El Abogado del Diablo
Miembro de la Vieja Guardia
Buenas noches estimados compañeros:
En mi epoca de estudiante universitario, tuve la suerte de hacer mi servicio social en la Camara de Diputados y pude (como cualquier ciudadano) tener acceso a la memoria legislativa de lo que fueron los debates sobre el articulo 10 Constitucional y en consecuencia a las exposiciones de motivos que dieron origen a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En estos debates se manejaron diversos argumentos y recordaran no hacia mucho, acababan de ocurrir los hechos del 68.
Aunque no lo manejan con ese fin, los legisladores de esa epoca disfrazaron la Ley como un recurso para el desarme de la población. Esta nueva Ley permitió a lo que en la actualidad tenemos derecho, es decir, calibres .380 ACP y .38 especial como máximo para protección domiciliar. si bien es cierto la Ley es flexible para los que gustamos de coleccionar armas o practicar el tiro deportivo, tambien lo es que efectivamente la misma ley le da las "facultades" a la SEDENA para emitir sus "acuerdos" que a la par nos perjudican a mas de uno para comprar, vender o afiliarse a un club de tiro. Sin embargo, creo que ustedes podran darse cuenta que hay compañeros que lejos de ver a las armas como un deporte o gusto, lo ven como un negocio y se dedican a comprar y revender indiscriminadamente y no los critico, cada quien persigue la chuleta como puede, sin embargo por esas situaciones el Registro Federal toma determinaciones para nosotros consideradas como intransigentes.
Les pido un poco de paciencia para buscar toda esa documentación que obtuve para poder compartirla con ustedes y que cada uno pueda aportar su grano de arena , aun sin ser abogado, recordemos que nuestros diputados y senadores no todos son abogados y mucho menos tienen toda la verdad en su boca. Estas aportaciones que se realicen respecto a una posible modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se tendrián que enviar a todas las bancadas y principalmente a la Comisión de Defensa, quienes en estricto sentido serían quienes comprobarían que los argumentos vertidos son convincentes para que se publiquen en el diario oficial.
El articulo 10 Constitucional solo ha sufrido una reforma en 1971 y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos desde su publicación en 1972 ha tenido 12 reformas, la ultima el 12 de noviembre de 2015.
Esperemos que esta propuesta tenga realmente el interes de muchos de los miembros del foro.
Felices Tiros
En mi epoca de estudiante universitario, tuve la suerte de hacer mi servicio social en la Camara de Diputados y pude (como cualquier ciudadano) tener acceso a la memoria legislativa de lo que fueron los debates sobre el articulo 10 Constitucional y en consecuencia a las exposiciones de motivos que dieron origen a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En estos debates se manejaron diversos argumentos y recordaran no hacia mucho, acababan de ocurrir los hechos del 68.
Aunque no lo manejan con ese fin, los legisladores de esa epoca disfrazaron la Ley como un recurso para el desarme de la población. Esta nueva Ley permitió a lo que en la actualidad tenemos derecho, es decir, calibres .380 ACP y .38 especial como máximo para protección domiciliar. si bien es cierto la Ley es flexible para los que gustamos de coleccionar armas o practicar el tiro deportivo, tambien lo es que efectivamente la misma ley le da las "facultades" a la SEDENA para emitir sus "acuerdos" que a la par nos perjudican a mas de uno para comprar, vender o afiliarse a un club de tiro. Sin embargo, creo que ustedes podran darse cuenta que hay compañeros que lejos de ver a las armas como un deporte o gusto, lo ven como un negocio y se dedican a comprar y revender indiscriminadamente y no los critico, cada quien persigue la chuleta como puede, sin embargo por esas situaciones el Registro Federal toma determinaciones para nosotros consideradas como intransigentes.
Les pido un poco de paciencia para buscar toda esa documentación que obtuve para poder compartirla con ustedes y que cada uno pueda aportar su grano de arena , aun sin ser abogado, recordemos que nuestros diputados y senadores no todos son abogados y mucho menos tienen toda la verdad en su boca. Estas aportaciones que se realicen respecto a una posible modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se tendrián que enviar a todas las bancadas y principalmente a la Comisión de Defensa, quienes en estricto sentido serían quienes comprobarían que los argumentos vertidos son convincentes para que se publiquen en el diario oficial.
El articulo 10 Constitucional solo ha sufrido una reforma en 1971 y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos desde su publicación en 1972 ha tenido 12 reformas, la ultima el 12 de noviembre de 2015.
Esperemos que esta propuesta tenga realmente el interes de muchos de los miembros del foro.
Felices Tiros