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PROHIBICION MASIVA - REFORMA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

Y q pasará también con las.muras telescópicas de los rifles alto poder???
 
Y las red dot... para cosas tipo steel challenge? Digo, poruqe ya me imagino uno tratando de explicar a la polecia las diferencias de holografica vs red dot...suerte. O que si el arma de CO2 trae una "tipo" holografica ya nos van a querer fincar.
Pero bueno, esto quiere el pueblo bueno y savio...edá?
 
Para los que votaron por AMLO, ahi les va una obra de arte pend..s, para los que son tiradores responsables mi mas sentido pésame, por que el Articulo 10 de la constitución ya va para atrás.


En resumen estos son los cambios a la ley:

Calibres prohibidos:
La reforma prohíbe las pistolas calibre 9 mm, .357, .22’’ Magnum, Hornet y TCM, no habrá permisos para ellas. Explica la reforma que producen mayor daño en el cuerpo que las .380 o las 9 mm short/kurtz y son de tipo semiautomáticas.

Aseguramiento de armas pesadas: Las fiscalías no podrán tener resguardadas como evidencias las armas decomisadas calibre .50 o superiores (como los Barrett o “mata-policías”), ni lanzagranadas, ni lanzacohetes. El Ejército debe asegurarlas para evitar que el crimen organizado intente recuperarlas.

Delito la venta online: Se crea el nuevo delito de ventas de armas por plataformas online (comercio electrónico), por paquetería, mensajería y el Servicio Postal Mexicano.

Equipo prohibido: Está prohibido portar o poseer silenciadores, equipos de visión nocturna, designadores láser (miras), las miras holográfica y térmica, y todo accesorio para mejorar el uso de armamento. Ahora se considera de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

Segundo responsable: Al registrar un arma, el titular debe designar un “heredero” para asumir la responsabilidad en caso de que fallezca o se ausente el titular del arma.

Tiradores deportistas o cazadores: Deben estar inscritos en un club de tiro acreditado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y además deben seguir reglas más estrictas sobre la posesión, traslado y tipo de armas que usan.

Armas en el campo: Dará certeza jurídica a ejidatarios, comuneros y jornaleros para sus armas fuera de zonas urbanas.

Colecciones: Regulan las colecciones de armas privadas o de museos, con permiso de la Sedena. Los dueños no pueden tener municiones de las armas en exhibición.

Pirotecnia: Restringe la fabricación de explosivos improvisados, como la pirotecnia, y las de carga incendiaria, tóxica, química, biológica o radiológica. La reforma argumenta las trágicas explosiones en Tultepec, Estado de México, y otras, que han dejado decenas de muertos en años recientes.

Explosivos: Prohíbe la posesión, portación, transporte y empleo de explosivos improvisados.

Armas no de fuego: Regula las armas de gas, aire compromiso o pistón cuyo calibre sea superior al diámetro de 5.5 mm.

Campos de tiro: Regula los campos de tiro, deben estar autorizados por la Sedena.

Permisos: Regula las armas que pueden poseer la Guardia Nacional (GN), las instituciones policiales y de procuración de justicia de nivel federal, estatal y municipal; así como organismos públicos y empresas de seguridad privada; y ciudadanos que cumplan los requisitos para recibir la licencia.

Penas:

  • Establece multas y penas de prisión que varían de dos a ocho años, por alterar armas de fuego. También hay penas por prestar armas.
  • Por portar arma de fuego las sanciones van desde tres meses hasta los 30 años, según el arma y falta.
  • Penas de cárcel por importar armas o piezas o componentes ilegalmente desde cuatro hasta diez años.


__


Adios tambien a sus .223, ya que estan dentro de los nuevos parametros de uso exclusivo. Quien sabe que pasara con los benellis, porque ya son ilegales para los civiles.

Ver el archivo adjunto 871106

Y por ultimo, dándole la facultad de todo a la SEDENA, ya si quieren ellos te dicen que no puedes tenerla por sus características, quien sabe si serán tipo "acepta cargadores ampliados", "se ve táctica", "tiene cañon roscado", "es optics-ready", todo lo del diablo pues. Mucha suerte gente, armense tienen 3 meses para que entre en vigor.

