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Registrar la Propiedad de su Arma Ante NOTARIO

Xingk2000

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Estimados compañeros viciosos! Ayer me pase todo el día en la calle y llamando por teléfono las notarias del DF del Sur y Centro de la ciudad que es donde me muevo normalmente , después de visitar varias y llamar a otras tantas ( de hecho ya hasta me hacia bolas y sin darme cuenta llame dos veces a un par de ellas y después entendí que ya había hablado a esas jaja) pues aquí están los resultados.

REGISTRAR LA PROPIEDAD UN ARMA ANTE NOTARIO PUBLICO

POR FAVOR LEAN TODO COMPLETO no se desesperen es importante:

1.- Lo que necesitan es una “Fe de Hechos” o una “Manifestación de Hechos” o “Manifestación de propiedad” este proceso cualquier notaria del país lo debe hacer , lo que sucede es que cuando se escucha la palabra “Armas” algunos secretarios de los notarios como que se espantan y ya no saben que hacer o que decirte pero TODAS las notarias del país están facultadas para hacer esto , pues un arma es un “Bien Inmueble” y como todo bien inmueble se puede hacer una Fe de Hechos o una Manifestación ante notario de su propiedad.

2.- Los Documentos necesarios son: Copia del Registro ante Sedena del arma, copia de su IFE y llevar dos testigos con su IFE y copia de su IFE quienes declararán ante el notario, también se recomienda aunque NO es requisito llevar su copia de credencial del club, FEMETI ( Si la tienen ) o Licencia de Cacería ( si la tienen ), así como fotografías del arma donde se aprecie su numero de serie y sus características.


3.- Que se hace?? Como funciona es que se debe hacer una CITA con el notario y se entregan todos los documentos antes de la cita para que el ya los tenga y prepare el escrito y se paga. Se presentaran a la cita Usted y sus dos testigos , donde los testigos dirán que a ellos les consta ( bajo pena de cárcel si mienten ) :
a ) Que a ellos les consta que es usted una persona que practica el tiro o cacería deportiva
b ) Que esta usted debidamente registrado en la SEDENA con esas armas.
c ) Que esas armas descritas son DE SU Legitima Propiedad y de nadie más. ( ESTO ES LO MAS IMPORTANTE )

ADICIONALMENTE A SU GUSTO TAMBIEN PUEDEN:
d ) Declarar que es usted miembro del club del que presenta credencial y por ello tiene el legitimo uso de esas armas.
e ) Que tiene usted “tantos” años con la propiedad de esas armas.

Todo esto se hace el mismo día y se los entregan el mismo día o al día siguiente dependiendo la notaria.


LOS COSTOS:
Los costos van alrededor de los 2,000 a 2,500 pesos dependiendo la notaria, abajo al final les sugiero las mejores que encontré, aunque repito TODAS estan facultadas para hacer este trámite.

CONSIDERACIONES QUE DEBEN TOMAR:

OJO hay algunas cosas importantes a meditar antes de hacer este proceso:

1.- Si por algún motivo la autoridad llegase a descubrir que mintieron en su declaración es CARCEL.

2.- Esta Acta funciona como una Factura pero NO ES una factura es decir comprueba la propiedad del Arma pero no puede comprobar su procedencia, ni tampoco puede endosarse o cederse como si fuera una Factura , esto que quiere decir?? Que no ampara de donde sacaron el arma por un lado y por el otro SI LA LLEGAN A VENDER ya se amolaron!!!! Por que aún cuando hagan el cambio de propietario del registro en Sedena el Arma sigue siendo suya ante el notario y si en algún momento la persona a la que se la vendieron hace mal uso de ella , el ARMA ES LEGALMENTE TUYA así que le entras a la bronca también. Tendrías que volver a ir a la notaria con 2 testigos a decir que ya no es tuya que ya la vendiste y hacer una nueva acta con nuevo costo.

3.- Una sola persona puede incluir en la misma acta todas sus armas por el mismo costo, pero quedan amarradas en una sola acta todas , después no las puedes separar a menos que hagas otra acta, con nuevo costo.

