A ver yo conozco un caso y quiero saber qué pasa ahí:
Falleció el abuelo de un amigo, el viejo tenía 92 años. Vivía en un área de la casa a donde nunca dejaba entrar a nadie. Cuando mi amigo entra ya después a ordenar sus cosas, se encuentra con que el Sr. tenía una pistola calibre .45 y dos cajas de cartuchos.
Obviamente esa pistola no tiene registro, (¿o quizás lo tuvo alguna vez antes de que entrara en vigor la actual ley en 1972, pero no encontraron ningún papel). Mi amigo la quiere guardar para protección a domicilio, aunque ya le expliqué alguna vez, que jamás va a poder usarla en un club de tiro porque es un arma de las consideradas de uso exclusivo. El dice que mientras no la saque de su casa está bien, y que la ley dice que, si llegaran por ejemplo delincuentes a su casa, él podría hacer uso de esa arma en legítima defensa y que estaría en todo su derecho, y que no estaría comentiendo ningún delito siempre y cuando pudiera comprobar la legítima defensa.
Entonces, esto es cierto?
Ahora que se habla tanto de que cuando entre en vigor la nueva ley, los que ahora tienen un rifle en alto poder lo van a tener que entregar o les va a ser decomisado... Pues, por ahí dice, que el delito solo aplicará hasta el momento en que la nueva ley ya esté vigente. ¿Eso quiere decir que los que ahora tienen rifles de alto poder (de cacería o plataformas tipo Benelli en .223) los podrán conservar aunque nunca jamás puedan llevarlos a un club de tiro ni se les vendan cartuchos para esas armas???
A lo mejor lo mismo le pasó a ese abuelo con su pistola .45. A lo mejor cuando él la compró fue antes de 1972 y entonces era legal, y luego ya no lo fue, pero ahí quedó.
¿Qué opinan?