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Formatos para iniciativa ciudadana

Señores:

Les recuerdo la importancia que tiene la recolección de las firmas entre sus amistades y conocidos. No lo dejen para último momento.
 
LA PAPELERIA CON LAS FIRMAS Y DATOS DE LA CREDENCIAL DEL INE HAY QUE HACERLAS LLEGAR DE MANERA FISICA A:

OFICINA SEN. JORGE LUIS PRECIADO RODRIGUEZ
PASEO DE LA REFORMA #135
EDIF HEMICICLO PISO 6 OF. 15
COL. TABACALERA
MEXICO, D.F. 06030

COMO REMITENTE LA PERSONA QUE LO MANDA Y LA LEYENDA MEXICO ARMADO o MEXARM
 
Muchas gracias , en breve envio de mi parte el formato en original

saludos y gracias
 
buenas tardes compañeros ya tengo mis firmas listas, saben de alguien en especial que las reciba ya que pretendo llevarlas en persona. gracias y saludos
 
yo ya mande un buen de firmas, pero me gana la curiosidad de saber cuantas van o mas bien cuantas faltan. saludos..
 
buenas tardes compañeros ya tengo mis firmas listas, saben de alguien en especial que las reciba ya que pretendo llevarlas en persona. gracias y saludos
En el posteo #502 en esta misma pagina el companero Tadeus publico la direccion donde se hacen llegar las firmas,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,:pulgar:
 
Buenos días a todos, observe que en las estadísticas del foro que de pronto están conectados mas visitantes que miembros, bueno entiendo que al no ser miembros no pueden accesar a imagenes, links, etc. por tanto no pueden, según yo, bajar los formatos para la recaudación de firmas, por tanto creo que, si no disponen otra cosa se publique una dirección de correo donde puedan solicitar los formatos y también participen en esta iniciativa, bueno los que asi lo deseen.

SAludos
 
LA PAPELERIA CON LAS FIRMAS Y DATOS DE LA CREDENCIAL DEL INE HAY QUE HACERLAS LLEGAR DE MANERA FISICA A:

OFICINA SEN. JORGE LUIS PRECIADO RODRIGUEZ
PASEO DE LA REFORMA #135
EDIF HEMICICLO PISO 6 OF. 15
COL. TABACALERA
MEXICO, D.F. 06030

COMO REMITENTE LA PERSONA QUE LO MANDA Y LA LEYENDA MEXICO ARMADO o MEXARM
 
Sí alguien gusta firmar la inciativa envienme MP yo las estoy recolectando en el Área de cholula y Puebla capital. Igual si otro conpañero tiene firmas en estas áreas podemos hacer un solo envío a la oficina del senador. Aaludos cordiales a todos.
 
Una pregunta sobre el tema ¿alguien me puede facilitar la nueva ley federal de armas de fuego y control de explosivos que proponr MexArm?

Enviado desde mi SM-N900W8 mediante Tapatalk
 
Enviadas 10 firmas!!!

Enviado desde mi GT-I9195L mediante Tapatalk
 
Compañeros, cual es la fecha límite para enviar las firmas a la oficina del senador Preciado?



Tambien he notado que siempre que habla menciona la extensión del domicilio hacia el nogocio y automóvil, y de ahi me surgen dos dudas

1) No seria mejor darle el enfoque a solo eliminar la mendiga descrecinalidad de la SEDENA para otorgar las licencias particulares de portación, de este modo solo sería derogar un requisito de un artículo de la LFAFYCE en vez de reformar el 10 constitucional y la ley.

2) Al decir que sería en automóviles y negocios, esto implicaría que no se puede portar en la calle estando a pie como simple transeunte?
Si fuera así yo lo vería como un permiso a medias, ya que solo ampararía de manera parcial los trayectos del día a día del ciudadano ordinario, es decir si yo para ir al trabajo o a cualquier lugar tengo que estacionar mi vehículo y seguir unas cuadras a pié ¿ya por eso se configuraría el delito de portación?
Si así fuera, se me hace inconcebible dejar un arma dentro de un vehículo estacionado.

