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Y POR QUE NO OFERTAR CARGADORES DE ALTA CAPACIDAD? este es un foro donde siempre se busca la tenencia legal de las armas..y al referirse a legalidad se refiere a ley no a criterios de buenos y malos por parte de SEDENA o del papa o del cura o de quien sea aqui no hay ,nada mas que lo que esta en la ley o por cuestiones de criterios como usted dice eticos de moral geograficos o de bueno y el malo y de quien sea una pregunta que tiene de ilegal los cargadores de 30 rd? yo me considero un cazador verdadero y voy a tirar al campo de tiro con mis dos benellis mr1 que tengo con cargadores de 30 y 40 rds eso no me convierte en un falso cazador o si? los verdaderos cazadores tambien TENEMOS gusto por las armas de todo tipo incluyendo tipo tactico....y las armas como usted dice tipo comando son mal vistas yo creo que son mal vistas unicamente por gente que no conoce del tema y se asusta con un arma de este tipo o por SEDENA () que unicamente emite criterios discrecionales pero no tienen caracter ni de ley ni obligatorios....no creo apropiado su criterio de citar temas de companeros que no estan rompiendo ninguna ley o regla del foro sin su consentimiento pero en fin tambien tenemos derecho a expresarnos libremente ....PERO SIN SON LEGALES QUE TIENE DE MALO?
Recordemos que hubo una actualización a la Ley yse generaron nuevas penas contra cargadores de uso exclusivo, yo sé que existencargadores originales marcados como .223, pero hablamos de legalidad, los vendeDCAM? como entraron al País? También vi posteos de "como consigo uncargados de 30 rondas para mi Benelli? Más de una respuesta fue, consiguecargador de M4 o cualquier carabina de uso exclusivo y bórrale donde dice M4, 5.56, etc...

Yo notengo nada en contra de las personas que usan estas armas de manera deportiva orecreativa, aquí estamos hablando del criterio para unos rifles y para otros,como bien dicen antes, los AK son los malos y los R15 son los Buenos, acriterio de quién? También ya dije, cada quien sus balas, aquí disparamos loque podemos, si llenamos un Ruger 10/22 con cargador de 100 tiros, pues que atoda madre, si solo tenemos de 10 tiros, que a toda madre, si tenemos un Mini14que afortunado, mi única observación es que si vamos de cacería con un Mini 14 abastecidocon 30 cartuchos, pues que vamos a cazar? Legalmente hablando, llevamos 30cintillos para Cócono o Pecarí? o la puntería es tan mala que al disparo 18acertamos?

Como dices, cada quien sus gustos.

Saludos!
 
Recordemos que hubo una actualización a la Ley yse generaron nuevas penas contra cargadores de uso exclusivo, yo sé que existencargadores originales marcados como .223, pero hablamos de legalidad, los vendeDCAM? como entraron al País? También vi posteos de "como consigo uncargados de 30 rondas para mi Benelli? Más de una respuesta fue, consiguecargador de M4 o cualquier carabina de uso exclusivo y bórrale donde dice M4, 5.56, etc...

Yo notengo nada en contra de las personas que usan estas armas de manera deportiva orecreativa, aquí estamos hablando del criterio para unos rifles y para otros,como bien dicen antes, los AK son los malos y los R15 son los Buenos, acriterio de quién? También ya dije, cada quien sus balas, aquí disparamos loque podemos, si llenamos un Ruger 10/22 con cargador de 100 tiros, pues que atoda madre, si solo tenemos de 10 tiros, que a toda madre, si tenemos un Mini14que afortunado, mi única observación es que si vamos de cacería con un Mini 14 abastecidocon 30 cartuchos, pues que vamos a cazar? Legalmente hablando, llevamos 30cintillos para Cócono o Pecarí? o la puntería es tan mala que al disparo 18acertamos?

Como dices, cada quien sus gustos.

