la verdad no coincido con ese criterio, partiendo desde que no hay margen para dar otra interpretacion a "[FONT="]NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO." [/FONT]Pero ademas no podemos desvincular el factor politico con las directrices de las corte, y que triste que la SC siente un precedente para justificar la violacion flagrante a esa garantia de seguridad, solapando asi la ineficacia del ejecutivo en su funcion de procuracion de justicia.
no podemos volvernos reaccionarios y justificar esos excesos por que al aparato de gobierno se le fue de las manos la seguridad del pais, y mucho menos reglamentarlos como lo hace ese organo colegiado, no por defender delincuentes sino por defender la escencia misma de la norma.
para quienes vivimos en zona foco rojo, sabemos como se las gastan las diferentes Corporaciones del Orden incluido el Ejercito y Marina, que ante la impotencia de que el estado no les dote de la infraestructura minima necesaria para la real investigacion y combate a la delincuencia recurren a la fabricacion de pruebas y falsedad de declaraciones en las puestas a disposicion y ante esas flagrantes violaciones (los que en su mayoria son delincuentes) alcanzan su libertad en via del juicio de garantias, y esto desde luego genera inconformidad en la poblacion y evidencia la ineptitud del Ejecutivo.
ante ese criterio de la corte lo que puedo apreciar con la poca experiencia que tengo, es que con ello legalizan las violaciones a las garantias de quienes puedan resultar detenidos en esos famosos retenes, dando la pauta a serguir a los aprehensores para sus detenciones ilegales.
la solucion no es ese criterio, sino que es necesaria la capacitacion del personal de las procuradurias, se le dote de infraestructura para que investiguen los hechos delictivos dentro del marco legal y el respeto a las garantias individuales.