Ver el archivo adjunto 871107

Compañero, coincido con Usted en casi todo, excepto en la última parte, siempre nos quejamos a partir de lo que creemos, pero no estudiamos y además no sabemos, en muchas discusiones del foro especialmente en lo relativo a rifles en plataforma AR se han manifestado los compañeros en relación a que la SEDENA no tiene facultades para negarlos y demás, y yo siempre he manifestado que no estoy de acuerdo en esa afirmación (ojo no estoy de acuerdo en lo que hacen), pero el texto que usted pone del artículo 19 ya esta en la Ley y es precisamente esa facultad discrecional la que SEDENA aprovecha.

Saludos,
 
Que nos irá a pasar los que ya tenemos registradas pistolas 22 magnum, las tendremos que regresar? Ya no nos venderán cartuchos?
 
Les comparto este video, es un poco más rápido y conciso con lo que se prohibirá, hasta los rifles de AIRE COMPRIMIDO/GAS/PISTÓN arriba de .22/5.5mm, serán regulados. No se sabe que regulación, pero no me esperaría que tuvieran PETA en el mejor de los casos. En fin, a ver si en Culiacán traen .22lr "tacticos", .223 con PETA, 7mm de cerrojo, hasta PCPs .50, porque seguramente esa es la manera de combatir el crimen, prohibirlos.

Video:

¡URGENTE! 🚨 ¡NUEVA LEY DE ARMAS DE FUEGO EN MÉXICO! 📢🔫🇲🇽

Créditos a Sipde México.
 
Ojalá femeti y femeca alcancen a hacer algo rápido, antes de que sea votada esta ley.. no hay mucho tiempo.
Son organismos que solo sirven para cobrar a los socios, les mandas un correo solicitando información de algún club que esta afiliado a ellos y ni siquiera te responden, menos van a hacer algo, quizá lo más que puedan hacer es presentar un escrito pedorro haciendo como que trabajan en pro de la caza y el tiro en México.

Ojalá y me tapen el hocico haciendo algo de verdad.
 
Son organismos que solo sirven para cobrar a los socios, les mandas un correo solicitando información de algún club que esta afiliado a ellos y ni siquiera te responden, menos van a hacer algo, quizá lo más que puedan hacer es presentar un escrito pedorro haciendo como que trabajan en pro de la caza y el tiro en México.

Ojalá y me tapen el hocico haciendo algo de verdad benéfico a la comunidad cazadora y tiradora del país.
 
Para los que votaron por AMLO, ahi les va una obra de arte pend..s, para los que son tiradores responsables mi mas sentido pésame, por que el Articulo 10 de la constitución ya va para atrás.


En resumen estos son los cambios a la ley:

Calibres prohibidos:
La reforma prohíbe las pistolas calibre 9 mm, .357, .22’’ Magnum, Hornet y TCM, no habrá permisos para ellas. Explica la reforma que producen mayor daño en el cuerpo que las .380 o las 9 mm short/kurtz y son de tipo semiautomáticas.

Aseguramiento de armas pesadas: Las fiscalías no podrán tener resguardadas como evidencias las armas decomisadas calibre .50 o superiores (como los Barrett o “mata-policías”), ni lanzagranadas, ni lanzacohetes. El Ejército debe asegurarlas para evitar que el crimen organizado intente recuperarlas.

Delito la venta online: Se crea el nuevo delito de ventas de armas por plataformas online (comercio electrónico), por paquetería, mensajería y el Servicio Postal Mexicano.

Equipo prohibido: Está prohibido portar o poseer silenciadores, equipos de visión nocturna, designadores láser (miras), las miras holográfica y térmica, y todo accesorio para mejorar el uso de armamento. Ahora se considera de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

Segundo responsable: Al registrar un arma, el titular debe designar un “heredero” para asumir la responsabilidad en caso de que fallezca o se ausente el titular del arma.

Tiradores deportistas o cazadores: Deben estar inscritos en un club de tiro acreditado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y además deben seguir reglas más estrictas sobre la posesión, traslado y tipo de armas que usan.

Armas en el campo: Dará certeza jurídica a ejidatarios, comuneros y jornaleros para sus armas fuera de zonas urbanas.

