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Registrar o NO Registrar

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24 Jun 2006
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CHAN SANTA CRUZ
Voy a poner en pedazos mis rollos para que sea mas facil leerlos.

Este tema quiero explorar 3 puntos que todos enfrentamos al momento de comprar un arma para defensa de nuestro domicilio;

1. ¿Calibre permitido o de uso restringido?
2. ¿Registrar o no mi arma?
3. ¿Como es que alguien catea mi casa?

Hace poco me encontre en la disyuntiva en que todos nos encontramos al tener armas, registrar o no registrar mi arma, cumplir o no cumplir la ley, a final de cuentas, el no registrar mi arma solamente consiste en una falta administrativa, y aun asi, primero tendrian que catear mi casa para que se me impusiera esta falta administrativa.

Y esto me llevo a el razonamiento de lo malo no es cometer faltas administrativas como orinar en la via publica o no registrar sus armas, que moral y legalmente son igual de graves, sino que lo grave es que lo cachen a uno, y si lo grave es que lo cachen a uno me puse a analizar, que para tomar la desicion entre un arma de uso restringido,,,, permitida,,,,, registro o no registro, todo se centraba al final en el cateo del domicilio.

Es decir, si tengo un arma de fuego de uso restingido dentro de mi domicilio y la autoridad jamas se entera de esto, jamas habria sancion en mi contra, si mi calibre es permitido pero no registrado y jamas se entera la autoridad de la falta pues tampoco hay sancion en mi contra, y si tengo un arma permitida y ademas la registro tampoco hay sancion en mi contra, ¿Cual seria la diferencia?
EL CATEO.
¿Luego entonces por que registrar, por que escoger o no un calibre permitido o restringido?

El meollo de las desiciones reside en el cateo y este es el factor central a considerar para tomar las desiciones, y me refiero a un factor objetivo, un factor que persigue fines ultimos como la legitima defensa, no al valor moral de cumplir o no la ley.

Evidentemente yo como todos los de este foro estamos aqui y conversamos de la ley y tratamos de modificarla por que moralmente deseamos cumplirla y lo hacemos, pero miles de mexicanos se hacen esta pregunta todos los dias y deciden poseer sus armas en el calibre que les da la gana y sin registrar, esto es un hecho inobjetable, por otro lado todos nosotros aqui somos los que cumplimos la ley solo por su merito moral y por nuestra probidad, pero la gran mayoria de los que estamos aqui, cumplimos la ley por convencimiento de que las leyes deben cumplirse, por que somos personas de bien, y no, por miedo a la sancion.

Pero mas alla de esto, exploremos el factor desicivo coactivo que podria originar un cateo en nuestros domicilio, y solo por explorar lo que millones de mexicanos consideran en lo obscurito y sin enterar a nadie, la desicion de tener un arma en su casa para legitima defensa.

Hablemos de las 3 preguntas que puse al principio, y sobretodo del tan temido CATEO imaginario que todos tienen en el subconsciente.
 
Que Me Corrijan Si Estoy Mal.

Que Me Corrijan Si Estoy Mal.

Ni La Policia, Ni La Ministerial, Ni El Ejersito Y Mucho Menos Paquita La Del Barrio, Pueden Catearte Tu Domicilio Porque Se Les De La Gana.

Ellos Tienen Que Tramitar Una Orden De Cateo, La Cual La Expide Un Juez O Algo Asi, Pero Tienen Que Tener Un Motivo Real Para Solicitarlo, Yo Creo Que Los Que Estamos En Este Foro Somos Personas Respetuosas De La Ley, Por Lo Que No Creo La Autoridad Tenga Que Solicitar Una Orden De Cateo.

El Ejercito No Proporciona Informacion A Nadie Sobre Las Armas Con Las Que Cuenta Una Persona U Organizacion, Por Ser Esto Informacion Que Puede Atentar Con La Seguridad Nacional.