Por lo tanto se recomienda que solo hagas este proceso con las armas que ya estas seguro que te vas a quedar y no venderás.
También se recomienda que solo hagas este trámite si estas seguro de la procedencia legal de tus armas, ejemplo : el que te la vendió la obtuvo ilícitamente y tu ya te fuiste a amarrar al notario a decir que es tuya, si al rato la PGR se da cuenta que esa arma es de las que entraron al país por el rápido y furioso que estaban rastreando, ya te atoraste tu solo al ir a decir a un notario que es Tuya de tu legitima propiedad.


ESO ES TODO!!!! ESTO ES TODO LO QUE NECESITAN Y TODO LO QUE PUDE INDAGAR.
SI TIENEN ALGUNA DUDA POR FAVOR NO DUDEN EN PREGUNTARLE A QUIEN MAS CONFIANZA LE TENGAN POR QUE YO YA NO SE NADA MAS!!!:excer:


Las dos mejores notarias donde me atendieron mas amable y cuesta menos el trámite en el DF son :


NOTARIA 5
Motolinía 6, Centro, Cuauhtémoc, 06000 Ciudad de México, D.F.
01 55 5521 2424 ( Costo del Acta 2,000 pesos )

NOTARIA 198
Av. Taxqueña 1385, Coyoacán, Campestre Churubusco, 04200 Ciudad de México, D.F.
01 55 5689 8277 ( Costo del Acta 2,500 pesos )

PERO REPITO EN CUALQUIER NOTARIA SE PUEDE SOLO QUE ALGUNAS NO SABEN QUE PUEDEN. :animrofl:
 
a como yo lo veo para encerrarte mas años en caso de un problema

el 99% de las armas en México entraron de una manera ilegal al país y tu no sabes si esta reportada o no como robada en el país de origen
 
y esto como para que o que nos puede servir???

Funciona a "manera" de Factura para los compañeros que no compraron su Arma en DCAM y que por lo tanto no tienen factura para comprobar la legitima propiedad de un arma de fuego
 
a como yo lo veo para encerrarte mas años en caso de un problema

el 99% de las armas en México entraron de una manera ilegal al país y tu no sabes si esta reportada o no como robada en el país de origen


Es correcto Jerry , yo por ejemplo me gustaría registrar un rifle que era de mi abuelo tiene por lo menos 100 años en mi familia y estoy seguro que nunca lo vendere y si ingreso al país de ilegal fue en la revolucion o algo así .
 
A mi parecer, con solo el registro, estas demostrando que el arma esta en tu poder, y a tu nombre con tu domicilio, y si esta a tu nombre, con tu domicilio y en tu poder, pos es mas claro que el agua, el arma es tuya, no es como una pieza de museo nacional, que la ley dice, que si tu posees un tesoro nacional ( supongamos el penacho de moctezuma ) tu obligacion es registrarlo alnte las autoridades correspondientes y te dan la guarda y custodia del penacho en cuestion, si en caso de que el museo o auroridad lo requieran, te lo pediran para exibirlo o hacerle estudios, pero al final de cuentas, es tesoro nacional, propiedad de la nacion y solo te otorgan la guarda y custodia, en el caso de un arma, como tu dices, es un bien " mueble " mas no inmueble y se me haria absurdo pagar por una pistola de 1,000 pesos un valor de fe de propiedad la cantidad de 2,500 pesos cuando con el registro, es mas que suficiente, la ley no te pide que demuestres que es tu propiedad, la ley solo te exige que resgitres tus armas para un control posterior
 
SEXTA SECCION

REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

ARTICULO 15.- LA MANIFESTACION Y EL REGISTRO DE LAS ARMAS, NO SIGNIFICA RECONOCIMIENTO ALGUNO DE PROPIEDAD Y LEGITIMIDAD DE SU POSESION, NI LICENCIA DE PORTACION, LA QUE SE CONCEDERA PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.