Colecciones: Regulan las colecciones de armas privadas o de museos, con permiso de la Sedena. Los dueños no pueden tener municiones de las armas en exhibición.

Pirotecnia: Restringe la fabricación de explosivos improvisados, como la pirotecnia, y las de carga incendiaria, tóxica, química, biológica o radiológica. La reforma argumenta las trágicas explosiones en Tultepec, Estado de México, y otras, que han dejado decenas de muertos en años recientes.

Explosivos: Prohíbe la posesión, portación, transporte y empleo de explosivos improvisados.

Armas no de fuego: Regula las armas de gas, aire compromiso o pistón cuyo calibre sea superior al diámetro de 5.5 mm.

Campos de tiro: Regula los campos de tiro, deben estar autorizados por la Sedena.

Permisos: Regula las armas que pueden poseer la Guardia Nacional (GN), las instituciones policiales y de procuración de justicia de nivel federal, estatal y municipal; así como organismos públicos y empresas de seguridad privada; y ciudadanos que cumplan los requisitos para recibir la licencia.

Penas:

  • Establece multas y penas de prisión que varían de dos a ocho años, por alterar armas de fuego. También hay penas por prestar armas.
  • Por portar arma de fuego las sanciones van desde tres meses hasta los 30 años, según el arma y falta.
  • Penas de cárcel por importar armas o piezas o componentes ilegalmente desde cuatro hasta diez años.


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Adios tambien a sus .223, ya que estan dentro de los nuevos parametros de uso exclusivo. Quien sabe que pasara con los benellis, porque ya son ilegales para los civiles.

Ver el archivo adjunto 871106

Y por ultimo, dándole la facultad de todo a la SEDENA, ya si quieren ellos te dicen que no puedes tenerla por sus características, quien sabe si serán tipo "acepta cargadores ampliados", "se ve táctica", "tiene cañon roscado", "es optics-ready", todo lo del diablo pues. Mucha suerte gente, armense tienen 3 meses para que entre en vigor.

Ver el archivo adjunto 871107
Compañero, gracias por su resumen. El 22 magnum queda prohibido solo en pistolas o en rifle tambien?
 
A 12 días de concluir su sexenio, el presidente Andrés Manuel López Obrador envió una propuesta de reforma a la Cámara de Diputados para dar certeza jurídica para la portación de armas de fuego a jornaleros, comuneros y ejidatarios para la protección de sus bienes.
En el caso de los ejidatarios, comuneros y jornaleros interesados en poseer un arma, la iniciativa dice que tendrán que comprobar su calidad a través de documentos emitidos por autoridades agrarias o de las localidades donde residen.

En la exposición de motivos, la iniciativa señala que “como una acción de inclusión, se establece la certeza jurídica para la portación de armas de fuego permitidas, para las personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados y jornaleras del campo, así como pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, con el fin de facultarlos y garantizar la portación fuera de las zonas urbanas para la protección de sus bienes jurídicos tutelados y evitar que sean consignados por las autoridades por la portación de armas de fuego”.
Entre las armas que se podrían poseer están las pistolas semiautomáticas de calibre no superior al .380 y su equivalente 9×17 mm o 9mm Short o 9mm Kurz.
De igual forma los rifles .22 y escopetas de cualquier calibre, exceptuando las de cañón de longitud inferior a 635 mm y las de calibre superior a 18.5 mm.

Además, en la exposición de motivos se explica que la iniciativa busca que integrantes de instituciones como Pemex, Banxico, la Casa de Moneda y el Servicio de Administración Tributaria puedan poseer armas, pues “en México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública”.

Reforma también busca un mayor control en las armas de fuego​

Si bien la reforma propuesta por el presidente López Obrador permite la posesión de armas de fuego a un sector de la población, al mismo tiempo endurece las penas y fortalece el control de armamento para intentar reducir los homicidios y el tráfico ilegal.
Según la iniciativa presidencial, el 70% de las muertes no naturales en México son provocadas con armas de fuego. Además, anualmente 213 mil armas de fuego entran al país de manera ilegal, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para intentar atender este problema, entre otros temas la iniciativa propone que la Presidencia de la República, junto con la Secretaría de la Defensa Nacional, tengan un control total sobre la expedición de permisos, licencias y manifestaciones de armas de fuego, además del registro y control de las actividades de fabricación y comercialización.
La iniciativa también propone una mayor regulación a los calibres .357, .22’’ Magnum, Hornet y TCm, debido a que por sus características balísticas poseen mayor capacidad de alcance y velocidad que desarrollan al momento del disparo.