Esto O Algo Paresido Lo Podemos Leer En El Post De La Militar Rural, Donde Alguien Preguntava Sobre Que Armas Tienen Los Rurales Y El Ejercito Les Nego La Informacion Argumentando Esto.

Ahora, El Ejercito No Va A Ir Tampoco A Checar Que Armas Tienes, Ya Que Hemos Visto Que En Muchos De Los Casos Los Registros Son Practicamente In-rastreables.

Asi Que Yo No Me Mortifico Por Un Cateo Que Es Practicamente Imposible Que Ocurra.
 
registrar o no registrar esa es la cuestion

Su majestad, pues en mi mente nunca había paso la idea de que catearan mi casa, pero si es verdad eso de que mucha gente tiene armas en su casa y de las que hasta con ver el calibre espantan (y no por feas o maltratadas), pero, mas bien creo yo que si se llegara a utilizar en defensa propia quedarías expuesto a entrar al bote o a algo peor, (que te confundan con un narco o algo así) y a lo que boy es que es muy diferente (me imagino yo) a matar a un ladrón, secuestrador, etc, que entre a tu casa con tu arma registrada a masacrarlo con una AK 47, mag 357, o un R15, aun que estés dentro de tu casa, y pues igual es un hecho que a largo plazo esa ley se tendrá que modificar, puesto que la cantidad de armas de calibres no permitido y la facilidad con las que se consiguen, es tal que será mejor que estén en buenas manos y que estén registradas a que anden por ahí en el mercado negro y terminen en manos de delincuentes, bueno esa es mi opinión personal, y eso que soy admirador de las armas rusas jeje, pero bueno mas vale no tenerlas. :patriota:
 
La pregunta es...

Se ve anulada la legítima defensa por haber usado un arma de calibre no permitido?

Porque si te van a salir con que lástima Margarito, lo tuyo no solamente es rudeza innecesaria sino que es homicidio porque te lo sonaste con una .45, pues entónces sí estaría de pensarse, ¿no? :confused:
 
Segun Yo ....

hmenchaca dijo:
Se ve anulada la legítima defensa por haber usado un arma de calibre no permitido?

Porque si te van a salir con que lástima Margarito, lo tuyo no solamente es rudeza innecesaria sino que es homicidio porque te lo sonaste con una .45, pues entónces sí estaría de pensarse, ¿no? :confused:


SEGUN YO...

FUERA DEL PROBLEMA EN QUE TE METES ALEGANDO LA LEGITIMA DEFENSA, SI TE METES EN UN PROBLEMA POR SER ARMA RESTRINGIDA Y NO TENERLA REGISTRADA ( LOGICAMENTE LO UNO TE LLEVA A LO OTRO ).
 
la legítima defensa se basa en la acción perpetuada para repeler una agresión no provocada.

o sea, no importa si le das con una .45 o con un bate de beisbol, mientras sea una defense acorde a la agresión que estás sufriendo. Por ejemplo, si le das un plomazo a un loco drogado que se mete a las 3 de la mañana a patadas a tu casa, estás justificado, pero si le metes 11 balazos de AR15 a un chamaco de 13 años que se brincó la barda de tu casa por una pelota, entonces es un homicidio no justificado o cuando menos un exceso en legítima defensa.
 
La legitima defensa opera aun sin tener el arma registrada, pero hay exceso de legistima defensa tambien. Ahora tirarle con un AR-15 a un malandrillo que trae un cuchillo es exceso y no opera es homicidio. Aparte del delito de tener un arma de fuego de uso exclusivo. Pero aun asi que le tires con una .357 mag y el agresor porta una Ar-15 va funcionar la legitima defensa pero comoquiera se sigue el proceso por el arma de fuego de uso exclusivo.
 
haber

YO ENTIENDO MAS O MENOS LO QUE DICEn asi:
 
Última edición:
Muy bueno...

jajajajaja:animrofl: :animrofl: :animrofl:
 
Me esta quedando claro

Entonces por decir, yo estoy en mi casa, tengo una 9, .45, .357 o cualquier calibre de uso esclusivo que quieran, y se mete un ...... a quererme robar, la tengo que pensar entre morirme de un plomazo de el, o me robe o secuestre, o que me metan al bote por usar el arma?
 