Se trata de manifestar la propiedad legitima a falta de factura entregada por la dcam , ósea cuando por la razón que fuere la autoridad que fuere te recoge tu arma , para pedirla de regreso necesitas acreditar la propiedad


A mi parecer, con solo el registro, estas demostrando que el arma esta en tu poder, y a tu nombre con tu domicilio, y si esta a tu nombre, con tu domicilio y en tu poder, pos es mas claro que el agua, el arma es tuya, no es como una pieza de museo nacional, que la ley dice, que si tu posees un tesoro nacional ( supongamos el penacho de moctezuma ) tu obligacion es registrarlo alnte las autoridades correspondientes y te dan la guarda y custodia del penacho en cuestion, si en caso de que el museo o auroridad lo requieran, te lo pediran para exibirlo o hacerle estudios, pero al final de cuentas, es tesoro nacional, propiedad de la nacion y solo te otorgan la guarda y custodia, en el caso de un arma, como tu dices, es un bien " mueble " mas no inmueble y se me haria absurdo pagar por una pistola de 1,000 pesos un valor de fe de propiedad la cantidad de 2,500 pesos cuando con el registro, es mas que suficiente, la ley no te pide que demuestres que es tu propiedad, la ley solo te exige que resgitres tus armas para un control posterior
 
si son muy careros los notarios en el DF, aca en Mich una acta destacada sale en 500 pesos, y la falsedad en declaraciones ante notario no amerita pena privativa de la libertad...

por otro lado por lo que toca al registro por cambio de propietario ahi mismo le ponen "cambio de propietario".. tal vez en un robo de armas, cuando se hace la denuncia ante el mp, para acreditar la propiedad y solo en caso de que se recuperen las armas se pudiera solicitar la devolucion con el acta destacada, siempre y cuando el mp lo considere documento valido con ese fin..
 
Entonces deberian de pedirte una factura al momento que tu hagas cambios de propietarios o en el momento que llevas a registrar un arma de calibre legal que por azares del destino llego a tus manos, pero eso no te lo piden ya que solo te dicen, ife, curp, comprobante de domicilio, credencial de club en caso de que se requiera y tu pago con las claves y cadenas

eso es un mero tecnisismo de la ley

es como si vas caminando por la calle y te detiene un policia y te dice, muestreme la factura de su ropa, por que de no poder comprobarlo, te encueramos o te metemos al bote, por lo que portas y no comprobaste que lo adquiriste con factura

sexta seccion

reglamento de la ley federal de armas de fuego y explosivos

articulo 15.- la manifestacion y el registro de las armas, no significa reconocimiento alguno de propiedad y legitimidad de su posesion, ni licencia de portacion, la que se concedera previo cumplimiento de los requisitos legales.

Se trata de manifestar la propiedad legitima a falta de factura entregada por la dcam , ósea cuando por la razón que fuere la autoridad que fuere te recoge tu arma , para pedirla de regreso necesitas acreditar la propiedad
 
Pues si en efecto eso deberían, pero adivina que es lo que hacen si te la recoge un reten de policía local del municipio tal por que no saben como se ve un registro de arma de la sedena, también debería de no existir la corrupción, también debería haber un menor indice de analfabetismo en el país, también deberían comprarme las chácharas que he vendido en este foro sin regatear :guino1:

Entonces deberian de pedirte una factura al momento que tu hagas cambios de propietarios o en el momento que llevas a registrar un arma de calibre legal que por azares del destino llego a tus manos, pero eso no te lo piden ya que solo te dicen, ife, curp, comprobante de domicilio, credencial de club en caso de que se requiera y tu pago con las claves y cadenas

eso es un mero tecnisismo de la ley

es como si vas caminando por la calle y te detiene un policia y te dice, muestreme la factura de su ropa, por que de no poder comprobarlo, te encueramos o te metemos al bote, por lo que portas y no comprobaste que lo adquiriste con factura
 
Yo solo dejo aqui una opción para los que quieran tener una doble seguridad en lo que debería suceder en nuestro país y no sucede.
 
Solo como observación, si hay un reten y la estás transportando, debes acreditar que vas al campo de tiro o vienes de él así como mostrar tu credencial del club, transportación y tu registros con lo que sería más que sufucuente; si no traes nada de esto y presentas tu papel notariado ¿que crees?... decomisan el arma y te detienen por faltar a la LFAFyE...

Si tienes arma no registrada ¿porque el calibre no es permitido? o por no haber hecho el trámite correspondiente, si es por lo segundo como bien dice john dillinger, no hacen mayor averiguación, lleva tus documentos y pagas tus $ 44.00 y listo, queda a tu nombre a partir de la fecha del documento.
 