Saludos!

yo uso mi mini 14 para las liebres y coyotes

y me divierto mucho la verdad
 
ok cuales son esas actualizaciones de las que habla y dice recordemos en que ordenamiento juridico estan? hay que fundamentar...dele una checadita al principio de legalidad juridica y olvidese de criterios que no son ley ..no los venden por criterio de ellos no por que sean ilegales..... nunca he visto cargadores que digan m4 (alomejor exiten) pero si algunos vienen marcados como .223 o 5.56, y eso de la borrada se refiere a si usted tiene un mr1 y su registro y transportacion viene .223 y llegase a conseguir un cargador marcado como .556 aunque sabemos que es el mismo calibre solo esla nomenclatura que utiliza la otan es obvio que si nos tocara alguna revision de alguna autoridad con el vasto conocimiento que tienen sobre armas te podria argumentar que la modificaste para darle otro uso o que es un calibre distinto por eso la recomendacion que usted vio .....pero que de ilegal tendria que me llegase a tocar la misa situacion y traigo mi mr1 con un cargador de 100 tiros marcado como .223 si traigo mi transportacion y vine en la cajuela desabastecido y voy de caceria o al campo de tiro?.........ahora le contesto que vamos a cazar con un cargador de 30 y pues la respuesta es exactamente lo mismo que con uno de cerrojo por que no? yo ya lo utilize cazando jabalis y me encanto nomas se le debe cambiar la mira yo tengo una red dot y me encanta en que afectaria a excepcion del peso traer un cargador de alta capacidad? el peso se compensa con lo liviano del rifle ....para ir a las liebres tambien debe ser una chulada como dice el companero JERRY B me encantaria agarrar una liebre un coyote o un jabali a unos 100 metros de distancia en una area limpia corriendo para descargarle el cargador o por lo menos hasta que caiga la presa pór que no? hablando como usted dice legalmente, donde caeria en la ilegalidad yo ?


Recordemos que hubo una actualización a la Ley yse generaron nuevas penas contra cargadores de uso exclusivo, yo sé que existencargadores originales marcados como .223, pero hablamos de legalidad, los vendeDCAM? como entraron al País? También vi posteos de "como consigo uncargados de 30 rondas para mi Benelli? Más de una respuesta fue, consiguecargador de M4 o cualquier carabina de uso exclusivo ybórraledonde dice M4, 5.56, etc...

Yo notengo nada en contra de las personas que usan estas armas de manera deportiva orecreativa, aquí estamos hablando del criterio para unos rifles y para otros,como bien dicen antes, los AK son los malos y los R15 son los Buenos, acriterio de quién? También ya dije, cada quien sus balas, aquí disparamos loque podemos, si llenamos un Ruger 10/22 con cargador de 100 tiros, pues que atoda madre, si solo tenemos de 10 tiros, que a toda madre, si tenemos un Mini14que afortunado, mi única observación es que si vamos de cacería con un Mini 14 abastecidocon 30 cartuchos, pues que vamos a cazar? Legalmente hablando, llevamos 30cintillos para Cócono o Pecarí? o la puntería es tan mala que al disparo 18acertamos?

Como dices, cada quien sus gustos.

Saludos!
 
ok cuales son esas actualizaciones de las que habla y dice recordemos en que ordenamiento juridico estan? hay que fundamentar...dele una checadita al principio de legalidad juridica y olvidese de criterios que no son ley ..no los venden por criterio de ellos no por que sean ilegales..... nunca he visto cargadores que digan m4 (alomejor exiten) pero si algunos vienen marcados como .223 o 5.56, y eso de la borrada se refiere a si usted tiene un mr1 y su registro y transportacion viene .223 y llegase a conseguir un cargador marcado como .556 aunque sabemos que es el mismo calibre solo esla nomenclatura que utiliza la otan es obvio que si nos tocara alguna revision de alguna autoridad con el vasto conocimiento que tienen sobre armas te podria argumentar que la modificaste para darle otro uso o que es un calibre distinto por eso la recomendacion que usted vio .....pero que de ilegal tendria que me llegase a tocar la misa situacion y traigo mi mr1 con un cargador de 100 tiros marcado como .223 si traigo mi transportacion y vine en la cajuela desabastecido y voy de caceria o al campo de tiro?.........ahora le contesto que vamos a cazar con un cargador de 30 y pues la respuesta es exactamente lo mismo que con uno de cerrojo por que no? yo ya lo utilize cazando jabalis y me encanto nomas se le debe cambiar la mira yo tengo una red dot y me encanta en que afectaria a excepcion del peso traer un cargador de alta capacidad? el peso se compensa con lo liviano del rifle ....para ir a las liebres tambien debe ser una chulada como dice el companero JERRY B me encantaria agarrar una liebre un coyote o un jabali a unos 100 metros de distancia en una area limpia corriendo para descargarle el cargador o por lo menos hasta que caiga la presa pór que no? hablando como usted dice legalmente, donde caeria en la ilegalidad yo ?