Es un delito que tengas un arma de uso exclusivo, si la usas no hay bronca, el daño que causes lesiones, homicidio etc. Tu defensa alega la legitima defensa siempre y cuando el asaltante este armado con una pistola. Pero el arma de uso exclusivo es incluso un delito federal y tambien tendras un proceso por eso. Ojo sales bajo fianza hoy en dia por un arma de uso exclusivo.
 
Defensa

De Que Te Sireve Tener Una 22 Para Proteger Tu Domicilio? Solo Por Que Dice La Ley.
Para La Casa Comprate Una 45,esperando Que Nunca La Uses Y Si La Usas,veraz La Diferencia.}
Para Proteger A La Familia Un Cañon Y Para Lo Demas Usa Chinampinas Que Permite La Ley.
Si Andas En La Maña Ninguna Por Que Si Te Van A Catear.
A Qui En Tamaulipas Esta Calientito No Se Por Alla.
 
Yo parti de la pregunta siguiente:

¿Como podria darse cuenta la autoridad, de que el arma que tienes para legitima defensa, es permitida o de uso exclusivo, registrada o no registrada?

Encontre solo dos hipotesis:
1. Un Cateo
2. Despues de haber hecho uso de la legitima defensa.

El suspuesto de ser descubierta la falta administrativa de no registrar o tener un arma de uso exclusivo para legitima defensa despues de haber hecho uso de la legitima defensa, me parece en lo personal irrelevante y por eso no la mencione.

Despues de haber recibido un ataque a mi vida o la vida de mis familiares, y de haberme defendido de ese ataque, lo mas seguro es que lo que menos me importaria es si sere procesado por el delito de posesion de arma de uso exclusivo del ejercito, o de que me pongan una multa por no tener registrada mi arma, ya que mis hijos, esposas o yo mismo seguramente sufrimos un ataque a nuestras vidas y las consecuencias a mi me parecen mucho mas graves que el problema de enfrentar un juicio o ir a la carcel.

En todo caso si el arma era restringida habra cumplido ya su funcion de defender, de la misma manera que yo como padre de familia la mia de protejer a los mios, y bien valen mas de 10 años en el bote con tal de librar a mi familia de un mal.

Si no logre repeler la agresion y alguien de mi familia salio herido tampoco me importaria ya, si estoy o no en la carcel, y si yo quede malherido o muerto, pues tampoco es relevante que opine el estado del registro o no de mi arma ni su temible castigo pecuniario por falta administrativa.

El creer que uno puede hacer uso de la legitima defensa, explicar a las autoridades "mate a estos 3 secuestradores con mi .380 del DCAM y detuve estos otros dos, llevenselos muchachos, otros dos malosos que no haran mal a Mexico nunca mas", y creer que se puede seguir con la vida cotidiana, es una fantasia que solo sueñan los que no son abogados o que no conocen el podrido y nauseabundo sistema legal mexicano.

La realidad es que si se hace uso de la legitima defensa, siendo realmente una legitima defensa con todas las de la ley y la doctrina, con un arma vendida por dcam, registrada, con tiros legales, llamando a la policia, declarando con toda veracidad y todo absolutamente todo del lado derecho, no garantiza otra cosa, que estar a merced de unos nuevos delincuentes tanto o mas peligrosos que los que se acaba uno de despachar, las autoridades ministeriales y despues las judiciales de nuestro pais.

En mi poca experiencia, el procesado penal comienza un camino, un camino que se comienza largo y tortuoso de resultado incierto donde no sabremos si nuestro abogado nos dejara en la calle y terminaremos 50 años tras las rejas, o saldremos libres en 10 horas por un soborno de 15 mil pesos, todo puede ocurrir, es una moneda al aire y la justicia no tiene nada que ver en una agencia de ministerio publico mexicana o en un juzgado.