Creo que la confusion viene de que este tema se desprende de otro tema , a lo mejor ahi la regué en postearlo como un solo tema separado , este asunto viene de otros temas en el Foro donde a algún compañero teniendo todos sus documentos y PETAs en regla le recogían el arma por una arbitrariedad y entonces para reclamarla le pedían la factura del arma , de ahi que venga todo este asunto sobre que hace uno cuando no hay factura del arma por que era del abuelo y bla bla bla......






Solo como observación, si hay un reten y la estás transportando, debes acreditar que vas al campo de tiro o vienes de él así como mostrar tu credencial del club, transportación y tu registros con lo que sería más que sufucuente; si no traes nada de esto y presentas tu papel notariado ¿que crees?... decomisan el arma y te detienen por faltar a la LFAFyE...

Si tienes arma no registrada ¿porque el calibre no es permitido? o por no haber hecho el trámite correspondiente, si es por lo segundo como bien dice john dillinger, no hacen mayor averiguación, lleva tus documentos y pagas tus $ 44.00 y listo, queda a tu nombre a partir de la fecha del documento.
 
Ah ok, ya se entiende mejor la razón de ser de estos comentarios, aquí algun compañero de mas experiencia y/o abogado, contador, notario, etc. etc. etc. tal vez pudiera aclarar si el registro del arma no comprada en SDN pueda suplir esa figura de la factura.
 
Solo como observación, si hay un reten y la estás transportando, debes acreditar que vas al campo de tiro o vienes de él así como mostrar tu credencial del club, transportación y tu registros con lo que sería más que sufucuente; si no traes nada de esto y presentas tu papel notariado ¿que crees?... decomisan el arma y te detienen por faltar a la LFAFyE...

Si tienes arma no registrada ¿porque el calibre no es permitido? o por no haber hecho el trámite correspondiente, si es por lo segundo como bien dice john dillinger, no hacen mayor averiguación, lleva tus documentos y pagas tus $ 44.00 y listo, queda a tu nombre a partir de la fecha del documento.

que tiene que ver la transportación con lo que estamos hablando ???????????????????????
 
Fue por lo que se comentó de la situación en que te toque retén...
 
no entendi para que se hace todo este movimiento, creo que solo con el registro del arma es suficiente
 
estimados compañeros viciosos! Ayer me pase todo el día en la calle y llamando por teléfono las notarias del df del sur y centro de la ciudad que es donde me muevo normalmente , después de visitar varias y llamar a otras tantas ( de hecho ya hasta me hacia bolas y sin darme cuenta llame dos veces a un par de ellas y después entendí que ya había hablado a esas jaja) pues aquí están los resultados.

Registrar la propiedad un arma ante notario publico

por favor lean todo completo no se desesperen es importante:

1.- lo que necesitan es una “fe de hechos” o una “manifestación de hechos” o “manifestación de propiedad” este proceso cualquier notaria del país lo debe hacer , lo que sucede es que cuando se escucha la palabra “armas” algunos secretarios de los notarios como que se espantan y ya no saben que hacer o que decirte pero todas las notarias del país están facultadas para hacer esto , pues un arma es un “bien inmueble” y como todo bien inmueble se puede hacer una fe de hechos o una manifestación ante notario de su propiedad.

2.- los documentos necesarios son: Copia del registro ante sedena del arma, copia de su ife y llevar dos testigos con su ife y copia de su ife quienes declararán ante el notario, también se recomienda aunque no es requisito llevar su copia de credencial del club, femeti ( si la tienen ) o licencia de cacería ( si la tienen ), así como fotografías del arma donde se aprecie su numero de serie y sus características.


3.- que se hace?? Como funciona es que se debe hacer una cita con el notario y se entregan todos los documentos antes de la cita para que el ya los tenga y prepare el escrito y se paga. Se presentaran a la cita usted y sus dos testigos , donde los testigos dirán que a ellos les consta ( bajo pena de cárcel si mienten ) :
A ) que a ellos les consta que es usted una persona que practica el tiro o cacería deportiva
b ) que esta usted debidamente registrado en la sedena con esas armas.
C ) que esas armas descritas son de su legitima propiedad y de nadie más. ( esto es lo mas importante )

adicionalmente a su gusto tambien pueden:
D ) declarar que es usted miembro del club del que presenta credencial y por ello tiene el legitimo uso de esas armas.
E ) que tiene usted “tantos” años con la propiedad de esas armas.

