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Que se necesita para transportar cargadores?

Les platico que ayer compré dos cargadores en DECAM y hoy los traladé en avión; y con toda la seguridad por hacer las cosas en regla, los declaré en el mostrador y amablemente me acompañaron a las oficinas de la PFP para su debido registro. Únicamente me pidieron la hoja rosa y mi identificación, los mismos quisitos que se piden para su compra.
 
Que bien compañero gracias por la informacion saludos
 
Desgraciadamente en nuestro pais, los que aplican la ley (polecias), la desconocen
 
Desgraciadamente los que aplican la ley y los representantes de la misma,en mexico la desconocen
 
asi como estan las cosas yo no me animaria a transportar un cargador sin traer el arma con su Permiso extraodinario de transportacion... ya ves como esta la insegurida y los retenes
 
para transportar cargadores en el territorio nacional en mexico, ocupas checar la ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en especifico el articulo 83 Quintus, de igual forma el art 9, 10 y 11 de la misma ley, checa que sea la ley actualizada y con las nuevas reformas.
"...Artículo 83 Quintus.- Al que de manera ilícita posea cargadores de cartuchos para armas de fuegode uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le sancionará:I.- Con prisión de uno a dos años y de cincuenta a cien días multa, cuando se trate de dos y hastacinco cargadores.II.- Con prisión de dos a cinco años y de cien a doscientos días multa, cuando se trate de más decinco cargadores."
 
No mencionas qué tipo de cargadores, ni la cantidad de los mismos que pretendes transportar. La Ley prohíbe la posesión, comercialización y transporte de cargadores y cartuchos de uso reservado, es decir los destinados para la guerra.
Al parecer, la LFAFE no prohíbe de manera expresa los cargadores para calibres permitidos a los civiles.
 
alguien que tenga en venta un cargador ruger de 25 o de 50, de preferencia en la ciudad de mexico o morelos por favor
 
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