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Remarcar armas delito o no?

Mario Cardenas

Miembro de la Vieja Guardia
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28 Nov 2007
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COMPAÑEROS LES COMENTO MI FORMA DE PENSAR AL RESPECTO DE REMARCAR, O ALTERAR, GRABAR UNA ARMA..
ACLARO, ES MI, MI FORMA DE PENSAR.
LO QUE PRETENDO ES ENCONTRAR LA VERDAD JURIDICA Y LA VERDAD REAL.. EL TEMA DA PARA MUCHO TOMENLO CON SERIEDAD.
Y RESPETEMOS LA FORMA DE PENSAR DE TODOS VA?

VAMOS POR PASOS Y ESPERO LA AYUDA DE TODOS, DE MANERA FIABLE..

1.-LAS ARMAS LAS REGULA LA SDN. (ORDEN CASTRENSE REGIDO POR SUS PROPIAS LEYES.).-
2.-CODIGO PENAL FEDERAL.-
ALA LETRA DICE.-

13. Falsedad (falsificación, alteración y destrucción de la moneda; falsificación y utilización indebida de títulos al portador, documentos de crédito público y documentos relativos al crédito; falsificación de sellos, llaves, cuños o troqueles, marcas, pesas y medidas; falsificación de documentos en general; falsedad de declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad; variación del nombre o del domicilio; usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas)

Si por algun motivo, el arma se ve involucrada, en alguna cuestion legal, segun mi criterio juridico, y esta alterada, es delito, por tanto se involucra a un perito, en metales sellos, marcas etc.
el perido dira SI ESTA ALTERADA..
para no extender mucho, el tema.
al estar alterada lo anterior queda sin efecto, y se tipifica el delito de falsificacion de sellos marcas etc..

Hago esta aclaracion con mi experiencia juridica, y experiencia en hambitos profecionales de periciales, en materia federal incluso castrense..

Cuando registras el arma, tienes que decirle YO altere ese numero, o Yo lo resalte... apuesto a que NO te dan registro..

PUNTO NUMERO DOS.-
Quiero pensar que ya existen jurisprudencias al respecto, o dicho en otra forma sentencias firmes al respecto de ese tipo de situaciones, considero que hay un gran vacio legal, al respecto y bien podemos hacer nosotros una TESIS y mandarla al congreso..
Basandome en
El uso natural que tiene una arma, que es usada con fines LICITOS tiene un desgaste natural, y dependiendo el uso y el PH de la persona, su trato limpieza de la misma Por ley NATURAL SE PUEDA BORRAR...
Que hacer????
Es ahi donde hay que estudiarle bien y encuadrar bien la situacion juridica...

RESUMIENDO.-
SI YO FUERA AUTORIDAD, Y SE ME PRESENTA ESA SITUACION, PARA MI SEGUN LA LEY ACLARO, ES DELITO...

SI YO FUERA ABOGADO DEFENSOR.- Y MI CLIENTE NO TIENE ANTECEDENTES Y HACE Y DICE LO QUE YO LE ACLARO,
JEJE NO ES DELITO, MAS BIEN DICHO LEGALMENTE TENDRIA ARGUMENTOS VACIOS LEGALES PARA EVITAR CAER, EN LO QUE LA LEY MARCA...

LES HARIAN ESTAS PREGUNTAS.-
USTED LA REMARCO?
SABIA QUE ES DELITO?
COMO LO HIZO Y POR QUE LO REALIZO?

AL REGISTRAR UN ARMA ESTAS CONDICIONADO A LA LEY, ERES SUJETO DE RESPETAR LA LEY, ASI QUE PASA A MANOS DE EL FUERO CIVIL, OSEA CODIGO PENAL ESTATAL O FEDERAL, EN EL CASO DEL FEDERAL POR TRATARSE DE ARMAS, ENTRA LA PGR.. Y LOS PERITOS EN LA MATERIA, DE AHI PASA AL JUEZ, QUE VALORA LAS PRUEVAS, Y DICTA SENTENCIA.

por mi parte es todo, no es mi intencion ni molestar ni entrar en polemicas absurdas o, polemicas sin sentido, considero que es un problema, real y cada dia la autoridad se pondra mas dificil, mas exigente, al respecto de las armas..
pretendo saber LA VERDAD JURIDICA Y LA VERDAD REAL. QUE SON DIFERENTES..
Y POR QUE NO? TENEMOS TODO EL DERECHO DE HACER DE ESTO UNA TESIS E INVITAR A LOS DIPUTADOS, A QUE HABLEMOS DEL TEMA Y SE LEGISLE AL RESPECTO, POR EL BIEN DE TODOS ESTADO Y CIUDADANOS.