Una vez que ejecuta uno la legitima defensa, se pasa a la TIRI RI RI TI RI RI RI, LA DIMENSION DESCONOCIDA¡¡¡¡¡¡...........................Ese mundo nauseabundo y repulsivo de las autoridades mexicanas, donde extaños seres amorfos comen garnachas y mueven sus gelatinosas manecitas en busca de sobornos, reconocimiento para superar traumas de la infancia y abusar de autoridad para superar complejos de inferioridad, es mundo donde el Z es rey y el ciudadano carnita para los hambrientos.

En lo personal no dudaria ni un segundo entrar a ese inframundo judicial, por que bien valen todos los años de libertad por la integridad de mis hijos y mi esposa, y no dudaria ni por un segundo usar una metralleta calibre 50, si un maleante se acercara con malas intenciones a mi hija portando una piedra, y despues que me acusen de sembrar la calaverita del encanto y ser novio de la Paca.

Claro, esa es mi desicion, mi apreciacion personal, sin embargo muchos tenemos una ambivalencia como personas de bien, el convencimiento de respetar la ley aunque esta sea incorrecta, aunque sea un metodo de control social, el aspecto moral es un asunto diferente.

Creo yo que para tomar la desicion de Registrar o No registrar, arma de uso exclusivo o permitida, todo se resume al temor al CATEO, y a la moral y voluntad de cumplir la ley por absurda que sea.
 
Volviendo a la pregunta original

Yo opino que si el arma nada más la quieres para defensa del hogar y no tienes interés alguno en contar con PETA para tiro o cacería y te vale comprar cartuchos en sitios autorizados porque los conseguiste con algún "facilitador", pues ni caso registrarla. Total, ahí la vas a tener en un cajón para una eventual crísis.

Temer un cateo? Me parece improbable que esto le pase a la inmensa mayoría de la gente y no sé cuantos realmente registren su arma por la potencial amenaza de un cateo. Al menos yo no.

Yo por eso preguntaba si por usar un arma restringida había alguna afectación al alegato de legítima defensa. Si no lo hay pues entónces habrá quienes buscarán la mayor efectividad posible lo cual también nos lleva a las armas no registrables.

Cabría sin embargo la reflexión sobre la situación extrema, una vez confrontado por uno o varios maleantes y obligado a recurrir a esa arma de defensa (registrada o no), ¿cuántos realmente tendrán la cabeza fría para eliminar la amenaza? Porque en teoría todos somos Dirty Harry pero en la práctica, quien sabe.
 
voy a meter mi cuchara

entonces si matas a una persona , con un arma compreda legalmete , por decir una .380 y el que me agredio no trai arma , me meten al tambo por homicidio?
 
Asi Es !!!

VICTOR TREVIÑO dijo:
entonces si matas a una persona , con un arma compreda legalmete , por decir una .380 y el que me agredio no trai arma , me meten al tambo por homicidio?

ASI ES !!!

UNA PREGUNTA A LOS COMPAÑEROS ABOGADOS O LEIDOS DEL TEMA.

QUE PASA SI SE METEN MAS DE UNA O DOS PERSONAS A TU CASA ????

NO TRAEN ARMAS Y TU TIENES UNA 100 % LEGAL, NO CUENTA EL NUMERO DE ATACANTES COMO DESVENTAJA ???

DIGO, PARA ALGUNOS SERIA POSIBLE PELEAR CON LOS PUÑOS CON UN MALEANTE QUE NO TRAE ARMAS, PARA OTROS SERIA POSIBLE PELEAR CON UN CUCHILLO CON UN MALEANTE QUE TRAE NAVAJA.

PERO....

PODRAN CON LOS PUÑOS CONTRA 3 O 4 CABRO...ES ???