mas claro no se puede si ud le quiere tirar corriendo al jabali 30 tiros es muy su gusto no cae en ninguna ilegalidad

saludos compañero
 
que bueno que se pueda debatir de estos temas, tal vez mas a delante se logre lo mismo que con los rifles .223 !!!

pero el tener un arma de uso exclusivo registrada no te da legalidad VIVA MEXICO !!! mi papa tiene registrado un AK-47 Full/auto, en Michoacan y todos los comunero que andaban en las auto defensas estan igual 9mm, 5.56, 3.57 magnum, y se las registraron,

movimiento magistral, ya que ahora el gobierno sabe cuantas armas hay y donde se encuentran, asi debería de ser en todo mexico, pero también deberían de permitirnos comercializarlas de forma legal ya que el AK de mi papa parece que es intrasferible
 
ok cuales son esas actualizaciones de las que habla y dice recordemos en que ordenamiento juridico estan? hay que fundamentar...dele una checadita al principio de legalidad juridica y olvidese de criterios que no son ley ..no los venden por criterio de ellos no por que sean ilegales..... nunca he visto cargadores que digan m4 (alomejor exiten) pero si algunos vienen marcados como .223 o 5.56, y eso de la borrada se refiere a si usted tiene un mr1 y su registro y transportacion viene .223 y llegase a conseguir un cargador marcado como .556 aunque sabemos que es el mismo calibre solo esla nomenclatura que utiliza la otan es obvio que si nos tocara alguna revision de alguna autoridad con el vasto conocimiento que tienen sobre armas te podria argumentar que la modificaste para darle otro uso o que es un calibre distinto por eso la recomendacion que usted vio .....pero que de ilegal tendria que me llegase a tocar la misa situacion y traigo mi mr1 con un cargador de 100 tiros marcado como .223 si traigo mi transportacion y vine en la cajuela desabastecido y voy de caceria o al campo de tiro?.........ahora le contesto que vamos a cazar con un cargador de 30 y pues la respuesta es exactamente lo mismo que con uno de cerrojo por que no? yo ya lo utilize cazando jabalis y me encanto nomas se le debe cambiar la mira yo tengo una red dot y me encanta en que afectaria a excepcion del peso traer un cargador de alta capacidad? el peso se compensa con lo liviano del rifle ....para ir a las liebres tambien debe ser una chulada como dice el companero JERRY B me encantaria agarrar una liebre un coyote o un jabali a unos 100 metros de distancia en una area limpia corriendo para descargarle el cargador o por lo menos hasta que caiga la presa pór que no? hablando como usted dice legalmente, donde caeria en la ilegalidad yo ?

Artículo 83 Quintus.- Al que de manera ilícita posea cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le sancionará:

I.- Con prisión de uno a dos años y de cincuenta a cien días multa, cuando se trate de dos y hasta cinco cargadores.

II.- Con prisión de dos a cinco años y de cien a doscientos días multa, cuando se trate de más de cinco cargadores

Aparte, el 5.56 no es lo mismo que el .223, tienen sus diferencias tanto en dimensiones de cartuchos como en capacidades del arma, como bien dicen, no puedes intercambiar estas municiones en las armas. Mas similares son el 7.62x51 y .308 que el 5.56 y el .223

Saludos y poss a quemar cartuchos que por ahora Dios nos provee de parque, ya que cuando no haya con que dispararles, a sacar las lanzas, los arcos y las resorteras!