Todo esto se hace el mismo día y se los entregan el mismo día o al día siguiente dependiendo la notaria.


Los costos:
Los costos van alrededor de los 2,000 a 2,500 pesos dependiendo la notaria, abajo al final les sugiero las mejores que encontré, aunque repito todas estan facultadas para hacer este trámite.

Consideraciones que deben tomar:

Ojo hay algunas cosas importantes a meditar antes de hacer este proceso:

1.- si por algún motivo la autoridad llegase a descubrir que mintieron en su declaración es carcel.

2.- esta acta funciona como una factura pero no es una factura es decir comprueba la propiedad del arma pero no puede comprobar su procedencia, ni tampoco puede endosarse o cederse como si fuera una factura , esto que quiere decir?? Que no ampara de donde sacaron el arma por un lado y por el otro si la llegan a vender ya se amolaron!!!! Por que aún cuando hagan el cambio de propietario del registro en sedena el arma sigue siendo suya ante el notario y si en algún momento la persona a la que se la vendieron hace mal uso de ella , el arma es legalmente tuya así que le entras a la bronca también. Tendrías que volver a ir a la notaria con 2 testigos a decir que ya no es tuya que ya la vendiste y hacer una nueva acta con nuevo costo.

3.- una sola persona puede incluir en la misma acta todas sus armas por el mismo costo, pero quedan amarradas en una sola acta todas , después no las puedes separar a menos que hagas otra acta, con nuevo costo.

Por lo tanto se recomienda que solo hagas este proceso con las armas que ya estas seguro que te vas a quedar y no venderás.
También se recomienda que solo hagas este trámite si estas seguro de la procedencia legal de tus armas, ejemplo : el que te la vendió la obtuvo ilícitamente y tu ya te fuiste a amarrar al notario a decir que es tuya, si al rato la pgr se da cuenta que esa arma es de las que entraron al país por el rápido y furioso que estaban rastreando, ya te atoraste tu solo al ir a decir a un notario que es tuya de tu legitima propiedad.


Eso es todo!!!! Esto es todo lo que necesitan y todo lo que pude indagar.
Si tienen alguna duda por favor no duden en preguntarle a quien mas confianza le tengan por que yo ya no se nada mas!!!:excer:


Las dos mejores notarias donde me atendieron mas amable y cuesta menos el trámite en el df son :


Notaria 5
motolinía 6, centro, cuauhtémoc, 06000 ciudad de méxico, d.f.
01 55 5521 2424 ( costo del acta 2,000 pesos )

notaria 198
av. Taxqueña 1385, coyoacán, campestre churubusco, 04200 ciudad de méxico, d.f.
01 55 5689 8277 ( costo del acta 2,500 pesos )

pero repito en cualquier notaria se puede solo que algunas no saben que pueden. :animrofl:

que tal amigos pues aqui el caso es que es algo que queda muy a criterio de cada uno de nosotros al ser propietariios de armas de fuego como bien dice el compañero se debiera acreditar la lejitima posecion de las armas que no fueron adquiridas en la tienda peeero viviendo en un estado de inderecho como es el nuestro pasa que la autoridad que tenga ganas de fregarnos lo va a hacer con o sin factura con o sin registro notarial con o sin registro de la sedena el deber ser de las cosas nos indica que con tener la hoja rosa es mas que suficiente ya que es el unico documento que se nos expide por parte de la sedena para poder comprobar la legitima posecion del arma ahora este docuemnto si bien dice el compañero no es una factura entonces es un registro de propiedad que sale bastante caro y en una situacion legal no tiene ningun valor probatorio mayor al de la hoja rosa del registro de sedena saludos
 
Qué desm............... Y costoso y al final, podrias salir peor.
 
a lo mejor buscan que sea otro requisito donde las notarias publicas tambien nos vacunen por poseer armas,,
 
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