xmorex69
Miembro de la Vieja Guardia
Abro este tema para hacer del conocimiento de todos los usuarios y visitantes de este foro los atropellos cometidos por inspectores de la PROFEPA a nuestro grupo de caza
los hechos se sucitaron de la siguiente manera:
el día sabado 22 de noviembre de 2014 nuestro grupo nos encontrabamos realizando caceria de paloma ala blanca en terrenos del Ejido de San Miguel y/o San Miguelito, Municipio de Rosamorada, Nayarit a 1 km de la UMA "Los Medina" del mismo municipio (UMA de donde contabamos con cintillos para realizar dicha activiadad SEMARNAT-UMA-EX0146-NAY), cuando se nos notificó que arribaron al lugar apoyados con una patrulla de la Policia Federal inspectores de PROFEPA, Sergio Armando Navarro Muñoz y Roberto del Toro Magaña quienes de una manera desde el inicio prepotente y arbitraria tenian la consigna de levantarnos una acta circunstanciada tomando el mas estupido e irracional de los pretextos...
1o. Al presentarnos con los inspectores y despues de haber revisado con los excelentes elementos de la Policia Federal nuestros permisos de transportacion de caceria y cotejarlos con las armas que llevamos para dicho fin, los inspectores siendo que se contaba con cintillos de aprovechamiento para la UMA que se encontraba a 1 km del predio donde se llevo a cabo la revisión y con el consentimiento del Presidente del Comisariado Ejidal del Ejido de San Miguel y/o San Miguelito el C. Juan García Guzmán (quien se hizo presente en el lugar) procedieron a decomisar todos los ejemplares cazados en ese momento así como la totalidad de los cintillos de aprovechamiento (11 en total) con base en el siguiente y estupido argumento...
antes de que procedieran a levantar dicha acta se les hizo del conocimiento a los inspectores que el artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestrte señala lo siguiente:
Artículo 102. El aprovechamiento de ejemplares de aves silvestres migratorias se podrá llevar a cabo en predios distintos a aquéllos donde se lleve a cabo la conservación, siempre y cuando exista el consentimiento del propietario o legítimo poseedor y los ejemplares a aprovechar sean parte de la población que haya sido aprobada para tal fin.
En este caso, dichos predios serán considerados en la temporada de aprovechamiento de la especie que se trate como parte de la UMA, a partir del momento en que el titular de la misma presente un aviso a la Secretaría, en el cual deberá señalar el número de registro que le fue asignado y la ubicación del predio donde se realizará el aprovechamiento; asimismo, deberá adjuntar el documento donde conste el consentimiento del legítimo propietario o poseedor del predio.
toda vez que se contaba con:
* Los cintillos de aprovechamiento
* La autorización y presencia del Presidente del Comisariado Ejidal de San Miguel y/o San Miguelito
estos finos y letrados inspectores con el argumento de que como no podíamos demostrar que los ejemplares cazados a 1km de la UMA a la que correspondían nuestros cintillos; (dichos ejemplares) pertenecieran a la misma. procederían bajo ese argumento a asegurar tanto las palomas como los cintillos....
No puede ser que estos inspectores cometan este tipo de atropello y queden impunes, por lo que se estan tomanda las medidas legales conducentes....
les dejo fotos de estas finas personas .
los hechos se sucitaron de la siguiente manera:
el día sabado 22 de noviembre de 2014 nuestro grupo nos encontrabamos realizando caceria de paloma ala blanca en terrenos del Ejido de San Miguel y/o San Miguelito, Municipio de Rosamorada, Nayarit a 1 km de la UMA "Los Medina" del mismo municipio (UMA de donde contabamos con cintillos para realizar dicha activiadad SEMARNAT-UMA-EX0146-NAY), cuando se nos notificó que arribaron al lugar apoyados con una patrulla de la Policia Federal inspectores de PROFEPA, Sergio Armando Navarro Muñoz y Roberto del Toro Magaña quienes de una manera desde el inicio prepotente y arbitraria tenian la consigna de levantarnos una acta circunstanciada tomando el mas estupido e irracional de los pretextos...
1o. Al presentarnos con los inspectores y despues de haber revisado con los excelentes elementos de la Policia Federal nuestros permisos de transportacion de caceria y cotejarlos con las armas que llevamos para dicho fin, los inspectores siendo que se contaba con cintillos de aprovechamiento para la UMA que se encontraba a 1 km del predio donde se llevo a cabo la revisión y con el consentimiento del Presidente del Comisariado Ejidal del Ejido de San Miguel y/o San Miguelito el C. Juan García Guzmán (quien se hizo presente en el lugar) procedieron a decomisar todos los ejemplares cazados en ese momento así como la totalidad de los cintillos de aprovechamiento (11 en total) con base en el siguiente y estupido argumento...
antes de que procedieran a levantar dicha acta se les hizo del conocimiento a los inspectores que el artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestrte señala lo siguiente:
Artículo 102. El aprovechamiento de ejemplares de aves silvestres migratorias se podrá llevar a cabo en predios distintos a aquéllos donde se lleve a cabo la conservación, siempre y cuando exista el consentimiento del propietario o legítimo poseedor y los ejemplares a aprovechar sean parte de la población que haya sido aprobada para tal fin.
En este caso, dichos predios serán considerados en la temporada de aprovechamiento de la especie que se trate como parte de la UMA, a partir del momento en que el titular de la misma presente un aviso a la Secretaría, en el cual deberá señalar el número de registro que le fue asignado y la ubicación del predio donde se realizará el aprovechamiento; asimismo, deberá adjuntar el documento donde conste el consentimiento del legítimo propietario o poseedor del predio.
toda vez que se contaba con:
* Los cintillos de aprovechamiento
* La autorización y presencia del Presidente del Comisariado Ejidal de San Miguel y/o San Miguelito
estos finos y letrados inspectores con el argumento de que como no podíamos demostrar que los ejemplares cazados a 1km de la UMA a la que correspondían nuestros cintillos; (dichos ejemplares) pertenecieran a la misma. procederían bajo ese argumento a asegurar tanto las palomas como los cintillos....
No puede ser que estos inspectores cometan este tipo de atropello y queden impunes, por lo que se estan tomanda las medidas legales conducentes....
les dejo fotos de estas finas personas .
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