Buena noche compañeros,
Si el arma es nueva comprada en DCAM, los federales piden el PERMISO de compra, mismo que ampara (y menciona textualmente) la transportación del armamento y municiones hasta su domicilio por el tiempo indicado. En caso de que sea un arma propia con PETA, es éste último el que ampara la portación/transportación. En el caso de que se registre un arma pero NO se cuente con el permiso de compra y transportación otorgado por el RFAFyCE, NO se puede transportar el arma por avión. Los federales forzosamente requieren de un documento que ampare la portación/transportación, llámese PETA, permiso extraordinario de compra, licencia individual de portación, licencia colectiva de portación, carta de encomienda (en caso de licencias colectivas), etc. NO es suficiente con el registro reciente (aunque sea del mismo día).
No se confie de los comentarios como el mío de quienes hemos comprado en DCAM puesto que en esos casos, siempre tenemos el permiso de compra que ampara la transportación y percibo que su caso es distinto. A menos de que algún compañero haya viajado con algún arma con el puro registro, háganoslo saber. Mi comentario lo baso en los requisitos de los federales para la transportación de ARPEL, en comentarios de los mismos y en mi experiencia. Cuando algún compañero o su servidor hemos transportado algo, SIEMPRE piden el documento que ampare la transportación/portación aunque el arma y el registro sean nuevos.
Saludos cordiales.