PODRIAS DEFENDERTE A TI Y A LOS TUYOS CON UN ARMA DE FUEGO EN ESTE CASO ALEGANDO LA LEGITIMA DEFENSA ????
 
VICTOR TREVIÑO dijo:
entonces si matas a una persona , con un arma compreda legalmete , por decir una .380 y el que me agredio no trai arma , me meten al tambo por homicidio?

depende mucho de la situación, si al mono este le disparaste en tu recámara a las 3 de la mañana porque se metió a tu casa, creeme que medio dormido y sin luces, no ves si trae un arma, además de que no debió de haber tenido intenciones de "darte las buenas noches" nada más... ;)

La cosa es como se presentan los hechos ante el MP y muchas veces la "mordida" que se va a pedir.

Si son 2 monos, pues se justifica por desparidad de fuerza, también si es un mono de 2 metros y 130 kilos y tu mides 1.65 y pesas 60 kilos. Te mata a madrazos, entonces tienes que compensar esa fuerza.
 
...desconozco como es el sistema judicial méxicano....pero por lo que dice su Majestad Okane....es todo, menos bonito....

....me sorprende que el no tener un arma registrada sea simplemente una falta administrativa...:pelos: aqui si no la tienes registrada es un delito de tenencia ilícita de armas, por las cortas de 1 a 2 años de cárcel, y por las larga de 6 meses a un año.....Sale mejor tener una Mossber de calibre 12 Magnum que no un revolver guarro del 22....una estupidez de nuestro sistema...

...Yo me he planteado la misma situación que Okane....y siempre llego a la conclusión que es mejor tener un arma registrada, ya que si hago uso de ella, tendré demasiados problemas como para encimar agravarlos con una supuesta falta o delito por un arma sin registrar...

...Al menos es mi forma de pensar a día de hoy, y en España....posiblemente si estuviera en otro país, tendría otro punto de vista....

...Hacer uso de un arma de fuego, para defender tu integridad, es una cosa dificil ( por no decir jodi-da )...de palabra todos somos capaces de cualquier cosa para salvar a nuestras familias....pero cuando llega el momento de la verdad y estas con el arma en la mano a la espera de que quien entra por la ventana termine de hacerlo....parece que el tiempo se detiene, el corazón se acelera...y otras muchas sensaciones dificiles de describir...yo lo denomino MIEDO, y lo he sentido, no me cuesta lo más mínimo de reconocerlo....Ah! no soy un valiente, eso que quede claro....


...saludos y seguimos con el hilo....
 
Mi Opinion

Mi opinion es la siguiente:
1- Puedes tener un arma de calibre restringido (que sea corta), si te la encuentran en tu domicilio es posesion ilegal solamente y pueden pasar 2 cosas: que la autoridad te conmine a que te deshagas de ella en un plazo perentorio y ya o bien te la confisquen y aparte te pongan una sancion administrativa (anteriormente la unica opcion era ir al bote).
2- La cosa se complica cuando el arma de que hablamos es larga y fullauto (como algunos R15 y AK47, ya que no todos son Full) o bien cuando el total de armas de uso restringido excede un determinado numero aqui ya te meten otros delitos y la unica opcion es el tambo mas la sancion administrativa.
3- Si esa arma corta de calibre restringido es tu unica defensa y te vez obligado a usarla y con esta le das muerte al agresor, sucede que juzgan de distinta manera y por distintas instancias, es decir puedes salir bien librado de haberle dado muerte al atacante toda vez que la legitima defensa a quedado plenamente configurada y demostrada, pero tendras que enfrentar un proceso federal por la posesion y uso del arma anteriormente descrita que en el mejor de los casos termina pagando una multa administrativa y con la entrega del arma, ademas claro de pagar la abultada cuenta que de seguro te va a presentar tu abogado.
4- Lo que es seguro es que en cualquiera de estos casos vas tener que estar detenido a disposicion de las autoridades en tanto tu abogado realiza su chamba.
Saludos!!
 
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