NO ME DEJEN SOLO Y VAMOS ENTRANDOLE TOTAL NO PERDEMOS NADA, Y SI PODEMOS GANAR MUCHO..
HOY EN DIA LA INTERNET ES MEDIO DE PRUEBA, Y HASTA LOS POST PUEDEN SERVIR PARA DEMOSTRAR ESE VACIO LEGAL, Y QUE NO ES MAL INTENCIONADO....
SALUDOS A TODOS.-
 
Es un buen tema

remarcar el arma bajo los lineamientos legales si es delito (asi lo mencionas tambien)

ahora que si hablamos de etica, tampoco lo veo aceptable. Quizas el problema puede estar en los vacios legales o que la ley quizas puedar ser interpretable, cosa muy comun en nuestro sistema.
 
¿Llamarias Alterar un arma al hecho de customizarla.?
Ya que es bien sabido, muchos modifícan las armas cambiandoles los cañones, incluso haciendolos de barras nuevas y adaptandolas a un arma en particular.
Creo que en verdad este tema da para muchos comentarios.
 
En ese tipo de tema "customizarla" el juzgador se remite a el diccionario de la unam, antes ala de la real academia de la lengua española...
customizar, seria sinonimo de transformar, modificar, cambiar..
He ahi el vacio, por tanto el delito se daria.
En el codigo civil marca esto.-
"EL DESCONOCIMIENTO DE LA LEY, NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO"

RECUERDEN AL HABER PROBLEMA LEGAL...
LA PREGUNTA ESPECIFICA QUE HARIA EL MPF PGR, SERIA ASI.
EL ARMA SE ENCUENTRA ALTERADA, O MODIFICADA DE SU ESTRUCTURA ORIGINAL..
CONTESTE SI, NO, Y ANEXE PERIACIAL DE LA CONCLUSIONES...

EN EL CASO DE CUSTOMIZARLA, DIRIA SI, YA QUE ANTES ERA UNA HOY ES OTRA...
DEJARE QUE EL FORO EN MI CASO SE CONDUZCA, ENTRE NOSOTROS...
PROMETO QUE SI EL TEMA LES RESULTA INTERESANTE, LLEVARME MI LAP, CON ALGUN JUEZ, O MAGISTRADO PENAL FEDERAL, ASI COMO UN MPF, Y UN PERITO EN ARMAS O METALES GRABADOS..A
VERAN SUS CONCLUSIONES, AL RESPECTO..
OJO OJO
RECUERDEN QUE OBAMA Y CALDERON YA FIRMARON UN ACUERDO, SOBRE EL TEMA DE LAS ARMAS...
SALU2.-
 
Vemos el sieguiente caso, por determinada situacion registraste un Arma, por el paso de los años se le estan borrando unos numeros, y ya no se alcanzan a ver muy bien, supongamos que tienes necesidad de pavonarla, estos numeros pueden marcarse con acido para que no pierda su matricula original,

Yo pienso que es delito el hacerle una matricula nueva eso si es un verdadero delito y bastante grave, lo que menciona arriba compañero, puede no tener algo de validez, comparemos eso con tener un auto y ponerle encima cuanta madre se nos antoje, eso sin llegar alo prohibido como traerlo con vidrios negros en exceso, con placas sobrepuestas eso tambien es delito
 
Última edición:
¿Llamarias Alterar un arma al hecho de customizarla.?
Ya que es bien sabido, muchos modifícan las armas cambiandoles los cañones, incluso haciendolos de barras nuevas y adaptandolas a un arma en particular.
Creo que en verdad este tema da para muchos comentarios.

es correcto lo que comentas, en todo caso seria alterar el numero de serie.
 
Y alguie conoce a alguna persona consignada por este delito? Yo no. Y es mas el otro día en el Registro (en la Direccion General, el que llaman las gelatinas) a un señor le decían que la matricula estaba remarcada pues el ultimo numero no coincidía en tipo, espacio entre caracteres y tamaño; con un simple: "yo no sé,así me la vendieron" se arreglo el problema. Y fue en lo que todos coincidimos, no conocemos a nadie consignado por este acto. Ahora bien no por ello estoy diciendo o que sea bueno o que no pase nada, no porque yo no conozca a nadie consignado quiera decir con ello que no sea un delito.
 
No. de Serie

Conozco un caso en donde llevaron a registro un rifle cal. .22 y no tenía ningún número de serie. El encargado de los registros le indicó al dueño que fuera a ponerle o grabarle un número de serie que identificara el arma, y hasta le dió dirección donde lo podría hacer. Fué y como No. de serie le puso la fecha de su casamiento y regresó a registros y se lo aceptaron sin ningún problema. Si no existía No. de serie el ponerle uno X es un delito?
 
Tengo un amigo al que le registraron un arma sin no. solo en la parte donde viene el no. en la hoja de registro, le pusieron "SIN NUMERO".