Nunca le he disparado a liebres y coyotes con .223, solo con escopeta y rifle .22LR, pero imagino que pegarle a una presa como un pecarí en carrera y con una buena dotación de cartuchos debe ser muy emocionante, yo solo lo puedo comparar con bajar una parvada de patos con los 6 tiros que le caben a mi escopeta.
 
las lagunas de la ley y los criterios de la DCAM ambos estan bien cabrones, los cargadores que te venden en la decam estan marcados como 5.56 y asi te dicen (ha no se preocupe si le quedan)
 
Bueno aqui si cabe aclarar que el 223 y 5.56 tienen las mismas dimensiones lo que cambia en el 5.56 es el grosor del casquillo y los pesos y tipos de puntas,lo que cambia tambien es la mayor presion de las polvoras en el 5.56 por eso no se recomienda tronar 5.56 en un arma solamente disenada para 223.......
 
toca un tema muy interesante companero....donde dice que el ar15 es un arma de uso exclusivo del ejercito...aclarando logicamente en version semi auto o hasta donde yo se la ley solo habla de carabinas y el ar15 es un rifle(AR significa assoult RIFLE) Es un tema polemico pero pero al final de cuentas es un rifle basandose en la real definicion de la palabra CARABINA Conforme al diccionario de la real academia de la lengua espanola, vlvemos a lo mismo a los CRITERIOS el ar 15 es ilegal unicamente POR CRITERIO no por la ley es cierto que jamas te lo registraran por que es el mas utilizado por las fuerzas armadas pero no por eso deja de ser un rifle ..la diferencia segun yo sabia entre el .223 y el 5.56 segun yo sabia (alomejor me equivoco).estiba mas bien en la presion de los gases de cada cartucho segun por el tipo de polvora que es distinto en cada uno pero si la diferencia estiba en medidas como dice si le agradeceria si me pudiera ilustrar con las medidas de cada uno....si no pudieras intercambiar municion entre .223 y 5.56 no creo que existiria este ar15 bushmaster que te adjunto que asi viene marcado....yo creeria que si existiera diferencia en medidas no vendrian marcados asi, seria como ver un rifle marcado como .308/3006 o algo asi...saludos

IMG_4390WM.jpg




Artículo 83 Quintus.- Al que de manera ilícita posea cargadores de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se le sancionará:

I.- Con prisión de uno a dos años y de cincuenta a cien días multa, cuando se trate de dos y hasta cinco cargadores.

II.- Con prisión de dos a cinco años y de cien a doscientos días multa, cuando se trate de más de cinco cargadores

Aparte, el 5.56 no es lo mismo que el .223, tienen sus diferencias tanto en dimensiones de cartuchos como en capacidades del arma, como bien dicen, no puedes intercambiar estas municiones en las armas. Mas similares son el 7.62x51 y .308 que el 5.56 y el .223

Saludos y poss a quemar cartuchos que por ahora Dios nos provee de parque, ya que cuando no haya con que dispararles, a sacar las lanzas, los arcos y las resorteras!

Nunca le he disparado a liebres y coyotes con .223, solo con escopeta y rifle .22LR, pero imagino que pegarle a una presa como un pecarí en carrera y con una buena dotación de cartuchos debe ser muy emocionante, yo solo lo puedo comparar con bajar una parvada de patos con los 6 tiros que le caben a mi escopeta.
 
toca un tema muy interesante companero....donde dice que el ar15 es un arma de uso exclusivo del ejercito...aclarando logicamente en version semi auto o hasta donde yo se la ley solo habla de carabinas y el ar15 es un rifle(AR significa assoult RIFLE) Es un tema polemico pero pero al final de cuentas es un rifle basandose en la real definicion de la palabra CARABINA Conforme al diccionario de la real academia de la lengua espanola, vlvemos a lo mismo a los CRITERIOS el ar 15 es ilegal unicamente POR CRITERIO no por la ley es cierto que jamas te lo registraran por que es el mas utilizado por las fuerzas armadas pero no por eso deja de ser un rifle ..la diferencia segun yo sabia entre el .223 y el 5.56 segun yo sabia (alomejor me equivoco).estiba mas bien en la presion de los gases de cada cartucho segun por el tipo de polvora que es distinto en cada uno pero si la diferencia estiba en medidas como dice si le agradeceria si me pudiera ilustrar con las medidas de cada uno....si no pudieras intercambiar municion entre .223 y 5.56 no creo que existiria este ar15 bushmaster que te adjunto que asi viene marcado....yo creeria que si existiera diferencia en medidas no vendrian marcados asi, seria como ver un rifle marcado como .308/3006 o algo asi...saludos