Por seguridad nacional, también se incluye la prohibición del envío de armas, municiones, explosivos, sustancias químicas reguladas y pirotecnia por el Servicio Postal Mexicano o de empresas de paquetería, así como plataformas de internet.

LES DEJO ENLASE DE LA NOTA POR SI LES INTERESA.

 
Reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos



La Mesa Directiva dio cuenta de la segunda iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, la cual reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de establecer que la emisión de permisos y licencias de dichos artefactos será exclusivamente responsabilidad del presidente de la República y la Sedena.



Asimismo, se señala que el control y registro de operaciones relacionadas con armas en el país, así como su fabricación y comercialización, también será facultad del Ejecutivo Federal y la Secretaría.



El proyecto enviado a la Comisión de Defensa señala que, al registrar un arma, se deberá designar a una persona responsable en caso de fallecimiento del titular. También se regulan calibres específicos y se otorgar certeza jurídica para la portación de armas a grupos como ejidatarios y comunidades indígenas.



La iniciativa introduce requisitos para la comercialización de cartuchos, limitándola a armas registradas y ampliando las infracciones para quienes posean cartuchos sin el correspondiente registro.

ESTA INFORMACION ES DEL CANAL DEL CONGRESO.

 
Dice rifles …. 30 y ….similares así que adiós 30-30, 308 y 300 en cualquier modelo y tipo de acción… adiós caza. Sin duda hay redacción de sedena pero también tiene mucha influencia anti-caza

Pues por el momento no se ha prohibido la caza (¿No sé si más adelante?). Pero si no quieren tener problemas de interpretación de la ley tendrían que usar calibres como el .243, .270, .22-250, .222, o cualquiera llamado 6mm. A lo mejor el 6.5 credemor tiene futuro, pero si no los viejos conocidos .243 y. 270 serían la apuesta más segura.

No me queda claro si con esta reforma van sobre calibres deportivos como el .308 o .30-06, pero como está redactada la ley si lo desean en cualquier momento pueden ir por ellos. Tal vez no sea su intención ahorita, pero lo pueden hacer en el futuro.
 
Si esta ley pasa, debemos unirnos y dejar de tirar y cazar una temporada, para que no tengan los ingresos a los que ya estan acostumbrados en PETAS...
Eso me parese buena idea pero veo dificil qe todos nos podamos unir a este proyecto porqe desafortunadamente sin ofender a nadie aqi en mexico no ai union cadaqien ve porsu propio interes segun su propio punto de vista y posibilidades pero devemos recordar qe la UNION ase la fuerza. Saludos
 
Si esta ley pasa, debemos unirnos y dejar de tirar y cazar una temporada, para que no tengan los ingresos a los que ya estan acostumbrados en PETAS...
El sueño de SEDENA hecho realidad, que todos dejemos de tirar.

No se cual sea el presupuesto anual de SEDENA pero estoy seguro que el ingreso por permisos es una nada comparado con su presupuesto.
 
O bien que la ley no sea retroactiva y que esos efectos apliquen para cuando se apruebe. Porque son miles de armas las comprometidas con esa nueva ley.
 
El sueño de SEDENA hecho realidad, que todos dejemos de tirar.

No se cual sea el presupuesto anual de SEDENA pero estoy seguro que el ingreso por permisos es una nada comparado con su presupuesto.
pero no solo se caen las PETAS, tambien la derrama del turismo cinegético que dejará de entrar al país...
 
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pero no solo se caen las PETAS, tambien la derrama del turismo cinegético que dejará de entrar al país...
Esa le apuesto que no se la van a perder, seguro por ahí habrá una modalidad para que el campo cinegético reciba las armas de los extranjeros cacen dentro del campo y se las regresen a sus países. Digo también supongo algunos militares van a poder seguir cazando con sus rifles con municiones y armas más baratas. En fin los bosques y selvas como hoteles en cuba para los extranjeros, el gobierno y sus cuates
 
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