Saludos
 
Remarcar...

En alguna ocasion nos registraron varias armas de fuego y algunas carecian de varios de los datos del registro y todo lo que hicieron los oficiales encargados del tramite, fue poner en el espacio correspondiente algo parecido a "sin marcas visibles" pero en los otros espacios como tipo, calibre, marca, modelo, si asentaban lo que aparecia en el arma. Y no hubo ningun problema.

Por que no suben un formato de registro? La ultima arma que registre fue en 1995 y a lo mejor ya han variado los formatos..
Un abrazote.
 
2.-CODIGO PENAL FEDERAL.-
ALA LETRA DICE.-

13. Falsedad (falsificación, alteración y destrucción de la moneda; falsificación y utilización indebida de títulos al portador, documentos de crédito público y documentos relativos al crédito; falsificación de sellos, llaves, cuños o troqueles, marcas, pesas y medidas; falsificación de documentos en general; falsedad de declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad; variación del nombre o del domicilio; usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas)

Perdon compañero pero en que parte del Código se dice eso que Usted invoca a la letra?
 
Lo pregunto para consultarlo, porque tengo entendido que todo ello va encaminado a cosas completamente diferentes, a situaciones tanto oficiales como comerciales.
 
a mi muy estúpida forma de verlo, el unico delito que cabe en esto es cuando alteras el arma con el fin de que no pueda ser identificada.

es como los carros, le poner rines, polarizado, estereo machín...y no hay bronca, pero toca el número de serie o las placas y no te la acabas....

con las armas debe ser lo mismo, para la ley en cuanto a alteraciones, alterar una pistola y un carro es lo mismo, si le modificas el número de serie o lo borras tas frito... si no imaginense que rollo con las conversiones... una 9mm o una 38 super hecha 22 está modificada... pero el número de serie sigue intacto, y las registran.

asi que si se borran letras y esas cosas no debe de haber problemas pero si modificas o eliminas número de serie... yo creo que es botellón seguro.

mi muy humilde interpretación.
 
Hola


Este tema me parece muy interesante

Creo que hay concidencia en que al alterar el número de serie o matrícula se está infigiendo la ley.

Pero que pasa cuando se altera la marca y modelo del arma?

Aquí en el Foro se han visto pistolas españolas remarcadas como Colt o como Walther, a las que se les borraron la marca y el modelo original.

En estos casos se está cometiendo un delito?

Saludos
 
Tanto como delito, y bajo el principio de con cosa propia se puede hacer lo que sea y toda vez que no se trata de sello oficial, no creo que sea.
 
................
 
Última edición:
Mi estimado Daq, aunque coincido contigo en que este es un foro publico especializado en armas, creo que se puede hablar abiertamente sobre todas las situaciones relacionadas con armas dentro del marco del respeto. La autoridad ya nos tienen bastante reprimidos, como para todavía no poder discutir sobre la legalidad de ciertas situaciones en torno a las cosas que nos apasionan.

Yo di precisamente con este foro buscando información sobre el manual de procedimientos del registro. No estas para saberlo pero hace unos años, un amigo –o así se dice- me vendió un rifle, cerramos el trato y al momento de hacer el cambio de propietario me pedía más dinero. Paradójicamente, en este foro encontré mucho mejores consejos que por la misma autoridad, y conste que aquí hay quien luego da unos… que para que te platico, pero el de la propia autoridad era completamente descabellado, y mejor les tuve que ganar un amparo a que ellos entendieran a que sus tramites y criterios son obsoletos, ambiguos e inoperantes.
 
A mi punto de vista borrar matriculas y poner otras que no son eso si es delito y debe castigarse por la ley severamente
 