Ver el archivo adjunto 693093
En este punto totalmente de acuerdo con usted,el AR 15 por ley NO ES DE USO EXCLUSIVO el AR15 es la version civil del M16 y M4 que si son fusiles de asalto ya que disparan en rafaga,grupos de tres tiros,y tiro a tiro,el AR 15 solamente tiene la configuracion de semiautomatico o sea tiro a tiro,deafortunadamente muchos medios de comunicacion mayormente latinoamericanos confunden totalmente estas armas y desinforman al publico en general y se satanizan armas que son perfectamente legales para uso civil,obviamente SEDENA que tiene esta facultad de discrecionalidad y aplicacion de criterios,saca provecho totalmente a su favor y bueno ahi estan inumerables ejemplos de armas totalmente legales que por sus criterios y discrecionalidad se hacen de dificil posesion para civiles,pero que bueno que se traten estos temas,ojala y podamos abrirle los ojos a la gente que guste de las armas y se abra el mercado legal de armas de fuego,y no sea un mercado tan limitado sobre todo sometido a capricho de unos cuantos............
 
toca un tema muy interesante companero....donde dice que el ar15 es un arma de uso exclusivo del ejercito...aclarando logicamente en version semi auto o hasta donde yo se la ley solo habla de carabinas y el ar15 es un rifle(AR significa assoult RIFLE) Es un tema polemico pero pero al final de cuentas es un rifle basandose en la real definicion de la palabra CARABINA Conforme al diccionario de la real academia de la lengua espanola, vlvemos a lo mismo a los CRITERIOS el ar 15 es ilegal unicamente POR CRITERIO no por la ley es cierto que jamas te lo registraran por que es el mas utilizado por las fuerzas armadas pero no por eso deja de ser un rifle ..la diferencia segun yo sabia entre el .223 y el 5.56 segun yo sabia (alomejor me equivoco).estiba mas bien en la presion de los gases de cada cartucho segun por el tipo de polvora que es distinto en cada uno pero si la diferencia estiba en medidas como dice si le agradeceria si me pudiera ilustrar con las medidas de cada uno....si no pudieras intercambiar municion entre .223 y 5.56 no creo que existiria este ar15 bushmaster que te adjunto que asi viene marcado....yo creeria que si existiera diferencia en medidas no vendrian marcados asi, seria como ver un rifle marcado como .308/3006 o algo asi...saludos

Ver el archivo adjunto 693093

Mira! Justamente es el mismo dilema del porque no nos venden el Mossberg de Cerrojo que como tal está marcado igual que el AR que muestras en la foto, supongo que es una imagen ilustrativa, no se si el arma sea tuya, pero como tal sabemos que la DCAM no nos vende el Mossberg por tener indicado 5.56 aunque también diga .223 jaja.

Me parece (aparte de las diferencias de presión de gases) la recámara de los 5.56 es más grande y el casco también es mas grueso, si las tolerancias del arma en su recámara son muy limitadas, puede que el arma se atasque por una fractura en el casco por la expansión excesiva, las armas de asalto (semi) por lo general tienen una recámara con mucha tolerancia para que embone fácil y rápido la munición, pero tengo entendido que si tu rifle marcado como .223 y pones una munición 5.56, muy probablemente falle, caso contrario del 7.62x51 donde el .308 maneja presiones mayores y un rifle .308 si te quema ambos cartuchos, pero uno marcado como 7.62x51 no funcionará bien con cartuchos Winchester.

Yo me refiero a ese detalle, si el cargador que se consigue está marcado 5.56, lo hace de "uso exclusivo" y te comentaba que en otro post a alguien leí que claramente pone, "si dice 5.56 lo borras" para poder tener su cargador. Yo me refiero a este detalle, afortunadamente la SEDENA no nos cuestiona la procedencia del arma, ellos se conforman con que nos pongamos en regla y la registremos.

Saludos!
 
es una imagen meramente ilustrativa, soy partidario de la legalidad no pensaria tener un arma de esas por el simple hecho de tener que dar aclaraciones o problemas, pero si me gusta dentro de lo que se puede aprovechar algunas lagunas de ley que existen para poder por que no adquirir un arma de mayor poder o en su caso apovechar el mr1 y anadirle mas capacidad de fuego sin salirme del marco legal como anteriormente le explique jeje


Mira! Justamente es el mismo dilema del porque no nos venden el Mossberg de Cerrojo que como tal está marcado igual que el AR que muestras en la foto, supongo que es una imagen ilustrativa, no se si el arma sea tuya, pero como tal sabemos que la DCAM no nos vende el Mossberg por tener indicado 5.56 aunque también diga .223 jaja.

