No se enoje companero, yo solo contesto lo que pienso y si no le gusta pues no escriba, en fin cada quien...
No es ignorancia, es realidad, la sedena hace y deshace, nos atropellan nos friegan, nos ...... y nada se puede hacen contra ellos, y si el dia en que usted pueda hacer algo al respecto con gusto lo apoyo, porque para ellos todas esas leyes les vale un cacahuate....
No te creeria, porque me han parado infinidad de veces, infinidad de autoridades, y sigo libre y mis armas las tengo en mi posecion.
PETA: permiso extraoridnario de TRANSPORTACION de armas.... no portacion
y no las uso a control remoto, solo que si lees como dice, en la peta, biene que las puedes usar en los lugares autorizados, llamese campo de tiro, o un rancho autorizado....
mmmm si me equivo hay me avisa... pero hay le encargo si la quiere portar, para transportarla, ese dia ya no estariamos discutiendo por un rato jajaja
saludos
Estimado compañero, me disculpo si alguna de mis actitudes le hizo pensar que estoy enojado, al contrario me da gusto poder debatir libremente estos temas.
De que se puede, se puede, mire para comenzar la SEDENA tiene una armeria donde nosotros libremente podemos adquirir armas y cartuchos de manera legal y segura, y porque negarlo con los mejores precios.
El hecho real como usted lo comenta es que la realidad y la razón tratandose de armas en manos de particulares no se reúnen tratandose de la SEDENA.
Le comento que es un tema juridicamente muy tecnico pero a grandes rasgos lo tratare de explicar, la SEDENA solo puede hacer lo que las facultades que le da la ley, y la ley solo habla de portaciones, y la SEDENA esta dando otro tipo de permisos de los cuales no tiene facultades precisas, porque lo unico que tiene autorizado es expedir portaciones, pero como usted dice en la realidad ninguna autoridad le va a decir a la SEDENA que sus permisos no valen, porque hasta a esa dependencia oficial le negarian su permiso de portación colectivo, de hecho tengo muchos años con mis PETAS y en efecto, asi como usted sigo conservando mis armas.
Pero bueno lo invito a leer la parte posterior de su PETA, pero en secreto que no lo vean los de la SEDENA porque en el punto seis dice que:
6.- EL INTERESADO PERMANENTEMENTE DEBERA PORTAR EL PRESENTE DOCUMENTO, YA EU ES EL UNICO INSTRUMENTO LEGAL PARA COMPROBAR
LA PORTACION DE LAS ARMAS, DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 26 DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS; MISMO QUE SERA PRESENTADO A LAS AUTORIDADES CIVILES QUE LO REQUIERAN.
Entonces compañero en que quedamos, es portación o no?
Mi conclusión es la siguiente: Si es una portación pero con condiciones, cuales condiciones? las que vienen en el reverso del PETA, que son, no andar fuera de los lugares autorizados con armas para fines de seguridad y que se lleven descargadas y en sus fundas o estuches.
Asi que mi estimado Ing. tan amigos como siempre y espero seguir comentando de este tema tan interesante.
Saludos.