El delito esta en la falsedad de declaraciones y no en el marcado. Porque para empezar el articulo 13 del Código Penal Federal dice otra cosa completamente.
Y por otro lado el artículo
CAPITULO III
Falsificación de sellos, llaves, cuños o troqueles, marcas, pesas y medidas
Artículo 241.- Se impondrán de cuatro a nueve años de prisión y multa de cuatrocientos a dos mil pesos:
I.- Al que falsifique los sellos o marcas oficiales;
II.- Al que falsifique los punzones para marcar la ley del oro o de la plata;
III.- Al que falsifique los cuños o troqueles destinados para fabricar moneda o el sello, marca o contraseña que
alguna autoridad usare para identificar cualquier objeto o para asegurar el pago de algún impuesto;
IV.- Al que falsifique los punzones, matrices, planchas o cualquier otro objeto que sirva para la fabricación de
acciones, obligaciones, cupones o billetes de que habla el artículo 239, y
V.- Al que falsifique las marcas de inspección de pesas y medidas.
Artículo 242.- Se impondrán prisión de tres meses a tres años y multa de veinte a mil pesos:
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I.- Al que falsifique llaves, el sello de un particular, un sello, marca, estampilla o contraseña de una casa de
comercio, de un banco o de un establecimiento industrial; o un boleto o ficha de un espectáculo público;
II.- Al que falsifique en la República los sellos punzones o marcas de una nación extranjera;
III.- Al que enajene un sello, punzón o marca falsos, ocultando este vicio;
IV.- Al que, para defraudar a otro altere las pesas y las medidas legítimas o quite de ellas las marcas verdaderas
y las pase a pesas o medidas falsas, o haga uso de éstas.
V.- Al que falsifique los sellos nacionales o extranjeros adheribles;
VI.- Al que haga desaparecer alguno de los sellos de que habla la fracción anterior o la marca indicadora que ya
se utilizó;
VII.- Al que procurándose los verdaderos sellos, punzones, marcas, etc., haga uso indebido de ellos; y
VIII.- Al que a sabiendas hiciere uso de los sellos o de algún otro de los objetos falsos de que habla el artículo
anterior y las fracciones I, II, V y VI de éste.
Artículo 242 Bis.- Se impondrá prisión de uno a cinco años y multa de doscientos a dos mil pesos, al que en
cualquier forma altere las señales, marcas de sangre o de fuego, que se utilizan para distinguir el ganado, sin
autorización de la persona que los tenga legalmente registradas ante la autoridad competente.

Y en el que más pudiera encuadrar es el la fraccion primeral, pero al no tratarse de una contraseña queda descartado.

Lo que si es un delito es pararte frente a la autoridad y decirle que el numero de serie de tu arma es el original. Eso sí.
 
Exelentes todos sus comentarios todos son validos. y como el tema es tan polemico pero ala vez interesante me avocare a solo algunos..
1.- capitulo 13 del codigo penal federal vigente (no el del df, ni el el estatal.)
2.-Precisamente por que nos monitorea la autoridad es ahi, lo interesante Ojala y venga uno de ellos a platicar con un servidor..
3.-Este foro las reglas y la iniciativa de quie posee los derechos de la pagina, sabe que es un foro de buena fe, que es con fines licitos, y que es un foro de ayuda.. y platicas sobre armas...
Si pensaramos de otra forma pues ya nos cargo a todos por crimen organizado, muchos queremos tener armas que no son precisamente las que la ley marca. o no???
Yo quiero tener un cal 50 y se que me leen y uso mi nombre, pero seguire las reglas para tenerlo, mis tramites y mi permiso para tenerlo...

Lo mas interesante de esto, es lo positivo.
1.-que la autoridad se de cuenta que hay unos vacios enormes en la ley, y que la ley lo hacen los nalgas calientes, o los diputados que es lo mismo, pero acaso? sabran ellos mas de armas que todos nosotros juntos?????????
Por que no? sacar conclusiones e incluso invito a los de el staff, a poner una votacion
perdon si molesto, reitero es Mi forma de pensar, Yo puse el foro asi que me atengo a lo que pueda pasar...
La votacion me gustaria que fuera en solo 1 pregunta
¿NECESITA LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO.....REFORMAS Y ACTUALIZACION?
CONTESTAR
SI
NO.
piensenlo que pondrian ustedes?.
los militares pueden hacer los que les de la gana, ellos estan sujetos al fuero militar NO son civiles.. Nosotros somos civiles, si para ellos NO es delito, ok? ellos estan sujetos a el codigo de honor y de justicia, etc, perooo tambien dice la constitucion que TODOS LOS QUE SEPAN DE UN DELITO TIENEN LA OBLIGACION DE DENUNCIARLO...
Hablo de algo que puede pasar.. ejemplo.-

1.-jeep listo para ir de caza como todos lo hemos hecho..
2.-accidente, choque, hay lesiones...
3.-al llegar la autoridad vera armas wow
4.-que hara la autoridad? ya hablamos de autoridad civil, el dara un reporte y que pasara???? las armas las tienen en custodia, la autoridad local, dara avizo quizas ala federal y claro ala SDN...
5.-Si se le ocurre, al MPF, hacer una inspeccion ocular, y se nota por x,z que el numero el registro esta alterado que hara???
su obligacion es orientarse de un perito, no?...
que dira??? el perito? si esta, o no esta...
el ejercito puede decir ES NORMAL, pero el ejercito NO tiene autoridad sobre el ministerio publico federal, recuerden la autonomia del ministerio publico...
Lo que pretendo es precisamente esta polemica, que considero dara para mucho mas, al final habra una conclusion, que cada quien tomara. o mejor aun.

1.-Recomendaciones para comprar un arma...
la ley no contempla, el desgaste de los fierros, y que tarde que temprano se borraran, que pasara ahi? es un hueco, es un vacio legal....

saludos a todos,
 
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