablemente la SCJ, el de consumir mariguana.
 
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