Me parece (aparte de las diferencias de presión de gases) la recámara de los 5.56 es más grande y el casco también es mas grueso, si las tolerancias del arma en su recámara son muy limitadas, puede que el arma se atasque por una fractura en el casco por la expansión excesiva, las armas de asalto (semi) por lo general tienen una recámara con mucha tolerancia para que embone fácil y rápido la munición, pero tengo entendido que si tu rifle marcado como .223 y pones una munición 5.56, muy probablemente falle, caso contrario del 7.62x51 donde el .308 maneja presiones mayores y un rifle .308 si te quema ambos cartuchos, pero uno marcado como 7.62x51 no funcionará bien con cartuchos Winchester.

Yo me refiero a ese detalle, si el cargador que se consigue está marcado 5.56, lo hace de "uso exclusivo" y te comentaba que en otro post a alguien leí que claramente pone, "si dice 5.56 lo borras" para poder tener su cargador. Yo me refiero a este detalle, afortunadamente la SEDENA no nos cuestiona la procedencia del arma, ellos se conforman con que nos pongamos en regla y la registremos.

Saludos!
 
Fotos de julioc elmirindo

Estas son las fotos que julio queria poner de su rifle:
 

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Aqui el registro

El registro:
 

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Ya entiendo por que decía que único, yo no había visto hasta hoy un SKS con cañón tan largo, ese es propiamente un rifle, no una carabina, si nos vamos por la medida del cañón, sin el bípode ni el cargador tan largo parecería un rifle deportivo normal.
Que medida de largo tiene el cañón, sin el rompellamas?
 
Aun sin el rompeflamas el largo del canon lo clasifica como rifle,de hecho en el registro esta marcado claramente el apartado * Rifle Semiautomatico * ,asi es que mi punto de vista y aclaro es mi punto de vista,no violo ninguna regla del foro el companero al postear la venta de este rifle..................
 
Realmente no recuerdo, lo que si recuerdo es que son 4' más que la carabina y lo recuerdo por que el mismo Tte para corroborar que el arma fuera la versión rifle y no carabina, lo midió , con esto hablamos de que la misma disyuntiva tuvimos en el registro y no lo registró "a la primera" tuve que ir 3 veces y el mismo (a palabras de el) lo consulto con sus maestros ese la escuela de MG y también el el libro de armas (black bibble) que tiene alli
 
El cargador "de origen" es el de 10 rds, los otros son "aftermarket" y los hay de 10-20 y 30 y de tambor o magazine drums de 75

El SKS es un arma muy popular en los EUA por versátil, robusta y economica, con esto, sobra decir, que las configuraciones sin infinitas, pudiendo tener configuración tipo bullpup, AK, AR, Escorpión, espartan, Montecarlo, ATI, e infinidad más y NO DEJA DE SER UN SKS
 
Última edición:
La diferencia es que en USA las leyes estan mas actualizadas o al menos no tan rezagadas como las de aqui,y hay mucho menos restricciones.................
 
Legalidad.

Por este medio deseo manifestar mi inconformidad a la decisión tomada de eliminar, prohibir y penalizarme por mi publicación realizada por la oferta de in rifle SKS versión KS1 calibre 7.62x39 el cual esta legalmente registrado,

La moderación del grupo lo tomo (a consideración mía) MAL ya que en el MISMO tenor se encuentran los rifles modelo MINI14 y de los cuales no veo objeción alguna, por lo cual digo TODOS PAREJOS, NO?

Es deplorable que usemos el criterio de discrecionalidad de la SEDENA para coartar los derechos de los ciudadanos por quien se supone que apoya la legalidad.

Si el criterio de SEDENA indica que el rifle es legal y esta registrado, pues es LEGAL !!!!!

Mismo caso de los Mini 14 y Mini 30, si esta registrado es legal, no veo por que alguien que no tiene ninguna calidad para determinar que es legal o no, deba de limitar algo que las instancias adecuadas determinaron que entraba en la legalidad.

De repente nos gusta tener encima los reflectores.....
 
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