Espero estar equivocado en esto de los trayectos a pie y que alguien nos ilustre a cerca de este aspecto de la reforma en cuestión.

De lo contrario sería como estar protegido por escoltas a veces si y aveces no.

(Posibles omisiones ortograficas por estar en el celular)
 
Compañeros, cual es la fecha límite para enviar las firmas a la oficina del senador Preciado?



Tambien he notado que siempre que habla menciona la extensión del domicilio hacia el nogocio y automóvil, y de ahi me surgen dos dudas

1) No seria mejor darle el enfoque a solo eliminar la mendiga descrecinalidad de la SEDENA para otorgar las licencias particulares de portación, de este modo solo sería derogar un requisito de un artículo de la LFAFYCE en vez de reformar el 10 constitucional y la ley.

2) Al decir que sería en automóviles y negocios, esto implicaría que no se puede portar en la calle estando a pie como simple transeunte?
Si fuera así yo lo vería como un permiso a medias, ya que solo ampararía de manera parcial los trayectos del día a día del ciudadano ordinario, es decir si yo para ir al trabajo o a cualquier lugar tengo que estacionar mi vehículo y seguir unas cuadras a pié ¿ya por eso se configuraría el delito de portación?
Si así fuera, se me hace inconcebible dejar un arma dentro de un vehículo estacionado.

Espero estar equivocado en esto de los trayectos a pie y que alguien nos ilustre a cerca de este aspecto de la reforma en cuestión.

De lo contrario sería como estar protegido por escoltas a veces si y aveces no.

(Posibles omisiones ortograficas por estar en el celular)

No existe una fecha límite aun, sigan recabando firmas es muy importante!

Precisamente en la propuesta de ley federal, se esta modificando el artículo 26 eliminando la discrecionalidad o juicio de SEDENA sobre el particular.
 
Pues seria algo así como la portación encubierta sin estar a la vista el arma. Digo....algo así.
 
No existe una fecha límite aun, sigan recabando firmas es muy importante!

Precisamente en la propuesta de ley federal, se esta modificando el artículo 26 eliminando la discrecionalidad o juicio de SEDENA sobre el particular.

Gracias Tadeus,
He buscado por varios medios el texto de la reforma, o la "nueva" ley que se propone para ver a detalle los pormenores de la misma, pero no la he encontrado, hay alguien que nos la pueda facilitar?

Saludos.
 
Gracias Tadeus,
He buscado por varios medios el texto de la reforma, o la "nueva" ley que se propone para ver a detalle los pormenores de la misma, pero no la he encontrado, hay alguien que nos la pueda facilitar?

Saludos.

Dado que es una propuesta y para no darle más artillería a los anti-armas, se ha decidido no hacerla pública.

No obtante lo anterior, te puedo comentar que estamos proponiendo como armas de uso exclusivo, aquellas ´con capacidad de ráfaga. Es decir por su funcionamiento y no por sus calibres. Así mismo se elimina el inciso F del art 26 de la ley; y se explicíta sobre la legalidad de la recarga de cartuchos.
 
Dado que es una propuesta y para no darle más artillería a los anti-armas, se ha decidido no hacerla pública.

No obtante lo anterior, te puedo comentar que estamos proponiendo como armas de uso exclusivo, aquellas ´con capacidad de ráfaga. Es decir por su funcionamiento y no por sus calibres. Así mismo se elimina el inciso F del art 26 de la ley; y se explicíta sobre la legalidad de la recarga de cartuchos.

Oye Tadeus, viene algo de ser mas claro en la utilización de puntas soft noses. Porque aunque es permitido en la practica (sobre todo en rifles de alto poder), no esta muy claro en la LFAFE.
 
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